Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 07 de Febrero de 2018 (2A)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Ángel Colín López
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 07 de febrero de 2018
6a. época
5574
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA
Decreto por el que se expropia, por causas de
utilidad pública, el inmueble ubicado en calle
Ricardo Linares, número 2, esquina Avenida José
María Morelos, dirección antes conocida como
calle Alpuche número 11 y 68 de Avenida Morelos,
colonia centro, de la ciudad de Cuernavaca,
Morelos, identificado con la clave catastral 1100-
05-010-007, con una superficie de terreno de 383
metros cuadrados, y una superficie de
construcción de 1,674 metros cuadrados; con la
finalidad de destinarlo para satisfacer las
necesidades de espacio para la prestación de los
servicios del Organismo Público Descentralizado
Centro Morelense de las Artes.
………………………………Pág. 2
Resolución del procedimiento de expropiación por
causas de utilidad pública, del inmueble ubicado
en calle Ricardo Linares número 2, esquina con
Avenida José María Morelos, dirección antes
conocida como calle Alpuche número 11 y 68 de
Avenida Morelos, colonia Centro, de la ciudad de
Cuernavaca, Morelos, identificado con la clave
catastral 1100-05-010-007.
………………………………Pág. 11
SECRETARÍA DE HACIENDA
Convenio de Colaboración Administrativa en
materia del impuesto predial, que celebran el
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos,
y el municipio de Cuautla, Morelos.
………………………………Pág. 16
Acuerdo por el que se otorga un Subsidio Fiscal en
el pago de derechos de registro e inscripción ante
el Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
del Estado de Morelos, a las personas físicas y
morales, que lleven a cabo actividades productivas
en el Estado y que hayan obtenido, a través del
instituto morelense para el financiamiento del
sector productivo, un esquema de financiamiento.
………………………………Pág. 21
Acuerdo por el que se da a conocer el Calendario
de Entrega, Porcentajes y Montos estimados de
los Fondos Federales Participables, así como los
Montos de los Fondos de Aportaciones Estatales,
que corresponden a los municipios del estado de
Morelos para el ejercicio fiscal 2018.
………………………………Pág. 24
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Convocatoria 002 referente a la Licitación Pública
Nacional: SOP-SSESO-DGLCOP-L.P.E.-
001/2018, relativa a los Trabajos adicionales del
Recinto Legislativo del Estado de Morelos, ubicado
en la localidad de Centro, municipio de
Cuernavaca, en el Estado de Morelos.
………………………………Pág. 35
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
Programa Estatal de Procuración de Justicia del
Estado de Morelos 2013-2018.
………………………………Pág. 37
Página 2 SEGUNDA SECCIÓN 07 de febrero de 2018
ORGANISMOS
SECRETARÍA DE HACIENDA
INSTITUTO DE CRÉDITO PARA LOS
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL
GOBIERNO DEL ESTADO
Estados Financieros dictaminados
correspondientes al ejercicio fiscal 2016.
………………………………Pág. 68
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
COATLÁN DEL RÍO
Acuerdo por el que se aprueba el Presupuesto de
Egresos del municipio de Coatlán del Río, estado
de Morelos; para el ejercicio fiscal del 1° de enero
al 31 de diciembre del 2018.
………………………………Pág. 75
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
HUITZILAC
Reglamento Interno de la Secretaría del
Ayuntamiento.
………………………………Pág. 84
Reglamento Interno de la Tesorería Municipal.
………………………………Pág. 92
Reglamento Interno de la Dirección de Protección
Civil.
………………………………Pág. 100
Reglamento Interno de la Dirección de Servicios
Públicos.
………………………………Pág. 109
Reglamento Interno de la Dirección de Bienestar
Social y Atención de la Pobreza.
………………………………Pág. 120
Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo
Económico Sustentable.
………………………………Pág. 126
Reglamento Interno de la Dirección de la Instancia
de la Mujer
………………………………Pág. 133
Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal del
Ayuntamiento de Huitzilac.
………………………………Pág. 139
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
MAZATEPEC
Acuerdo PENSIÓN/MM-02/12/2017.- Que aprueba
el dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Simón Flores González.
………………………………Pág. 149
Acuerdo PENSIÓN/MM-03/12/2017.- Que aprueba
el dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Raymundo Martínez
Hernández.
………………………………Pág. 150
Al margen izquierdo un escudo del estado de
Morelos que dice: ―Tierra y Libertad‖.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos. Morelos. Poder
Ejecutivo.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 1, 2, 5, 6, 8, 9 Y
10 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS; 1, 2,
FRACCIONES I, III, V Y XIV, 3, 4 Y 5 DE LA LEY DE
EXPROPIACIÓN POR CAUSAS DE UTILIDAD
PÚBLICA; 2, 28 Y 38 DE LA LEY GENERAL DE
EXPROPIACIÓN POR CAUSAS DE UTILIDAD
PÚBLICA; CON BASE EN LOS SIGUIENTES:
RESULTANDOS
PRIMERO. La Secretaría de Cultura, mediante
el oficio SC/DGA/DIM/330/2015, de 20 de mayo de
2015, solicitó al titular de la Secretaría de Gobierno del
Poder Ejecutivo Estatal, designar un representante
para integrar el expediente técnico que hiciera posible
adquirir por la vía de la expropiación por causas de
utilidad pública el bien inmueble conocido como
―EDIFICIO VICTORIA‖, ubicado encalle Ricardo
Linares, número 2, esquina avenida José María
Morelos, dirección antes conocida como calle Alpuche,
número 11 y 68 de Avenida Morelos, colonia Centro,
de la ciudad de Cuernavaca, Morelos, identificado con
la clave catastral 1100-05-010-007, a fin de determinar
si es el inmueble idóneo para la complementación y
construcción del proyecto denominado ―ANEXO AL
CENTRO MORELENSE DE LAS ARTES DEL
ESTADO DE MORELOS‖.
SEGUNDO. El titular de la Secretaría de
Gobierno, mediante el oficio SG/096/2015, de 22 de
mayo de 2015, instruyó a la Comisión Estatal de
Reservas Territoriales, a efecto de que iniciara las
acciones necesarias encaminadas a la integración del
expediente técnico relativo a la Expropiación por
Causas de Utilidad Pública, mismo que sirva de
justificación de la misma en el que se refiriera la
idoneidad del bien a expropiar para satisfacer la propia
causa de utilidad blica respecto del inmueble
ubicado en calle Ricardo Linares, número 2, esquina
avenida José María Morelos, dirección antes conocida
como calle Alpuche número 11 y 68 de Avenida
Morelos, colonia Centro, de la ciudad de Cuernavaca,
Morelos, identificado con la clave catastral 1100-05-
010-007, a fin de expropiarse para satisfacer la causa
de utilidad pública referida en el numeral que
antecede.
07 de febrero de 2018 SEGUNDA SECCIÓN Página 3
TERCERO. En cumplimiento a la instrucción
referida en el Resultando inmediato anterior, mediante
oficio CERT/DG/0226-I/2015, de 27 de mayo de 2015, la
Directora General de la Comisión Estatal de Reservas
Territoriales, instruyó al Director Técnico del mismo
Organismo, a efecto de que integrara conjuntamente con
la Coordinación Jurídica y de Estructuración y en
colaboración con las Secretarías, Dependencias o
Entidades del Poder Ejecutivo Estatal, entre ellas, la
Consejería Jurídica, el Expediente Técnico de
Expropiación por Causas de Utilidad Pública del predio
ubicado en calle Ricardo Linares, número 2, esquina
avenida José María Morelos, dirección antes conocida
como calle Alpuche número 11 y 68 de Avenida Morelos,
colonia Centro, de la ciudad de Cuernavaca, Morelos,
identificado con la clave catastral 1100-05-010-007.
CUARTO. Mediante el oficio
CJ/DGCAA/SPA/262/2015, de 17 junio de 2015, signado
por el entonces Director General de Consultoría de
Asuntos Administrativos de la Consejería Jurídica, se
solicitó a la Dirección General de Patrimonio,
perteneciente a la Secretaría de Administración, ambos
del Poder Ejecutivo Estatal, verificara si en el catálogo de
inmuebles propiedad del Gobierno del Estado de
Morelos, existe alguno en el perímetro del Centro
Histórico del municipio de Cuernavaca, Morelos que
satisfaga las necesidades de espacio para el anexo del
Centro Morelense de las Artes, con la finalidad de brindar
áreas adecuadas para la instrucción de los alumnos de
dicho organismo y satisfacer la creciente demanda que
ha tenido en los últimos años.
QUINTO. Mediante oficio
DGP/DRRPI/SRPI/1293/2015, de 18 de junio de 2015,
suscrito por el entonces titular de la Dirección General de
Patrimonio de la Secretaría de Administración del Poder
Ejecutivo Estatal, se comunicó a la Consejería Jurídica
que una vez realizada la búsqueda en el acervo
patrimonial inmobiliario del Gobierno del Estado de
Morelos, no se localizó ningún bien inmueble propiedad
del Ejecutivo que reuniera las características y satisfaga
las necesidades de espacio para el anexo del Centro
Morelense de las Artes del Estado de Morelos.
SEXTO. Acto continuo, el Rector del Centro
Morelense de las Artes del Estado de Morelos, mediante
el oficio CMAEM/253/2015, de 02 de julio de 2015,
solicitó a la titular de la Secretaría de Cultura del Poder
Ejecutivo Estatal que por medio de su conducto se hiciera
extensiva la petición a la Secretaría de Obras Públicas, a
efecto de que se analizara y estudiara la factibilidad e
idoneidad del inmueble para satisfacer las necesidades
de la conformación de una escuela, así como se
determinara la causa de utilidad pública para la
adquisición por la vía de expropiación por causas de
utilidad pública del inmueble ubicado en calle Ricardo
Linares, número 2, esquina avenida José María Morelos,
dirección antes conocida como calle Alpuche número 11
y 68 de Avenida Morelos, colonia Centro, de la ciudad de
Cuernavaca, Morelos, identificado con la clave catastral
1100-05-010-007, debido a las necesidades de espacio
físico que ha tenido en dicho Centro, ello por la creciente
demanda de alumnos que se ha tenido en los últimos
años, destacando que el Centro Morelense de las Artes
del Estado de Morelos es un Organismo Público
Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio
propio, sectorizado a la Secretaría de Cultura del Poder
Ejecutivo Estatal.
SÉPTIMO. Derivado de lo anterior, la titular de
la Secretaría de Obras Públicas del Poder Ejecutivo
Estatal, mediante el oficio SOP/132/2016, de 23 de
marzo de 2016, remitió dictamen a la Secretaría de
Cultura en el que se señaló, entre otras cosas, ―…que
el predio reúne las características de compatibilidad de
uso para el que se requiere, el mismo resultando
idóneo y necesario para que sea destinado al servicio
público, por lo que la Secretaría de Obras Públicas,
considera viable la adquisición del bien inmueble para
destinarlo a la generación de los espacios necesarios
para el cumplimiento de las actividades del Centro
Morelense de las Artes del Estado de Morelos…‖.
OCTAVO. Ahora bien, continuando con el
cumplimiento a la instrucción girada por el Secretario
de Gobierno, previo análisis de las documentales que
sirvieron de base para allegarse a la verdad y certeza
jurídica del bien inmueble de referencia, la Comisión
Estatal de Reservas Territoriales tuvo a bien emitir el
documento técnico con los argumentos que justifican
la idoneidad y necesidad del inmueble ubicado en la
calle Ricardo Linares, número 2, esquina avenida José
María Morelos, dirección antes conocida como calle
Alpuche número 11 y 68 de Avenida Morelos, colonia
Centro, de la ciudad de Cuernavaca, Morelos,
identificado con la clave catastral 1100-05-010-007
para la satisfacción de los espacios solicitados por el
Centro Morelense de las Artes del Estado de Morelos,
a través de la Secretaría de Cultura del Poder
Ejecutivo, resolviendo en su parte medular lo
siguiente: Con base en los razonamientos vertidos en
el apartado de considerandos, se determina que el
bien inmueble, objeto de expropiación conocido como
edificio Victoria, dada su localización, composición y
arquitectura es idóneo y necesario para la ejecución
de la causa de utilidad pública contenido en la fracción
I y III del artículo 2 de la Ley de Expropiación por
Causas de Utilidad Pública, consistente en el
cumplimiento del objetivo encaminado al Centro
Morelense de las Artes del Estado de Morelos en el
cual funda y motiva su dictamen con base en la
valoración de todas y cada una de las documentales
que a continuación se enuncian y que forman parte
integral del documento en comento:
―...a) Copia Certificada del Plano Catastral, de
fecha de 12 de junio de 2015, emitido por la Dirección
General de Catastro de la Secretaría de Desarrollo
Sustentable del Ayuntamiento de Cuernavaca,
Morelos, correspondiente al inmueble ubicado en calle
Ricardo Linares, número 2, esquina avenida José
María Morelos, colonia Centro, Cuernavaca, Morelos,
con la clave catastral número 1100-05-010-007.
b) Plano de Afectación con coordenadas
geográficas de ubicación del inmueble sito en calle
Ricardo Linares, número 2, esquina avenida José
María Morelos, colonia Centro, Cuernavaca, Morelos,
con la clave catastral número 1100-05-010-007,
emitido por el Arquitecto José Luis Vargas Gómez,
Jefe de Departamento de Topografía de esta Comisión
Estatal de Reservas Territoriales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR