Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 04 de Octubre de 2019 - Parte 2

36 «EL ESTADO DE SINALOA»
Viernes 04 de Octubre de 2019
NCCIÓN DE 1NCONS11TUCIONALIDAD 112/2017
IV El
Mari10111Milinto
de la anidad de las partes integrantes
de la redel
-
30e
,,
senali roas en el artículo 43 de la
Conslitucien Politica tic los 1
-
Stados Unidos Mexicanos;
y. La 0
9
19011::.1
(iul
Estado Mexicano respecto de
Oto
OS Estados o suie
,
'os do imecho intenfacional, y
VI.
La piesi.Tviscion de "a democracia, fundada erk_el
desarrolIo economice scout y política del pais y sus
habitante:;."
62.
En
relacion con o anterior, el artículo 5 ce la Ley de SEguridacl
Nacional establece quer actor; son considerados rr
-
nenazas a la
seguridad nacionill.
"Artículo
5. Para los etectos de la presente Ley, son
amenazas a 1, Septindad Nacional:
1. Actos tendentes a consumar espionaje. sabotaje,
terrorismo, reheliim, traicion a la patria, genocidio. en contra
de los Estados Unidos Mexicanos dentro del territorio
nacional;
II.
Actos de interfeiencia extranjera en los asuntos nacionales,..,,,
que puedan implicnr una afectación al Estado Mexicano;
III.
Actos que impidan a las autoridades actuar contra la
delincuencia organalda;
IV.
Actos tendentes a quebrantar la unidad de las partes
integrantes de la Federacion señaladas en el articulo 43 de
Constitilekill Politica de los Estados Unidos Mexicanos;
V.
Actos tenientes a obst iculizar o bloquear operaciones
militares o navales contra hl delincuencia organizada;
VI.
Actos en
CC'llita do
la seguridad de la iviación;
VII.
Actos que atenten en contra del personal diplomático;
Viernes 04 de Octubre de 2019
«EL ESTADO DE SINALOA» 37
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 112/2017
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
VIll. Todo acto tendente a consu
el tráfico ilegal de
materiales nucleares, de armas E micas, biológicas y
convencionales de destrucción masi
IX.
Actos ilícitos en contra de la nav • ación marítima;
X.
Todo acto de financiamiento d cciones y organizaciones
terroristas;
XI.
Actos tendentes a obstaculiz r o bloquear actividades de
inteligencia o contrainteligencia,
XII.
Actos tendentes a destruir int). dar la infraestructura
de carácter estratégico o indis
la provisión de
bienes o servicios públicos."
63.' De lo expuesto se tiene que m
Ilá de que en términos del
artículo 73, fracción XXIX-
d: la Constitución de los Estados
Unidos Mexicanos
e
es faculta el Congreso de la Unión expedir
.
1
,
)
leyes en materia de se`dad n cional.
- é.i. . Lo*
relevante parresoluci • n de este asunto es que en la
s,
L ., "'Constitución Federg se encu ntra contenida la restricción -por
razones deuridad nacio al- al derecho que tiene toda
persona a la protección de • us datos personales, al acceso,
rectifica
y cancelación de los mismos; misma limitación que
se reproduce en la Ley C eneral de Protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos Obligados, remitiendo a la ley
Articulo 73. El Congreso tiene facultad:
(—)
XXIX-M. Para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los
requisitos y limites a las investigaciones correspondientes."
38 «EL ESTADO DE SINALOA»
Viernes 04 de Octubre de 2019
pkeciorq DE
INCONSTIUCIOPJ4LIDAD 112/2017
de la materia. cp
Gisf !C) es la Ley Gerif r¿il de Seguridad
Nacioral, en iitid t poi -1 C:oni.iii‘s.d de la Unión.
65.
De donde reFelt,t
-
intran't n lo aduce° por el instituto actor,
los articulos coninverti !c):; 7. I 'arrafo segundo y 139, fracción
IX,
,Or
de la
,
._ey de Pi ()leer:e n cic .'Ellos Personales en Pósesión de
Sujetos Obliqlcio ; del 11
le Sinaloa n regulan la materia de
seguridad naeion
!;ole ..rqven stipuj.Istos en los cuales por
razones de
,
.;egiYrid
riacioeal, en términos de la ley de la
materia, se imitara e I dnreune a la protección de los datos
personales ''
por
motivos no
requerirá el
consentimienio d
e
l titular cié datos personales para que el
responsable realie.? ansío ?Fertias de esos datos.
66.
De ahí que la sol, t roten nt::ia c tee hacen la; articules impugnados
a la seguridad naci.:)nal ni: puede considerarse corno una
regulación de lo .11.1 r debe eltenderse por ésta ni que por si
restrinjan el derecho de protección de los datos personales, si
como ha quedado estahlecicle, Ial lirr itante se encuentra en el
texto constitucion:il y en 1.1 ley general, además que las razones
de seguridad nacional se encuentran establecidas en la Ley de
Seguridad Wcional, a la cual remiten las normas controvertidas
al referirse a la ley de la materia.
67.
Por tanto, la menden a la !
.
iet:juridad n ucionul dentro de los
preceptos corilrovert cio; do ln ey local, no se puede considerar
como una aleclacien al dewcho de protección de datos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR