Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 31 de Marzo de 2018 (Suplemento)

PERMICO
OFICIA!
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TABASCO.
PUBLICA DO BAJO LA DIRE CCION DE LA SECRETARIA D E GOBIERNO
Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha
17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816
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No.- 8998
ACUERDO
Lie. Amet Ramos Troconis, Secretario de Planeación y Finanzas, en ejercicio de las
facultades que me confieren los artículos 12 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Tabasco; 8 fracciones II, lil, IV, V, VI, Vil, VIII, XIII, XIV,
XVIII, XIX y XX, 15 párrafo segundo del Código Fiscal del Estado de Tabasco y 10
fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas; y
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que el 18 de agosto del año 2015, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal,
celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Tabasco,
con el objeto de establecer la coordinación y colaboración administrativa en las
funciones de administración de los ingresos federales y el ejercicio de las facultades
en materia fiscal que se otorgan mediante dicho Convenio, y éstas se asuman por
parte de la entidad y, en su caso, por los municipios de ésta, dentro del marco de la
planeación democrática del desarrollo nacional.
SEGUNDO: Que el artículo 12 párrafos primero y segundo, del Código Fiscal de la
Federación, señala:
“Artículo 12. En los p lazos fijados en días no se contarán los sábados, los domingos ni el 1o. de
enero; el primer lunes de febre ro en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo
en co nmemorac ión del 21 de marzo; el 1o. y 5 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de
noviembre en conmemo ración del 2 0 de noviembre; el 1o. de diciembr e de cada 6 años,
cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo y el 25 de diciembre.
2PE RIO DICO OFICIAL 31 DE MARZO DE 2 018
Tampo co se contarán en dichos pfa20Sr=«í&-dias en que tengan vacaciones gen erales las
autoridades fiscales federa les, excepto cuando se trate de plazos para la presentación de
declaraciones y pago d e contribuciones; ^exclusivamente, en cuyos casos esos días se
consideran hábiles. No son va caciones generales las que se otorguen en fo rma escalonada.
TERCERO: Que la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el día 22 de diciembre de 2017, regla 2.1.6, en lo que
interesa establece, que el segundo periodo general de vacaciones para el Servicio
de Administración Tributaria (SAT), comprende los días del 26 de diciembre de 2017
al 5 de enero de 2018, así cómo el 27 y 28 de marzo de 2018; que son días
inhábiles para el SAT el 26, 29 y 30 de marzo de 2018, y que las autoridades
estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal podrán
considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer
con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las
disposiciones legales y administrativas que las rigen.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 8 del Código Fiscal del Estado de
Tabasco, en relación con lo dispuesto en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el. día 22 de diciembre de 2017,
durante el período comprendido del 26 al 30 de marzo de 2018, para la
Subsecretaría de Ingresos, la Procuraduría Fiscal y la Unidad de Ejecución Fiscal,
todas de esta Secretaría de Planeación y Finanzas, no se computarán los plazos ni
términos legales que correspondan a los actos, trámites y procedimientos vinculados
a las disposiciones del Código Fiscal de la Federación; con excepción de los plazos
para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones.
SEGUNDO: El cómputo de los plazos y términos a que se refiere el punto que
antecede, se reanudará el día 02 de abril del año 2018.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y
FINANZAS EN L A CIUDAD DE VILLAHERMOSA, TÁBASCO EL DÍA 22 DE

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