Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 12 de Febrero de 2020

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Pablo Héctor Ojeda Cárdenas
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación del Sistema Penitenciario de la
Comisión Estatal de Seguridad.
Cuernavaca, Mor., a 12 de febrero de 2020
6a. época
5783
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO SEISCIENTOS CUARENTA Y
SEIS.- Que reforma el artículo 135, adicionando un
párrafo del Reglamento para el Congreso del Estado
de Morelos.
3
DECRETO NÚMERO SEISCIENTOS CUARENTA Y
SIETE.- Que reforma el primer párrafo del artículo 55
10
DECRETO NÚMERO SEISCIENTOS CINCUENTA Y
SIETE.- Por el que se reforman el primer párrafo del
artículo 22 y el artículo 23 del Reglamento para el
Congreso del Estado de Morelos.
17
DECRETO NÚMERO SEISCIENTOS CINCUENTA Y
OCHO.- Por el que se adiciona la fracción XV al
4
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN
SALUD DE MORELOS
Recurso 2019, correspondiente al cuarto trimestre
2019, Programa Seguro Popular.
9
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE
LA FAMILIA DEL ESTADO DE MORELOS.
Convocatoria de la licitación pública nacional
presencial número DIF-LPN002-2020, referente a la
adquisición de insumos alimentos.
52
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
Aviso por el cual se dan a conocer los enlaces
electrónicos de los Manuales Organizacionales de la
Secretaría de Administración del Estado de Morelos.
53
SECRETARÍA DE TURISMO Y CULTURA
CENTRO MORELENSE DE LAS ARTES
Código de Conducta del Centro Morelense de las
Artes.
53
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Convenio de Coordinación para la Formulación del
Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable
de Emiliano Zapata.
57
Convenio de Coordinación que con el objeto de
establecer las Bases para la Instrumentación del
proceso destinado a la formulación, aprobación,
expedición, evaluación y modificación del Programa de
Ordenamiento Ecológico del Territorio del municipio de
Emiliano Zapata.
ág. 63
Convenio de Coordinación para la Formulación del
Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable
de Temixco.
71
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 12 de febrero de 2020
Convenio de Coordinación que con el objeto de
establecer las Bases para la Instrumentación del
proceso destinado a la formulación, aprobación,
expedición, evaluación y modificación. del Programa
de Ordenamiento Ecológico del Territorio del Municipio
de Temixco.

SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE
Acuerdo por el que se da inicio al Programa de
certificación de Operadores del Transporte Público en
el estado de Morelos.

ORGANISMOS
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
Acuerdo 01/2020 por el que se reforman y adicionan
diversas disposiciones de distintos instrumentos
normativos que regulan orgánica y funcionalmente a
las Unidades Administrativas que conforman la
Fiscalía General del Estado de Morelos.

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Acuerdo mediante el cual se crea la Unidad de
Transparencia del Partido de la Revolución
Democrática en el Estado de Morelos.
99
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Acta correspondiente a la Sesión Ordinaria número
trece del Pleno Especializado en materia de
Responsabilidades Administrativas del Tribunal de
Justicia Administrativa del Estado de Morelos,
reunidos el día quince de enero del año dos mil veinte.
100
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL
Acuerdo TEEM/ACG/01/2020 de fecha veinticuatro de
enero del año dos mil veinte, relativo a la
determinación de los días inhábiles y los de descanso
obligatorio, para los efectos del cómputo de los plazos
procesales en los asuntos que son competencia del
Tribunal Estatal Electoral.
103
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO
DE MORELOS
Acuerdo General por el que se adiciona el artículo 2
BIS, al Acuerdo General de la Junta de
Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder
Judicial del Estado de Morelos, nombrada por el Pleno
del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Morelos, por el que se crea el Juzgado Único
Especializado en Oralidad Mercantil en el Estado de
Morelos.
105
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEMIXCO
Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios del
Ayuntamiento de Temixco, Morelos.
107
EDICTOS Y AVISOS

SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
SERVICIOS DE SALUD DE MORELOS
Convenio Específico de Colaboración en Materia de
Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales
con carácter de Subsidios, para la aplicación del XLII
Examen Nacional para Aspirantes a Residencias
médicas, DGCES-CETR-XLIIENARM-MOR17-2019,
de fecha 11 de julio de 2019.

Convenio Específico de Colaboración en Materia de
Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales
con carácter de Subsidios Provenientes del Programa
Nacional de Reconstrucción, para las Acciones de
Rehabilitación y Reconstrucción de Infraestructura y
Equipamiento en Salud, DGPLADES-PROGRAMA
NACIONAL DE RECONTRUCCIÓN DE SISMOS DE
2017 Y 2018-CECTR-MOR01/19, de fecha 17 de
septiembre de 2019.

Convenio Específico en Materia de Ministración de
Subsidios para el Fortalecimiento de Acciones de
Salud Pública en las Entidades Federativas,
CONVENIO-AFASPE-MOR/2019, de fecha 01 de
febrero de 2019.

GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEMIXCO
Plan Municipal de Desarrollo 2019-2021, del municipio
de Temixco, Morelos.

TERCERA SECCIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEMIXCO
Plan Municipal de Desarrollo 2019-2021, del municipio
de Temixco, Morelos. (Continuación).
2
12 de febrero de 2020 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021.
CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
La Quincuagésima Cuarta Legislatura del
Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en
ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del
y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
I. DEL PROCESO LEGISLATIVO:
a) En Sesión Ordinaria del Pleno iniciada el día
22 de noviembre del año dos mil diecinueve, se
presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el
que se reforma, adicionando un párrafo al artículo 135
del Reglamento para el Congreso del Estado de
Morelos, por conducto de la Diputada Alejandra Flores
Espinoza del Grupo Parlamentario del Partido
Movimiento de Regeneración Nacional.
b) En consecuencia, por instrucciones del
Diputado Alfonso de Jesús Sotelo Martínez,
Presidente de la Mesa Directiva y por Acuerdo del
Pleno de dicha Sesión Ordinaria, mediante el Turno
número SSLyP/DPLyP/AÑO2/P.O.1/0859/19, se
procedió a turnar la Iniciativa a la Comisión de
Reglamentos, Investigación, Prácticas y Relaciones
Parlamentarias, para su respectivo análisis y
dictamen.
II. MATERIA DE LA INICIATIVA:
En síntesis, se pretende reformar, adicionando
un párrafo al artículo 135 del Reglamento para el
Congreso del Estado de Morelos con el propósito de
establecer que cuando el número de Diputados que
den las dos terceras partes de los integrantes de la
Legislatura contenga una fracción, y el decimal sea
menor a .49 se debe atender al entero inmediato
inferior a dicha fracción.
III. CONTENIDO DE LA INICIATIVA:
En su respectiva exposición de motivos el
iniciador plantea lo siguiente:
Hablar de gobernabilidad, es también hablar de
responsabilidad, para mantener condiciones
adecuadas, aceptables y la capacidad de las
instituciones, como es el caso del Congreso del
Estado de Morelos, para avanzar hacia objetivos
generales y específicos de acuerdo con la Agenda
Legislativa presentada por cada Grupo Parlamentario
y Fracción Parlamentaria y los Diputados sin partido,
es necesario, no encuadrarnos en lo pasado y
movilizarnos con coherencia y con energías por parte
de todos los que integramos esta LIV Legislatura para
conseguir mediante consensos la aprobación de los
trabajos legislativos presentados.
Es por ello, que el pertenecer a esta Legislatura,
es una oportunidad para desempeñar las funciones,
atribuciones y facultades, con eficiencia y calidad,
siendo estos principios los que deben regir el trabajo
desempeñado.
El Poder Legislativo del Estado de Morelos ha
sufrido cambios en su composición, de integrarse con
30 Diputados la Legislatura pasada a 20 Diputados el
día de hoy, se da un paso a una nueva forma de
consensos y de trabajos legislativos y parlamentarios.
En un marco de cambios estructurales en lo
político y social que se están viviendo en estos
tiempos y ante una sociedad más informada y
exigente, es así, que es necesario legislar para dar
certeza y seguridad en los trabajos del Congreso del
Estado, de conformidad con lo establece el marco
jurídico del Congreso del Estado de Morelos, y
establecer de manera concreta en el Reglamento para
el Congreso del Estado de Morelos, lo que se entiende
por mayoría calificada cuando se trate de las dos
terceras partes de los integrantes de esta Legislatura,
y aprobar en base a ello, los asuntos una vez
suficientemente discutidos con esa convicción
necesaria de que la decisión personal expresada por
los Legisladores está dentro de un marco de legalidad,
de conformidad con lo establecido en la Constitución
artículo 44 y no caer en discusiones sin sentido, como
lo es, que por un lado está la postura de un grupo de
Diputados que señalan que las dos terceras partes de
los integrantes de esta Legislatura debe ser 14
Legisladores y por otro lado, está la posición del
Grupo de Diputados con mayor representación
ciudadana y mayoritario dentro del Congreso, que
señalamos que las dos terceras partes de los
integrantes de esta Legislatura son 13 Diputados.
Luego entonces y para los efectos de evitar
estas discusiones, que en los últimos días han tenido
su origen en este planteamiento, se considera
importante incorporar una reforma al ordenamiento
citado, para contar con un Reglamento que tenga
claridad de conceptos, como es la mayoría calificada
vinculada a lo dispuesto en el artículo 44 de la
Constitución Local y así tener certeza jurídica en el
proceso de los trabajos legislativos.
De ahí que, las nuevas circunstancias de
conformación política en la actual Legislatura, han
dado como resultado una parálisis legislativa del
trabajo que se desarrolla en el Pleno del Congreso del
Estado.
De acuerdo a lo que dispone la Constitución
Política de nuestro Estado, una de las facultades con
que cuenta el Congreso del Estado de Morelos es el
de expedir, aclarar, reformar, derogar o abrogar las
Leyes, Decretos y Acuerdos para el Gobierno y
Administración Interior del Estado, así como las
propias normas que rigen su vida interna.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR