Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 24 de Enero de 2018

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Ángel Colín López
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 24 de enero de 2018
6a. época
5571
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
Acuerdo 01/2018 del Fiscal General del Estado de
Morelos, por el que se establecen Lineamientos
para orientar la actuación del Ministerio Público en
lo relativo al destino final de objetos y
compactación vehicular en los términos del artículo
………………………………Pág. 3
Acuerdo Número 02/2018 del Fiscal General del
Estado de Morelos, por el que se crean las
Unidades Especializadas de Investigación en
Delitos Electorales del Fuero Común, de las
Fiscalías Regionales Metropolitana, Oriente y Sur
Poniente, para atender e investigar los delitos en
materia electoral en el estado de Morelos.
………………………………Pág. 6
FISCALÍA ESPECIALIZADA EN COMBATE A LA
CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE MORELOS
Acuerdo FECC/001/2018 del Fiscal Especializado
en Combate a la Corrupción del Estado de
Morelos, por el que se designa como Fiscal
adjunto de la Fiscalía Especializada en Combate a
la Corrupción del Estado de Morelos a la licenciada
María Guadalupe Flores Servín.
………………………………Pág. 8
ORGANISMOS
EL COLEGIO DE MORELOS
Estatuto Orgánico de “El Colegio de Morelos”.
………………………………Pág. 9
INSTITUTO DE DESARROLLO Y
FORTALECIMIENTO MUNICIPAL DEL ESTADO
DE MORELOS (IDEFOM)
Acuerdo por el que se establece la Unidad de
Transparencia y se integra el Comité de
Transparencia del Fondo para la Atención de
Infraestructura y Administración Municipal.
………………………………Pág. 15
PARTIDO HUMANISTA DE MORELOS
Comunicado de cambio de domicilio.
………………………………Pág. 17
SECRETARÍA DE GOBIERNO
COMISIÓN ESTATAL DE RESERVAS
TERRITORIALES (CERT)
Nombramiento de la C. Miriam Lariza Rodríguez
Galindez como: Directora General de la Comisión
Estatal de Reservas Territoriales.
………………………………Pág. 18
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
AEROPUERTO DE CUERNAVACA S.A. DE C.V.
Convocatoria 001/2018, referente Licitación
Pública Nacional número LA-917003977-E1-2018,
con el objeto de contratar los Servicios de
Seguridad y Vigilancia, en el periodo del 12 de
febrero al 31 de diciembre de 2018.
………………………………Pág. 19
SECRETARÍA DE SALUD
GIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL
EN SALUD DE MORELOS
Organigrama del Régimen Estatal de Protección
Social en Salud de Morelos.
………………………………Pág. 20
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 24 de enero de 2018
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL
ESTADO DE MORELOS (TJA)
Acuerdo PTJA/04/2017 por el que se establecen
disposiciones operativas necesarias para el
despacho pronto y expedito de los asuntos que se
resuelven en el Tribunal de Justicia Administrativa
del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 21
Acuerdo PTJA/07/2017 por el que se determina el
calendario de suspensión de labores para el año
2018, del Tribunal de Justicia Administrativa del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 22
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
MORELOS (TEE)
Acta de la Nonagésima Segunda Sesión Pública
que celebra el Pleno del Tribunal Electoral del
Estado de Morelos, de fecha nueve de diciembre
de dos mil diecisiete.
………………………………Pág. 25
Acta de la Segunda Sesión Privada que celebra el
Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Morelos,
de fecha primero de enero de dos mil dieciocho.
………………………………Pág. 29
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo SO/AC-364/14-XII-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Francisco Villegas Becerril.
………………………………Pág. 31
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
JIUTEPEC
Acuerdo SM/280/15-11-17.- Se concede pensión
por Viudez a la C. Facunda Urzúa Carreño,
cónyuge supérstite del de cujus Prospero López
Flores.
………………………………Pág. 33
Acuerdo SM/282/15-11-17.- Se concede pensión
por Cesantía en Edad Avanzada al C. Julián
Jaimes Rebollar.
………………………………Pág. 35
Acuerdo SM/283/15-11-17.- Se concede pensión
por Cesantía en Edad Avanzada al C. Severo
Landa Sandoval.
………………………………Pág. 37
Acuerdo SM/284/15-11-17.- Se concede pensión
por Jubilación al C. Guillermo Blanco Quiroz.
………………………………Pág. 39
Acuerdo SM/285/15-11-17.- Se concede pensión
por Cesantía en Edad Avanzada al C. Ángel
Fonseca Cervantes.
………………………………Pág. 42
Acuerdo SM/289/29-11-17.- Se autoriza a los
ciudadanos José Manuel Agüero Tovar, Presidente
Municipal Constitucional de Jiutepec, Morelos y
Citlalli Rubí Tenorio Ramírez, Síndico Municipal,
para celebrar contratos o convenios con el
Gobierno del estado de Morelos o cualquier otra
dependencia, para llevar a cabo la aceptación en
donación de los bienes muebles que se enlistan y
que están vinculados con el oficio
CES/CDYV/DRMYS/2235/11/2017, de fecha 22 de
noviembre de 2017, signado por el M.D.I.P. Juan
Carlos Peniche Payén, Coordinador de Desarrollo
y Vinculación de la Comisión Estatal de Seguridad
Pública, a favor del H. Ayuntamiento de Jiutepec,
Morelos, los cuales fueron adquiridos con
fundamento en los Lineamientos del Recurso
FORTASEG (Subsidio a los municipios y
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y
en su caso Entidades Federativas) 2017.
………………………………Pág. 44
Acuerdo SM/290/13-12-17.- Se concede pensión
por Cesantía en Edad Avanzada al C. Rosendo
Heras Flores.
………………………………Pág. 45
Acuerdo SM/291/13-12-17.- Se concede pensión
por Cesantía en Edad Avanzada al C. Hipólito
Meraz Lagunas.
………………………………Pág. 46
Acuerdo SM/292/13-12-17.- Se concede pensión
por Cesantía en Edad Avanzada al C. Julián
Núñez Escamilla.
………………………………Pág. 48
Acuerdo SM/293/13-12-17.- Se concede pensión
por Jubilación al C. Jenaro Herrera García.
………………………………Pág. 50
Acuerdo SM/294/13-12-17.- Por el que se
establecen como días inhábiles y de suspensión
de labores del Ayuntamiento de Jiutepec, Morelos,
para el año dos mil dieciocho, durante los cuales
no correrán plazos, además de los sábados y
domingos.
………………………………Pág. 52
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEMOAC
Acuerdo por el que se aprueba el Presupuesto de
Egresos del municipio de Temoac, Morelos, para el
ejercicio fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre
del 2017.
………………………………Pág. 53
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 62
24 de enero de 2018 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- MORELOS.-
Poder Ejecutivo. Fiscalía General del Estado.
MAESTRO EN DERECHO, JAVIER PÉREZ
DURÓN, FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE
MORELOS, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES
QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 21, DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 79-A Y 79-B DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS; 3, 4, 5, 6, 19, 20, 21
FRACCIÓN I, 31, FRACCIONES I, II Y VII, DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL
ESTADO DE MORELOS; 1, 2, 3, 4, 5, 14,
FRACCIONES I Y IX, DEL REGLAMENTO DE ESTA,
Y; CONSIDERANDO.
Que la Fiscalía General del Estado de Morelos,
es una dependencia centralizada de la administración
pública del Gobierno del Estado de Morelos, en la que
se integra la Institución del Ministerio Público y sus
órganos auxiliares directos, a los que les compete la
investigación y persecución de los delitos del fuero
común, así como la representación de los intereses de
la sociedad en el estado de Morelos, en términos de lo
dispuesto por el artículo 21, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
El Ministerio Público de la Institución, ha
recuperado un cúmulo de vehículos automotores,
bienes u objetos en general, que tienen o tuvieron
relación con el delito, y de los cuáles se debe resolver
sobre su destino final.
En la actualidad los depósitos de la institución,
destinados al depósito de los vehículos automotores
recuperados o bienes muebles en general, se
encuentran saturados en forma tal, que está impedida
la adecuada guarda y custodia de los bienes
asegurados, generándose falta de operatividad y
eficiencia en su mantenimiento, además de provocar
un alto costo de conservación de los mismos.
La problemática que en la actualidad se enfrenta
en los depósitos de objetos y vehículos de la Fiscalía
General del Estado de Morelos, requiere establecer
estrategias y lineamientos que permitan atender el
destino final, y dar participación a quien tenga derecho
o interés jurídico, de tales bienes o bien, emitir la
determinación del destino final de los bienes
asegurados.
Como una importante estrategia, se ha
considerado dar celeridad a la limpieza de los
depósitos de objetos y vehículos que en la actualidad
están sobresaturados, y en general de los bienes
asegurados por el Ministerio Público, considerados
como chatarra o deshechos, para reducir el costo de
operación de los depósitos, así como el
establecimiento de medidas que permitan otorgar una
mejor atención a la ciudadanía que demanda los
servicios de la institución.
El 12 de noviembre del año 2008, se publicó en
el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 4655, el
decreto número NOVECIENTOS NOVENTA Y
CINCO.- Por el que se adicionó el artículo 45, del
Código Penal para el Estado de Morelos, y el artículo
139, del Código de Procedimientos Penales para el
Estado de Morelos de 1996, en materia de abandono
de bienes.
Con esta reforma, el actual artículo 45 del
su párrafo tercero establece que el aseguramiento de
los bienes recuperados con motivos de la investigación
del delito y puestos a disposición del Ministerio
Público, podrán aplicarse en favor del Estado cuando
hayan sido objeto de abandono, por parte de quien con
legítimo derecho hubiere podido reclamar su entrega
desde su aseguramiento.
El mismo ordenamiento en su cuarto párrafo
establece que se decretará el abandono por parte del
Ministerio Público o de la autoridad judicial, respecto
de los bienes cuya devolución proceda y que no sean
reclamados o recogidos dentro del plazo de un 1 año a
partir de que dicho bien fue puesto a disposición de la
autoridad judicial o del Ministerio Público, según sea el
caso. Asimismo el dispositivo legal en cuestión, señala
que el Ministerio Público o la autoridad judicial podrán
decretar el destino final de los bienes a que se refiere
el párrafo anterior consistente en la compactación o
destrucción de vehículos automotores, bienes
muebles, objetos, instrumentos o sustancias en
general perecederas, puestas a su disposición.
Quedando bajo su más estricta responsabilidad el
solicitar previamente los dictámenes periciales de
identificación y valuación que resulten necesarios para
determinar las condiciones o características físicas de
estos. Finalmente, el objeto que se persigue en el
presente Acuerdo, es poder contar con lineamientos
generales, que permitan orientar al Ministerio Público y
a los servidores públicos intervinientes, para resolver el
destino final de los bienes referidos (destrucción o
compactación) cuando legalmente proceda.
Por otra parte, el Fiscal General del Estado de
Morelos, en su carácter de titular del Ministerio Público,
es el superior jerárquico de todo el personal que
integra la Fiscalía General y corresponde a él expedir
las disposiciones administrativas que rijan la actuación
de las Unidades Administrativas a su cargo, en
términos de lo que establece el artículo 20 de la Ley
Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos.
En ese tenor por lo expuesto y fundado, tengo a bien
expedir el siguiente:

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