Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 03 de Octubre de 2018

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Pablo Ojeda Cárdenas
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 03 de octubre de 2018
6a. época
5640
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
(SCJN)
Sentencia definitiva de fecha tres de julio de dos
mil dieciocho, dictada por el Tribunal Pleno de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la
el municipio de Jojutla, Morelos.
………………………………Pág. 3
Sentencia definitiva de fecha tres de julio de dos
mil dieciocho, dictada por el Pleno del Tribunal de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
por el municipio de Temoac, estado de Morelos.
………………………………Pág. 19
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
AMACUZAC
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación a la C. Rosario Adán Vázquez.
………………………………Pág. 44
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación a la C. Araceli Calderón Barrera.
………………………………Pág. 45
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al C. Silviano Brito Iturbe.
………………………………Pág. 47
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al C. Lorenzo Millán Guzmán.
………………………………Pág. 49
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
AXOCHIAPAN
Acuerdo por el que se aprueba el Presupuesto de
Egresos del municipio de Axochiapan, Morelos,
para el ejercicio fiscal del 1° de enero al 31 de
diciembre del 2018.
………………………………Pág. 50
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo SO/AC-534/30-VIII-2018.- Por el que se
deja insubsistente el Acuerdo SO/AC-362/14-XII-
2017 y se aprueba el Acuerdo por el que se
concede pensión por Jubilación al ciudadano
Eduardo Sotelo López, en cumplimiento a lo
ordenado por el Juzgado Cuarto de Distrito del
Centro Auxiliar de la Novena Región, con
residencia en Zacatecas, Zacatecas, actuando en
auxilio del Juzgado Quinto de distrito en el estado
de Morelos, dentro del Juicio de Amparo Número
464/2018.
………………………………Pág. 63
Acuerdo SO/AC-535/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Gregorio Alberto Ochoa.
………………………………Pág. 65
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 03 de octubre de 2018
Acuerdo SO/AC-536/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Luis Estudillo Martínez.
………………………………Pág. 67
Acuerdo SO/AC-537/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Edmundo Vázquez
Velázquez.
………………………………Pág. 68
Acuerdo SO/AC-538/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Carlos Ocampo Amaro.
………………………………Pág. 70
Acuerdo SO/AC-539/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación a la ciudadana Marisabel García
Bahena.
………………………………Pág. 72
Acuerdo SO/AC-540/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al ciudadano Antonio
Ortiz Díaz.
………………………………Pág. 73
Acuerdo SO/AC-541/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la ciudadana Virginia Núñez Suárez.
………………………………Pág. 74
Acuerdo SO/AC-542/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la ciudadana María de Lourdes Porcayo
Lara.
………………………………Pág. 76
Acuerdo SO/AC-543/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Invalidez a favor del ciudadano Julio César
Sánchez Hernández.
………………………………Pág. 77
Acuerdo SO/AC-544/30-VIII-2018.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Invalidez a favor de la ciudadana Carolina Bustos
Bustos.
………………………………Pág. 79
Acuerdo SO/AC-545/30-VIII-2018.- Por el que se
ratifica la propuesta realizada por el Presidente
Municipal Constitucional de Cuernavaca, Morelos,
de la ciudadana Rosa Bahena Juárez, como titular
de la Contraloría Municipal del Ayuntamiento de
Cuernavaca, Morelos.
………………………………Pág. 80
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
JIUTEPEC
Reforma al Reglamento Interior de la Contraloría
del municipio de Jiutepec, Morelos.
………………………………Pág. 81
Acuerdo SM/385/08-08-18.- Por el que se autoriza
al Presidente Municipal Constitucional de Jiutepec,
Morelos y Síndico Municipal, para celebrar
Contratos o Convenios con el Gobierno del estado
de Morelos o cualquier otra Dependencia, para
llevar a cabo la aceptación en donación de los
bienes muebles que se enlistan en el oficio
CES/CDYV/DRMYS/1061/07/2018, de fecha 18 de
julio del 2018.
………………………………Pág. 91
Acuerdo SM/386/08-08-18.- Por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada a la C.
Josefina Fuentes Popoca.
………………………………Pág. 93
Acuerdo SM/387/08-08-18.- Por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada al C.
Aminaad Rendón Elías.
………………………………Pág. 94
Acuerdo SM/388//08-08-18.- Por el que se
concede pensión por Cesantía en Edad Avanzada
al C. Macario Salgado Díaz.
………………………………Pág. 98
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TLAQUILTENANGO
Presupuesto de Egresos del municipio de
Tlaquiltenango, Morelos, para el ejercicio fiscal
2018.
………………………………Pág. 101
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TLAYACAPAN
Acuerdo por el que se aprueba el Presupuesto de
Egresos del municipio de Tlayacapan, Morelos,
para el ejercicio fiscal 2018.
………………………………Pág. 109
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 126
03 de octubre de 2018 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un escudo que dice:
Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación. Suprema Corte de Justicia de la Nación.
ACTOR: MUNICIPIO DE JOJUTLA, ESTADO
DE MORELOS.
PONENTE:
MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN.
SECRETARIA:
MARÍA ESTELA FERRER MAC GREGOR
POISOT.
Vo. Bo.
Ciudad de México. Acuerdo del Tribunal Pleno
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
correspondiente al día tres de julio de dos mil
dieciocho.
VISTOS, para resolver el expediente de la
controversia constitucional identificada al rubro; y
Cotejó: RESULTANDO:
PRIMERO. Demanda. Por escrito recibido el
treinta de junio de dos mil dieciséis, en la Oficina de
Certificación Judicial y Correspondencia de esta
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Abril
Fernández Quiroz, en su carácter de Síndica del
Ayuntamiento de Jojutla, Estado de Morelos, promovió
controversia constitucional en representación de dicho
Municipio, en la que demandó la invalidez de los actos
que más adelante se precisan, emitidos por las
autoridades del Estado de Morelos que a continuación
se señalan:
AUTORIDADES DEMANDADAS:
1. Congreso del Estado.
2. Gobernador Constitucional.
3. Secretario de Gobierno.
4. Secretario del Trabajo.
5. Director del Periódico Oficial “Tierra y
Libertad”.
6. Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje.
ACTOS CUYA INVALIDEZ SE DEMANDA:
1. Artículo 124, fracción II, de la Ley del Servicio
Civil del Estado de Morelos, publicada en el Periódico
Oficial de la entidad de seis de septiembre de dos mil.
2. La asunción de competencia por parte del
Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de
Morelos, para el efecto de ordenar la revocación de
mandato o destitución del Presidente Municipal del
Ayuntamiento de Jojutla, con fundamento en el artículo
124, fracción II, de la Ley del Servicio Civil de la
entidad.
3. La sesión celebrada por el Pleno del Tribunal
Estatal de Conciliación y Arbitraje el seis de mayo de
dos mil dieciséis, en la que declaró procedente la
imposición de la medida de apremio consistente en la
destitución del Presidente Municipal del Ayuntamiento
de Jojutla, Morelos.
4. El acuerdo de once de mayo de dos mil
dieciséis, consecuencia de la sesión plenaria referida
con anterioridad, donde se ordena la destitución o
revocación del mandato del Presidente Municipal de
Jojutla, Morelos, dentro del expediente 01/354/08.
SEGUNDO. Antecedentes. Los antecedentes
del caso narrados en la demanda son los siguientes:
1. El uno de enero de dos mil dieciséis se
integró el Ayuntamiento de Jojutla, Estado de Morelos,
para el periodo 2016-2018.
2. El veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis,
el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de
Morelos, por conducto del actuario adscrito al mismo,
notificó al Ayuntamiento del Municipio de Jojutla, el
acuerdo de once de mayo de dos mil dieciséis, por el
que se impuso al Presidente Municipal, como sanción
por incumplimiento al laudo dictado en el juicio laboral
número 01/354/08, la destitución del cargo, es decir, la
revocación del mandato constitucional, fundándose en
el artículo 124, fracción II, de la Ley del Servicio Civil
de la entidad.
TERCERO. Preceptos constitucionales
señalados como violados y concepto de invalidez. El
municipio actor señaló como transgredidos en su
perjuicio los artículos 14, 16, 115, fracción I, y 133 de
Mexicanos, y planteó, en síntesis, el siguiente
concepto de invalidez:
El artículo 124, fracción II, de la Ley del Servicio
Civil del Estado de Morelos, establece que las
infracciones a ese ordenamiento que no tengan
prevista otra sanción y la desobediencia a las
resoluciones del Tribunal Estatal de Conciliación y
Arbitraje, se castigarán con destitución del infractor sin
responsabilidad para el Gobierno del Estado o de los
municipios, sanción que será impuesta en su caso, por
el mencionado tribunal.
La disposición referida “lo es para sancionar a
servidores públicos de libre designación, es decir,
aquellos que ostentan el carácter de funcionarios, que
por su naturaleza son designados, mediante el
nombramiento correspondiente de un superior
jerárquico y para operar una administración pública y
no para aquellos que son electos por el mandato del
pueblo, a través del voto o sufragio, como lo es el
Presidente de Jojutla, Morelos; y dado que existe un
procedimiento especial para sancionar y separar del
cargo a los integrantes de un cabildo”, resulta que
dicha norma transgrede el artículo 115 de la
Constitución Federal pues sólo establece el concepto
de „infractor‟, sin distinguir entre los cargos de elección
popular, como ocurre con los miembros de los
ayuntamientos, y los que derivan de un nombramiento
expedido por un superior jerárquico.

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