Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 25 de Septiembre de 2019

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Pablo Héctor Ojeda Cárdenas
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación del Sistema Penitenciario de la
Comisión Estatal de Seguridad.
Cuernavaca, Mor., a 25 de septiembre de 2019
6a. época
5746
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y
DEL TRABAJO
Acuerdo por el que se delegan facultades del Titular
de la Secretaría de Desarrollo Económico y del
Trabajo, a favor del Titular de la Dirección General del
Servicio Nacional de Empleo Morelos.
2
SECRETARÍA DE SALUD
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTERGRAL DE
LA FAMILIA DEL ESTADO DE MORELOS
Código de Conducta y Reglas de Integridad del
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del
Estado de Morelos.
5
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
MORELOS
Acta de la Octogésima Quinta Sesión Pública del
Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Morelos,
celebrada el día seis de septiembre de dos mil
diecinueve, relativa al análisis y aprobación, en su
caso, de las jurisprudencias y tesis relevantes en
materia electoral local, respecto de los asuntos
jurisdiccionales sobre los que ha tenido conocimiento
en el Tribunal Electoral del Estado de Morelos.
10
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO DE COATLÁN DEL RÍO
Código de Ética y Conducta de los servidores públicos
que laboran en el Ayuntamiento de Coatlán del Río y
sus Organismos Descentralizados.
17
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo SO/AC-101/13-VI-2019, por el que se deja
insubsistente el similar SO/AC-474/30-V-2018 y se
aprueba el Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Gilberto Arce Bazabe, en
cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Cuarto de
Distrito en el Estado de Morelos, dentro del juicio de
amparo número 1325/2018.
24
Acuerdo SO/AC-102/13-VI-2019, por el que se otorga
una prórroga al Tesorero Municipal para presentar al
Cabildo el corte de caja correspondiente al mes de
mayo del año 2019.
26
Acuerdo SO/AC-109/11-VII-2019, mediante el cual se
establece y regula el Consejo Consultivo de Turismo
del municipio de Cuernavaca, Morelos.
27
Acuerdo SO/AC-110/25-VII-2019 que aprueba el corte
de caja del Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos,
correspondiente al mes de junio y segundo trimestre
del año 2019. 33
Acuerdo SO/AC-111/25-VII-2019 por el que se deja
insubsistente el similar SO/AC-211/15-XII-2016 y se
aprueba el Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Marcelino Gómez Domínguez,
en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de
Justicia Administrativa, dentro del juicio administrativo
número TJA/1ªS/62/2017.
35
Acuerdo SO/AC-112/25-VII-2019 por el que se deja
insubsistente el similar SO/AC-31/7-III-2019 y se
aprueba el Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Mauricio Jerardo Labra
Vargas, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado
Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, dentro del
juicio de amparo número 499/2019.
40
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 25 de septiembre de 2019
Acuerdo SO/AC-113/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Jubilación al ciudadano Carlos
Alberto Flores Balderas.
43
Acuerdo SO/AC-114/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Jubilación al ciudadano Juan
Giles Bahena.
45
Acuerdo SO/AC-115/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Jubilación al ciudadano
Guillermo Salgado Morante.
46
Acuerdo SO/AC-116/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Jubilación al ciudadano Javier
Hernández Pérez.
48
Acuerdo SO/AC-117/25-VII-2019 que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por Jubilación
al ciudadano Juan Antonio Muñoz Muñoz.
49
Acuerdo SO/AC-118/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Jubilación a la ciudadana Norma
Lozano Rojas.
51
Acuerdo SO/AC-119/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Cesantía en Edad Avanzada a la
ciudadana Maricela Gutiérrez Sánchez.
52
Acuerdo SO/AC-120/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Cesantía en Edad Avanzada al
ciudadano Juan Jaimez González.
54
Acuerdo SO/AC-121/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Orfandad a los menores Zaira
Fanny Santiago García y Alan Rey Santiago García, a
través de Faviola García Carrera en su carácter de
ascendiente y tutor; así como, pensión por Viudez a la
ciudadana Faviola García Carrera, beneficiarios del
extinto trabajador Reyes Santiago Álvarez.
56
Acuerdo SO/AC-122/25-VII-2019 por el que se
concede pensión por Ascendencia a la ciudadana
Romana Corrales Sánchez.
59
ORGANISMOS
SINDICATO AUTENTICO DE TRABAJADORES
UNIDOS DEL H. AYUNTAMIENTO Y ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS DEL MUNICIPIO DE
TEMIXCO, MORELOS.
Acuerdo por el que se establece la Unidad de
Transparencia, y se integra el Comité de
Transparencia.
61
EDICTOS Y AVISOS
62
Al margen superior un Escudo del Estado de
Morelos que dic - La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- 2018-2024, y un
logotipo que dice Morelos Anfitrión del Mundo
Gobierno del Estado 2018-2024.
ANA CECILIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ,
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y
DEL TRABAJO DEL PODER EJECUTIVO DEL
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS; CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 13,
FRACCIONES VI Y XXIV Y 14 DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 7 DE
LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA EL ESTADO DE MORELOS, ASÍ COMO 4,
FRACCIÓN VIII, 8, 9 PENÚLTIMO Y ÚLTIMO
PÁRRAFOS Y 17 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y
DEL TRABAJO; Y,
CONSIDERANDO:
El Plan Estatal de Desarrollo 2019 - 2024
establece que el Servicio Nacional de Empleo Morelos
tiene como objetivo ser un instrumento eficiente,
eficaz, transparente, humanista, justo, sensible,
honesto y creativo, que responda a las necesidades
laborales de la sociedad morelense, propiciando una
mejora en la calidad de los mismos, en armonía con el
desarrollo del país.
        
       
      
para la aspiración de un gobierno responsable, con
alto sentido humano, sin corrupción y con bienestar de
la población de Morelos, en concordancia con los
objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2019 - 2024.
Bajo esta premisa, la estructura organizacional
de la presente administración advierte hacer las cosas
de forma diferente para dar respuesta eficaz a las
demandas de la ciudadanía y que las decisiones
gubernamentales se traduzcan en acciones con
resultados, por lo que se propuso crear la Secretaría
de Desarrollo Económico y del Trabajo, fusionando las
Secretarías de Economía y la del Trabajo, para
instrumentar políticas públicas encaminadas a la
productividad, el desarrollo integral del empleo y la
mejora de los centros de trabajo, además de generar
esquemas de participación ciudadana en la creación
de empleos, aplicando criterios de igualdad de género
y de protección de los derechos de los niños, a través
del combate a la explotación infantil.
25 de septiembre de 2019 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Tomando en cuenta lo anterior, surge el
Convenio de Coordinación para la Operación de
Programas, Servicios y Estrategias en Materia de
Empleo, que en el marco del Servicio Nacional del
Empleo han suscrito con fecha 17 de mayo de 2019 el
Ejecutivo Federal a través de la Secretaría del Trabajo
y Previsión Social y el Ejecutivo Estatal del Gobierno
del Estado de Morelos a través del Gobernador,
asistido por los Titulares de las Secretarías de
Gobierno, de Hacienda, de la Contraloría, Desarrollo
Económico y del Trabajo, así como de la Dirección
General del Servicio Nacional de Empleo Morelos,
cuyo objetivo es establecer las obligaciones de
coordinación con el fin de llevar a cabo la operación de
los Programas, Servicios y Estrategias en el Estado de
Morelos.
La operatividad del Programa de Apoyo al
Empleo se basa en el Acuerdo mediante el cual se
establecen las Reglas de Operación del Programa de
Apoyo al Empleo, publicado en el Diario Oficial de la
Federación del día 22 de febrero del 2019, Segunda
Sección, cuyo objetivo general es brindar atención a la
población buscadora de empleo, mediante la
prestación de Servicios de Vinculación Laboral y/o
apoyos económicos o en especie, con la finalidad de
facilitar su colocación en un puesto de trabajo o
actividad productiva, atendiendo tanto a solicitantes de
empleo como a empleadores de las treinta y dos
Entidades Federativas.
Asimismo, busca ayudar a solucionar las
dificultades que enfrentan la oferta y demanda de
empleo para encontrarse en el mercado laboral,
otorgando atención enfocada a las necesidades
específicas de la población objetivo, otorgando
servicios de vinculación laboral, así como apoyos
económicos para fortalecer actividades laborales;
promover la ocupación por cuenta propia y facilitar la
movilidad laboral interna.
El Programa de Apoyo al Empleo se conforma
por cuatro subprogramas, denominados: Servicios de
Vinculación Laboral, Apoyos de Capacitación para la
Empleabilidad, Fomento al Autoempleo y Movilidad
Laboral Interna, por medio de los cuales, con recursos
públicos federales asignados a este Programa, se
brindan diversos servicios o apoyos, como
intermediación laboral entre oferta y demanda de
empleo, así como apoyos económicos o en especie,
para facilitar el acceso al empleo u ocupación
productiva.
Asimismo, se favorece la apertura de espacios
con la incorporación de personas con discapacidad y
adultos mayores al mercado de trabajo, siendo este un
elemento transversal de dicho Programa.
Bajo este contexto, de conformidad con la citada
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
Libre y Soberano de Morelos en su artículo 24
fracciones XLIX y L, se establece que le corresponde
a la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo
fungir como enlace entre el buscador de empleo y la
fuente de trabajo, apoyar la promoción del empleo,
establecer y dirigir el Servicio Estatal de Empleo y
vigilar su funcionamiento, apoyándose para tal efecto
en la Dirección General del Servicio Nacional de
Empleo Morelos, quien es la encargada de aplicar las
políticas y lineamientos del Programa de Apoyo al
Empleo, en términos de los artículos 4, fracción VIII y
17 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Económico y del Trabajo, así como del
Convenio de Coordinación para la Operación de
Programas, Servicios y Estrategias en Materia de
Empleo de fecha 17 de mayo del 2019.
Por su parte, la fracción VI del artículo 13 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
Libre y Soberano de Morelos, establece como facultad
genérica para los Titulares de las Secretarías que
comprenden la Administración Pública Centralizada
del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos, suscribir
los documentos relativos al ejercicio de sus
atribuciones, así como celebrar, otorgar y suscribir los
contratos, convenios, escrituras blicas, poderes
notariales y demás actos jurídicos de carácter
administrativo o de cualquier otra índole dentro del
ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio
de sus funciones, y en su caso de las Unidades
Administrativas y Órganos Desconcentrados que les
estén adscritos.
De igual forma, la fracción XXIV del artículo 13
del ordenamiento legal señalado en el párrafo anterior,
dispone también como atribuciones a las demás que le
confieran las Leyes, otros ordenamientos jurídicos
aplicables y las que les resulten compatibles conforme
a sus objetivos para su mejor desarrollo.
Así como también, en el artículo 8 del
Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo
Económico y del Trabajo, establece que la
representación de la Secretaría, así como el trámite y
resolución de los asuntos de su competencia,
corresponden originalmente al Secretario, quien, para
la mejor atención y despacho de los mismos, podrá
delegar sus facultades en servidores públicos
subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, con
excepción de aquellas que, por disposición de la
normativa, deban ser ejercidas directamente por él.
Por su parte el artículo 9, fracción XXXVII
establece textualmente lo siguiente:
       
atribuciones que le confiere la normativa, cuenta con
las que a continuación se señalan, mismas que
ejercerá conforme a las necesidades del servicio:
XXXVII. Celebrar, modificar, rescindir o revocar
contratos, convenios y, en general, toda clase de actos
jurídicos directamente vinculados con el desarrollo de


Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR