Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 05 de Febrero de 2020 - Parte 2
34 «EL ESTADO DE SINALOA»
Miércoles 05 de Febrero de 2020
Para los efectos de la interpretación y aplicación del presente ordenamiento, se
indica el siguiente glosario:
Apoyos:
Apoyo económico y/o en especie para realizar acciones preventivas y
operativas de inspección y vigilancia en las zonas de pesca de cada Beneficiario.
ASE:
Auditoría Superior del Estado de Sinaloa.
Beneficiarios:
Organizaciones que agrupen o agremien cooperativas pesqueras
(Federaciones o Uniones) que realicen sus actividades primarias en esteros y
bahías en el estado de Sinaloa.
Dirección:
Dirección de Inspección, Vigilancia, Concesiones y Permisos.
Padrón:
Padrón de Beneficiarios.
Programa:
Programa de Inspección y Vigilancia para el Estado de Sinaloa,
Ejercicio Fiscal 2020.
SAF:
Secretaría de Administración y Finanzas.
SPyA:
Secretaria de Pesca y Acuacultura.
STyRC:
Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
Veda:
Tiempo durante el cual está prohibido pescar en un determinado lugar una
o varias especies acuáticas.
1.-
OBJETIVO
Incrementar la productividad, protección y conservación de los recursos pesqueros
otorgando apoyo para realizar acciones preventivas y operativas de inspección y
vigilancia, para combatir el incumplimiento a los periodos establecidos como veda
de especies marinas, el cual es uno de los problemas con mayor severidad en la
actividad pesquera, porque genera fuertes pérdidas económicas y una amenaza
para la conservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros,
así como inhibir la pesca ilegal o furtiva de especies marinas en esteros y bahías.
2.-
LINEAMIENTOS
2.1- COBERTURA
(
El Programa tendrá cobertura estatal, tomando como base geográfica los
municipios costeros del estado de Sinaloa.
2.2.- POBLACIÓN OBJETIVO
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Miércoles 05 de Febrero de 2020
La población a la que estará destinada el Programa, será para los Beneficiarios
que realicen sus actividades productivas en esteros y bahías en el estado de
Sinaloa.
2.3.- CRITERIOS Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
La SPyA atendiendo a la igualdad de condiciones, y hasta donde lo permita la
disponibilidad presupuestal, dará trámite a las solicitudes de los Beneficiarios que
cumplan con los requisitos que les requiera mediante la convocatoria que expedirá
para el presente Programa.
2.4.- TIPO DE APOYOS
Apoyo económico y/o en especie para realizar acciones preventivas y operativas
de inspección y vigilancia en las zonas de pesca de cada Beneficiario,
entregándose a los Beneficiarios que cumplan con los requisitos de las presentes
reglas de operación y lo dispuesto en la convocatoria del presente Programa.
2.5.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
2.5.1.- DERECHOS
Los beneficiarios recibirán por parte de la SPyA:
a)
La información necesaria, de manera clara y oportuna, para participar en el
Programa.
b)
Recibir el apoyo una vez que hayan cubierto lo estipulado en las presentes
Reglas de Operación y en la convocatoria.
c)
La reserva y privacidad de su información personal.
2.5.2.- OBLIGACIONES
Los beneficiarios, ante la SPyA, deberán:
a)
Proporcionar, bajo protesta de decir verdad, la información que se les
requiera de acuerdo a estas Reglas y lo dispuesto en la convocatoria.
b)
Presentarse ante el personal del Programa para actualizar sus datos.
c)
No hacer uso indebido ni realizar actividades de lucro (venta, préstamo o uso
con fines electorales, entre otros) de los derechos que lo acreditan como
Beneficiario del Programa.
2.6.- INSTANCIAS PARTICIPANTES
2.6.1.- INSTANCIA NORMATIVA
La instancia Normativa de este programa será la SPyA, como instancia facultada
para interpretar las presentes Regl
de Operación y resolver los casos no
previstos en las mismas.
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