Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes del 01 de Octubre de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
OFICINA DEL GOBERNADOR
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO. SISTEMA DE PROTECCIÓN INTE-
GRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES
SECRETARÍA DE FINANZAS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
H. AYUNTAMIENTO DE COSÍO
H. AYUNTAMIENTO DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMO
H. AYUNTAMIENTO DE TEPEZALÁ
Í N D I C E :
Página 90
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
PRIMERA SECCIÓN
TOMO LXXXI Aguascalientes, Ags., 1° de Octubre de 2018 Núm. 40
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Lic. Ricardo Enrique Morán Faz, Secretario General de Gobierno.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 1° de 2018
(Primera Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
OFICINA DEL GOBERNADOR C. CP. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, con fundamento en el artículo 46 fracción XIX de la Constitución
Política del Estado, artículos del 648 al 650 del Título Trece Capítulo I de la Ley Federal del Trabajo y artículo
22 fracciones V, XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, ordenamientos
jurídicos en vigor, hago la siguiente:
C O N V O C A T O R I A:
A todos los patrones independientes y sindicatos de patrones sujetos a la jurisdicción local, se les convoca a
asistir y participar por medio de los delegados que al efecto designen, a la Convención en la que se elegirá
un representante patronal propietario y un suplente ante el Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje
del Estado de Aguascalientes, con apego a las formalidades precisadas en el Capítulo I del Titulo Trece de la
Ley Federal del Trabajo; así como integrantes propietario y suplente del correspondiente Jurado de
Responsabilidades, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 674 fracción II de la Ley Federal del
Trabajo, Convención que se celebrará el próximo día 5 de diciembre del 2018, a las 9:00 horas en el Salón
Miguel Ángel Barberena Vega, ubicado en el Segundo Piso de Palacio de Gobi erno de la Ciudad de
Aguascalientes, Estado de Aguascalientes. Los representantes que se nombren deberán acreditar con
documentación legal, ante la Dirección General del Trabajo que cumplen con los requisitos de elegibilidad
señalados en la base cuarta de la presente convocatoria. Representantes que durarán en su cargo el término
establecido en la base quinta de esta convocatoria.
Asimismo, se CONVOCA por otro lado, a todos los trabajadores libres que hubiesen prestado servicios a un
patrón sujeto a la jurisdicción local por un lapso de tiempo no menor de seis meses durante el año anterior a
la fecha de la presente convocatoria, y a los sindicatos de trabajadores debidamente registrados ante la Junta
Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Aguascalientes, para que asistan y participen, por medio de
los delegados que al efecto designen, a la Convención en la que se elegirán representantes de trabajadores
propietario y suplente ante el Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Est ado de Aguascalientes,
así como representantes propietario y suplente del correspondiente Jurado de Responsabilidades,
Convención que se celebrará el próximo día 5 de diciembre del 201 8, a las 11:00 horas, en el Salón Miguel
Ángel Barberena Vega, ubicado en el Segundo Piso de Palacio de Gobierno de la Ciudad de Aguascalientes,
Estado de Aguascalientes. Los representantes que se nombren deberán acreditar con documentación legal,
ante la Dirección General del Trabajo que cumplen con los requisitos de elegibilidad señalados en la base
cuarta de la presente convocatoria. Representantes que durarán en su cargo el término establ ecido en la base
quinta de esta convocatoria, debiéndose celebrar dicho acto, atendiendo al siguiente:
ORDEN DEL DIA
DE LA CONVENCIÓN DE PATRONES ANTE EL PLENO DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y
ARBITRAJE
1.- Instalación de la Convención de Patrones, por parte del titular de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos,
C. Lic. Oziel Alejandro Guerrero de Anda; en representación del C. CP. Martín Orozco Sandoval, Gobernador
Constitucional del Estado, de conformidad a lo señalado por el artículo 660 fracción V de la Ley Federal del
Trabajo y artículo 22 fracciones V, XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno .
2.- Registro de las credenciales de los delegados y asistentes a la Convención.
3.- Nombramiento de dos de las personas asistentes, las cuales serán designadas especialmente, para que
sean las encargadas de computar los votos de la elección para la integración de la Mesa Directiva, de
conformidad a lo señalado por el artículo 658 y 660 fracción VI de la Ley Federal del Trabajo y por el artículo
22 fracciones V, XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
4.- Elección de la Mesa Directiva con la participación de los delegados de los sindicatos de patrones cuyas
credenciales hubiesen quedado registradas y los patrones independientes la cual se integrará de la siguiente
manera:
a) Un Presidente
b) Dos Secretarios;
c) Dos Vocales.
OFICINA DEL GOBERNADOR
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Octubre 1° de 2018 (Primera Sección)
5.- Toma de protesta de la Mesa Directiva de la Convención de Patrones.
6.- Instalación de la Mesa Directiva de la Convención de Patrones.
7.- Revisión y aprobación de las credenciales de los delegados de los sindicatos de patrones y/o patrones
independientes en la Convención por parte de la Mesa Directiva de la misma.
8.- Presentación de propuestas para la votación de representantes de patrones propietario y suplente ante el
Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Aguascalientes y su correspondiente Jurado
de Responsabilidades, por parte de los delegados de los sindicatos de patrones y/o patrones independientes,
la cual se realizará mediante el uso de la voz de cada delegado o patrón independiente en la Convención,
quién propondrá a persona que pueda participar en la votación anteriormente señalada.
9.- Elección de un representante de patrones propietario y un suplente ante el Pleno de la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de Aguascalientes, y
10.- Elección de un representante de patrones propietario y un suplente para integrar el correspondiente
Jurado de Responsabilidades.
11.- Levantamiento del Acta de la Convención de Patrones, con fundamento en lo dispuesto por el artículo
660 fracción IX de la Ley Federal del Trabajo.
12.- Clausura de la Convención de Patrones.
ORDEN DEL DIA
DE LA CONVENCIÓN DE TRABAJADORES ANTE EL PLENO DE LA JUNTA LOCAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
1.- Instalación de la Convención de Trabajadores, por parte del titular de la Subsecretaría de Asuntos
Jurídicos, C. Lic. Oziel Alejandro Guerrero de Anda; en representación del C. CP. Martín Orozco Sando val,
Gobernador Constitucional del Estado, de conformidad a lo señalado por el artículo 660 fracción V de la Ley
Federal del Trabajo y artículo 22 fracciones V, XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría General
de Gobierno.
2.- Registro de las credenciales de los delegados y asistentes a la Convención.
3.- Nombramiento de dos de las personas asistentes, las cuales serán designadas especialmente, para que
sean las encargadas de computar los votos de la elección para la integración de la Mesa Directiva, de
conformidad a lo señalado por el artículo 658 y 660 fracción VI de la Ley Federal del Trabajo y por el artículo
22 fracciones V, XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
4.- Elección de la Mesa Directiva con la participación de los delegados cuyas credenciales hubiesen quedado
registradas, integrándose de la siguiente manera:
a) Un Presidente
b) Dos Secretarios;
c) Dos Vocales.
5.- Toma de protesta de la Mesa Directiva de la Convención de Trabajadores.
6.- Instalación de la Mesa Directiva de la Convención de Trabajadores.
7.- Revisión y aprobación de las credenciales de los delegados de los sindicatos de trabajadores y/o de los
trabajadores libres en la Convención, por parte de la Mesa Directiva de la misma.
8.- Presentación de propuestas para la votación de representantes de trabajadores propietario y suplente ante
el Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Aguascalientes y su correspondiente
Jurado de Responsabilidades, por parte de los delegados de los sindicatos de trabajadores y/o trabajadores
independientes, la cual se realizará mediante el uso de la voz de cada delegado en la Convención, quién
propondrá a persona que pueda participar en la votación anteriormente señalada.

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