Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 21 de Marzo de 2018

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Ángel Colín López
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección Gene ral de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 21 de marzo de 2018
6a. época
5589
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO DOS MIL DOSCIENTOS
TREINTA Y NUEVE.- Por el quese reforma el
primer párrafo del artículo 275 del Código Familiar
………………………………Pág. 3
DECRETO NÚMERO DOS MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y NUEVE.- Por el que se reforma el
primer párrafo del artículo 154 del Código Penal
………………………………Pág. 8
DECRETO NÚMERO DOS MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO.- Por el
que se concede pensión por Cesantía en Edad
Avanzada al ciudadano Adrián Ahedo Leonel.
………………………………Pág. 13
DECRETO NÚMERO DOS MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO.- Por el
que se concede pensión por Jubilación al
ciudadano Jesús Dircio Delpro.
………………………………Pág. 15
DECRETO NÚMERO DOS MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO.- Por el que
se concede pensión por Viudez a la ciudadana
Shayra López Téllez.
………………………………Pág. 16
DECRETO NÚMERO DOS MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO.- Por
el que derogan las fracciones XI y XII del artículo
74, así como, la fracción X del artículo 90 todas de
laLey de Protección de Datos Personales en
Posesión de Sujetos Obligados del Estado de
Morelos. ………………………………Pág. 18
DECRETO NÚMERO DOS MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO.- Por el
que se reforman y derogan diversas disposiciones
Soberano de Morelos, respecto de la pérdida de la
patria potestad por abandono del sujeto a la
misma. ………………………………Pág. 21
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS.-
Por el que se reforma el artículo 142 de la Ley
Morelos. ………………………………Pág. 26
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
VEINTIUNO.- Por el que se concede pensión por
Jubilación a la ciudadana Francisca Guadalupe
Morales Montañez. ………………………………Pág. 29
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y CUATRO.- Por el que se concede
pensión por Viudez y Orfandad a la ciudadana
Julieta Sanabria Sánchez.
………………………………Pág. 31
Declaratoria por el que se reforman diversas
Administrativas, en materia de declaraciones
patrimonial, de intereses y fiscal.
………………………………Pág. 32
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y OCHO.- Por el que se reforman
diversas disposiciones de la Constitución Política
Administrativas, en materia de Declaraciones
Patrimonial, de Intereses y Fiscal.
………………………………Pág. 33
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 21 de marzo de 2018
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y DOS.- Por el que se abroga el
diverso número dos mil dos, de fecha cuatro de
julio de dos mil diecisiete, publicado en el
Periódico Oficial ―T ierra y Libertad‖ número 5527,
el día veintitrés de agosto de dos mil diecisiete, y
se emite Decreto mediante el cual se otorga
pensión por Jubilación, al C. Jorge Jacob Juárez
Bernal. ………………………………Pág. 37
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y TRES.- Por el que se abroga el
diverso número quinientos dieciséis, de fecha seis
de abril de dos mil dieciséis, publicado en el
Periódico Oficial ―T ierra y Libertad‖ número 5394,
el día cuatro de mayo de dos mil dieciséis, y se
emite Decreto mediante el cual se otorga pensión
por Jubilación, al C. Erick Arias Calderón.
………………………………Pág. 42
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y CUATRO.- Por el que seabroga el
decreto número novecientos veintiocho, de fecha
quince de julio de dos mil dieciséis, publicado en el
Periódico Oficial ―Tierra y Libertad‖, número 5535,
el día catorce de septiembre de dos mil dieciséis, y
se emite Decreto mediante el cual se otorga
pensión por Jubilación, al C. Juan Carlos Fontes
Jordán. ………………………………Pág. 48
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y CINCO.- Por el que se abroga el
decreto número dos mil sesenta y dos, de fecha
seis de julio de dos mil diecisiete, publicado en el
Periódico Oficial ―Tierra y Libertad‖, número 5529,
el día veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, y
se emite Decreto mediante el cual se otorga
pensión por Jubilación, al C. Juan Carlos Trejo
Reséndiz. ………………………………Pág. 54
DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y OCHO.- Por el que se deja sin
efectos el Acuerdo de fecha veintidós de mayo de
dos mil diecisiete, emitido por la Comisión de
Trabajo, Previsión y Seguridad Social del
Congreso del Estado de Morelos, por el cual se
niega la procedencia de la solicitud del C. Joel
Román Brito para otorgarle la pensión por
Jubilación solicitada, y se emite Decreto mediante
el cual se otorga pensión por Jubilación a su favor.
………………………………Pág. 60
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Fe de Erratas a los Lineamientos para la
Contraloría Social de la Comisión Estatal de
Evaluación del Desarrollo Social, y su
Procedimiento de atención, registro y trámite de
las quejas y denuncias que sean de su
competencia‖, publicados en el Periódico Oficial
―Tierra y Libertad‖, número 5573, de fecha 31 de
enero de 2018. ………………………………Pág. 64
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
Convocatoria para la formación de recursos
humanos de alto nivel en Programas de Posgrado
de calidad en el extranjero.
………………………………Pág. 64
ORGANISMOS
SECRETARÍA DE GOBIERNO
COMISIÓN ESTATAL DE RESERVAS
TERRITORIALES (CERT)
Nombramiento de la C. Margarita Ruiz Beltrán,
como: Directora General de la Comisión Estatal de
Reservas Territoriales.
………………………………Pág. 75
SECRETARÍA DE CULTURA
MUSEO MORELENSE DE ARTE POPULAR
(MMAPO)
Estatuto Orgánico del Fideicomiso ―Casa de
Cultura Juan Soriano‖ o ―Museo Morelense de Arte
Contemporáneo‖ o ―Museo Morelense de Arte
Contemporáneo Juan Soriano‖ o MMAC.
………………………………Pág. 76
SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE
COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA (CEAGUA)
Información reportada en el 4to. Trimestre del
ejercicio 2017 en el Portal Aplicativo de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público referente
al Formato Único Gestión de Proyectos.
………………………………Pág. 84
Información reportada en el 4to. Trimestre del
ejercicio 2017 en el Portal Aplicativo de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público referente
al Formato Único Gestión de Proyectos.
………………………………Pág. 99
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
MORELOS (TEE)
Acuerdo General TEEM/AG/01/2018, de fecha
veintiocho de febrero del año dos mil dieciocho,
que emite el Tribunal Electoral del Estado de
Morelos, en el que establece los Lineamientos
para la celebración de audiencias de alegatos
relacionadas con asuntos de su competencia.
………………………………Pág. 106
GOBIERNO MUNICIPAL
ORGANISMOS DE LOS AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
JIUTEPEC
SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA DE JIUTEPEC,
MORELOS
Reglamento Interno del Sistema Municipal parael
Desarrollo Integral de la Familia de Jiutepec,
Morelos.
………………………………Pág. 109
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 124
21 de marzo de 2018 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
Morelos que dice: ―Tierra y Libertad‖.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES:
I.- DEL PROCESO LEGISLATIVO
A. Mediante Sesión Ordinaria del Pleno de la
LIII Legislatura, que tuvo verificativo el día 28 de
septiembre de 2017, se aprobó el ―DECRETO
NÚMERO DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y
NUEVE, POR EL QUE SE REFORMAN, DE MANERA
INTEGRAL EL ARTÍCULO 275 DEL CÓDIGO
DE MORELOS, SE REFORMA, EL PRIMER
PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 694 Y SE DEROGA LA
FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 424, AMBOS DEL
B. Con fecha 24 de octubre de 2017,
mediante oficio SG/265/2017, se presentaron ante
esta Soberanía las observaciones realizadas por el
Gobernador del Estado, al decreto referido en el inciso
anterior.
C. Con fecha 31 de octubre del mismo año,
mediante oficio No. SSLyP/DPLy P/AÑO3/P.O.1/1763/17,
fueron recibidas en la
Comisión de Puntos
Constitucionales y Legislación las Observaciones
realizadas por el Poder Ejecutivo al decreto de mérito.
D. En sesión de Comisión de fecha 16 de
noviembre de 2017, existiendo el quórum legal, los
Diputados integrantes de la misma aprobaron el
presente dictamen que contiene las Observaciones
citadas, para ser sometido a consideración del Pleno
de esta LIII Legislatura.
II.- MATERIA DE LAS OBSERVACIONES
A manera de síntesis, el dictamen observado
por el ejecutivo, tiene como finalidad escuchar en todo
momento la opinión del menor en el proceso de
elección su tutor legal.
III.- OBSERVACIONES AL DECRETO
SEISCIENTOS SETENTA.
El Titular del Poder Ejecutivo del Estado de
Morelos, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 47, 49 y 70 fracción II de la Constitución
devolvió con observaciones el Decreto número
Seiscientos Setenta, a efecto de que se reconsidere lo
siguiente:
―La técnica legislativa tiene por objeto detectar
los problemas que la realización del ordenamiento
jurídico plantea y formular las directrices para su
solución, sirviendo a la seguridad jurídica;
definiéndose esta última como la suma de la certeza y
legalidad, jerarquía y publicidad normativas,
irretroactividad de lo no favorable, así como la
interdicción de la arbitrariedad, equilibrada de tal
suerte que permita promover, en el orden jurídico, la
justicia y la igualdad, en libertad.‖
―La técnica legislativa se puede concebir como
el conjunto de factores para la estructuración de
proyectos de ley y el uso del lenguaje apropiado en la
norma, es decir, un significado estrecho o limitado del
término, así como la materia que comprende tópicos
sobre la evaluación de la calidad de las leyes, en
donde son aplicables los conocimientos de la
sociología, el análisis económico del derecho, la
ciencia política y cuestiones de la teoría de la
legislación.‖
―Aunado a lo anterior, también es de explorado
derecho que en la esfera legislativa debe observarse
la competencia de los órganos que emitirán las Leyes
o Decretos respectivos, evitando vulnerar la
distribución de competencia al efecto establecida en la
―En ese orden, es menester destacar que de la
revisión realizada al acto legislativo en comento, en
principio, este Poder Ejecutivo Estatal coincide con su
objeto, consistente en establecer en el Código Familiar
del Estado que el menor de 18 pero mayor de 16
años, lleve a cabo la elección de su tutor cuando
existan varios parientes del mismo grado que discutan
la preferencia de esa función, pero ello si el juez lo
considera conveniente, además, se precisa que en los
demás casos se procurará escuchar al menor.
Circunstancia que, de igual manera, se pretende
modificar en el Código Procesal Familiar, para el caso
de los juicios sucesorios en que haya herederos o
legatarios menores o incapacitados que no tuvieren
representante legítimo, o que entre el menor y éste
pueda haber intereses contrarios, adicionando la
posibilidad de designar por ellos un tutor, conforme los
rangos de edad señalados, si el Juez lo considera
conveniente, o si no lo hace o no lo designa, se
procurará escucharlo.‖
―Asimismo, se pretende que en el Código
Procesal Familiar se elimine como quebrantamiento de
la promesa matrimonial, la hipótesis que refiere que no
se dará curso a la demanda si apareciere que alguno
de los prometidos, al celebrar los esponsales, era
menor de edad.‖
―Todo a efecto de, en primer término, garantizar
la participación de los menores de edad en los juicios
que pueden afectarlos, ello en cumplimiento a diversas
disposiciones legales e internacionales que señalan
que se dará al niño la oportunidad de ser escuchado
en todo procedimiento judicial o administrativo que le
afecte, ya sea directamente o por medio de un
representante o de un órgano apropiado, en
consonancia con las normas de procedimiento de la
ley nacional.‖

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