Periódico Oficial del Estado de Coahuilla de Zaragoza del 05 de Enero de 2018

ORDINARIO
TOMO CXXV Saltillo, Coahuila, viernes 5 de enero de 2018 número 2
REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921.
FUNDADO EN EL AÑO DE 1860
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO
DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
<
ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
MIGUEL ÁNGEL RIQUELME SOLÍS
Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza
ROBERTO OROZCO AGUIRRE
Subdirector del Periódico Oficial
JOSÉ MARÍA FRAUSTRO SILLER
Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial
I N D I C E
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DECRETO 1140.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Piedras Negras, Coahuila de
Zaragoza, p ara enajenar a título gratuito, un bien inmueble con una superficie de 4,546.99 M2., ubicado en la colonia
“Ampliación Valle del Norte” de esa ciudad, a favor de la “Asociación Emmanuel En Pro De Niños Autistas A.C.”, el
cual fue desincorporado con Decreto número 968 publicado en el Periódico Oficial de fecha 31 de octubre de 2017.
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DECRETO 1141.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoz a,
para enajenar a título gratuito, un bien inmueble con una superficie de 3,793.93 M2., ubicado en el Fraccionamiento
“Villa California” de esa ciudad, a favor del Consejo Promotor para el Desarrollo de las Reservas Territoriales de
Torreón, el cual se desincorporo con Decreto número 1014 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
fecha 21 de noviembre de 2017.
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DECRETO 1142.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza,
para enajenar a título oneroso, un bien in mueble con una superficie de 160.00 M2., ubicado en la colonia “Lucio
Cabañas” de esa ciudad, a favor del C. J aime Alonso González Ibarra, el cual se desincorporo con Decreto número 969
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 31 de octubre de 2017.
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DECRETO 1143.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza,
para enajenar a título oneroso, un bien inmueble con una superficie de 6,672.58 M2., ubicado en el fraccionamiento
“Ciudad Mirasierra” de esta ciudad, a favor de los beneficiarios que se encuentran en la zona de restauración de la Sier ra
de Zapalinamé, el cual se desincorpor o con Decreto número 889 publicado en el Periódico Oficial de l Gobierno del
Estado de fecha 25 de julio de 2017.
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DECRETO 1144.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza,
para enajenar a título oneroso, un bien inmueble con una superficie d e 6,50 6.06 M2., ubicado en la colonia “Las
Margaritas” de esta ciudad, con el fin de enajenarlo a título oneroso a favor de los beneficiarios que se encuentran en la
zona de restauración de la Sierra de Zapalinamé, ubicad a en la colindancia del Fraccionamiento Morelos V Sector, cual se
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2 PERIODICO OFICIAL viernes 5 de enero de 2018
desincorporo con Dec reto número 890 publicado en el Periódico Oficial del Gobier no del Estado de fecha 25 de julio de
2017.
DECRETO 1145.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza,
para enajenar a título oneroso, los lotes de terreno que se identifican como fracción número dos de un predio rústico
denominado “La Soledad” conocido como la colonia “Las Margaritas” de esta ciudad, la cual co nforman una superficie
de 18-74-71 hectáreas, a favor de sus actuales p oseedores, el cual se desincorporo con Decreto número 885 publicado en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 28 de julio de 2017
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DECRETO 1146.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza,
para enajenar a título gratuito, un bien inmueble co n una superficie de 364.14 M2., ubicado en el Fraccionamiento
“Residencial del Norte” de esa ciudad, a favor del Gobierno del Estado para ser destinado a la Secretaría del Medio
Ambiente del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza (SEMARNAC) Región Laguna, el cual se desincorporo con
Decreto número 992 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 07 de noviembre de 2 017.
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DECRETO 1147.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Parras, Coahuila de Zaragoza, a desincorporar del
dominio público municipal, un bien inmueble con una superficie de 1,680.00 M2., ubicado en el Fraccionamiento
“Márquez de Aguayo” de esa ciudad, con el fin de enajenarlo a título oneroso a favor de la C. María Fernanda Rodríguez
Flores.
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DECRETO 1148.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Torreón, Coah uila de Zaragoza, a desincorporar del
dominio público municipal, un bien inmueble con una superficie de 5 ,617.56 M2., ubicado en el Fraccionamiento “Villas
Zaragoza Sur” de esa ciudad, con el fin de enajenarlo a título gratuito a favor del Gobierno del Estado, con objeto de
llevar a cabo la construcción de un centro educativo de nivel primaria.
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DECRETO 1149.- Se adiciona el artículo 20 BIS de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado
de Coahuila de Zaragoza; y Se reforma y adicio na el artículo 10 fracción XXIII de la Ley de Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza.
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DECRETO 1151.- Se reforman los artículos 15 y 16, y se adiciona la fracción IV al artículo 17, recorriendo las ulteriores,
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DECRETO 1182.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Arteaga, Coahuila de Zaragoza, a celebrar un contrato
de mandato especial irrevocab le como garantía de pago, para afectar los flujos de recursos que procedan d e las
participaciones presentes y futuras, que en ingresos federales le correspondan, del Fondo General de Participaciones hasta
por un monto anual de $833,479.32 (OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y
NUEVE PESOS 32/100 M.N.), para garantizar el cumplimiento de las obligac iones de pago, única y exclusivamente
respecto de la parte alícuota que corresponde a la inver sión pública productiva amortizada, de la co ntraprestación mensual
pactada, dentro del Proyecto de Prestación de Servicios Prof esionales para Alumbrado Público con la empresa “NL
TECHNOLOGIES, S.A. DE C.V.”, a un plazo de hasta de 240 meses.
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DECRETO 1.- Se declara legalmente co nstituido el Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de
Zaragoza e instalada la Sexagésima Primera Legislatura, cuyo ejercicio constitucional iniciará el 1 de enero del año 2018
y concluirá el 31 de diciembre del año 2020.
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EL C. MIGUEL ÁNGEL RIQUELME SOLÍS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE,
LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;
DECRETA
NÚMERO 1140.-
ARTÍCULO PRIMERO.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Piedras Negras, Coahuila de
Zaragoza, para enajenar a título gratuito, un bien inmueble con una s uperficie de 4,54 6.99 M2., ubicado en la colonia “Ampliación
Valle del Norte” de esa ciudad, a favor de la “Asociación Emmanuel En Pro De Niños Autistas A.C.”, el cual fue desincorporado
con Decreto número 968 publicado en el Periódico Oficial de fecha 31 de octubre de 2017.
La superficie antes mencionada se identifica como fracción d e terreno con una superficie de 4,546.99 M2., ubicada en la calle
Rafael Talamantes N° 2217 de la colonia “Ampliación Valle del Norte” de la cabecera municipal y cuenta con las siguientes
medidas y colindancias:
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Al Norte: mide 27.96 metros y colinda con propiedad del C. Rafael González.
Al Sur: mide 53.07 metros y colinda con manzana 11.
Al Oriente: mide 120.33 metros y colinda con calle Rafael Talamantes.
Al Poniente: mide 108.33 metros y colinda con Escuela Primaria Diana Laura Riojas de Colo sio.
Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del R. Ayuntamiento de Piedras Negras, en las oficinas del Registro Público de la
ciudad de Piedras Negras del Estado de Coahuila de Zaragoza, bajo la Partida 8120, Toma B, Foja 6, Libro 18, Sección I, de fecha
14 de noviembre de 2000.
ARTÍCULO SEGUNDO. - La autorización de esta operación es con objeto de que la “Asociación Emmanuel En Pro De Niños
Autistas A.C.”, cumpla con el interés público, para que d icha Asociación pueda formalizar la posesión del predio y que lleve a cabo
el objetivo relativo al cuidado de niños autistas.
ARTÍCULO TERCERO.- El Ayuntamiento del Municipio de Piedras Negras, por conducto de su Presidente Municipal o de su
Representante legal acreditado, deberá formalizar la operación que se autoriza y proceder a la escrituración corr espondiente.
ARTÍCULO CUARTO.- En el supuesto de que no se formalice la enajenación que se autoriza, al término del plazo de
veinticuatro meses, contados a partir de su fecha de publicación, se requerirá de una nueva autorización legislativa para ampliar el
plazo, a fin de que se pueda continuar o concluir la formalización de las operaciones realizadas co n la enajenación del inmue ble a
que se refiere el artículo primero de este Decreto.
ARTÍCULO QUINTO.- Los gastos de escrituración y registro que se originen de la op eración que mediante este Decreto se
valida, serán por cuenta del beneficiario.
ARTÍCULO SEXTO.- El presente Decreto deberá insertarse en la escritura corr espondiente.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado.
SEGUNDO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estad o.
DADO en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a los catorce días
del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
DIPUTADO PRESIDENTE
SERGIO GARZA CASTILLO.
(RÚBRICA)
DIPUTADA SECRETARIA DIPUTADA SECRETARIA
MARTHA HORTENSIA GARAY CADENA CLAUDIA ELISA MORALES SALAZAR
(RÚBRICA) (RÚBRICA)
IMPRÍMASE, COMUNÍQUESE Y OBSÉRVESE
Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 29 de diciembre de 2017
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
MIGUEL ÁNGEL RIQUELME SOLÍS
(RÚBRICA)
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
JOSÉ MARÍA FRAUSTRO SILLER
(RÚBRICA)

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