Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes del 01 de Enero de 2018 (Tercera Sección)

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Í N D I C E :
Página 102
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
TERCERA SECCIÓN
TOMO LXXXI Aguascalientes, Ags., 1° de Enero de 2018 Núm. 1
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Francisco Javier Luévano Núñez, Secretario General de Gobierno.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Enero 1° de 2018
(Tercera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Ciudadano Maestro en Valuación Arquitecto Noel Mata Atilano, Presidente Municipal Constitucional de Jesús
María, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115 fracción III de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; artículo 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I
y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes y, las demás propias a su
cargo; se hace saber a los habitantes del municipio de Jesús María que el Honorable Ayuntamiento tuvo a bien
aprobar en sesión extraordinaria de Cabildo celebrada el día 20 de diciembre de 2017, la “Modicación al
Presupuesto de Egresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2017”;
de lo cual se le da publicidad en los términos siguientes:
Asunto: Modicación al Presupuesto de Egresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, para el
Ejercicio Fiscal 2017
Jesús María, Ags., a 1 de septiembre de 2017
HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE JES ÚS MARÍA,
P R E S E N T E.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones II y IV de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 66, 68 y 70 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, 91 fracción I de la
Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, así como el artículo 22 del Código Municipal de Jesús María,
se tiene a bien someter a la recta consideración de esta Soberanía Municipal, propuesta de Modicación al
Presupuesto de Egresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2017,
de conformidad a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con fundamento en los artículos 103 fracción XVII del Código Municipal de Jesús María, Aguascalientes;
Capítulo III de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguasca-
lientes, el Ayuntamiento del municipio presentó ante el H. Congreso del Estado del Estado de Aguascalientes;
la iniciativa de la Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes; para el Ejercicio Fiscal 2017.
Con fundamento en el artículo 115 fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, con fecha de 31 de diciembre de 2016, el H. Congreso del Estado de Aguascalientes,
aprobó la Ley de Ingresos del Municipio de Municipio de Jesús María, Aguascalientes; para el ejercicio scal
2017, la cual fue publicada en el Periódico Ocial del Estado de Aguascalientes, el día 31 de diciembre de
2016, y modicado en reunión Extraordinaria de Cabildo el pasado 03 de Febrero de 2017, y publicado en el
Periódico Ocial del Estado de Aguascalientes, el día 13 de Febrero de 2017.
La Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, para el ejercicio scal 2017, incluye el presu-
puesto de ingresos para dicho ejercicio scal por un total de $380´833,858.00 (Trescientos ochenta millones
ochocientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta y ocho pesos 00/100 M.N.), el cual se codicó con
base en el Clasicador por Rubro de Ingresos emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
Que el presente presupuesto de egresos municipal para el ejercicio scal 2017, guarda equilibrio presupues-
tario con los ingresos estimados en la Ley de Ingresos del mismo año, de conformidad con lo establecido en
los artículos 115 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 38 de la Ley de
Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes.
Que en caso de que la recaudación de los ingresos municipales sea inferior a los ingresos estimados en la Ley
de Ingresos, el décit presupuestario resultante por ningún motivo afectará los programas municipales priori-
tarios, y que en todo caso se subsanará con otra fuente de ingresos o con la disminución del gasto corriente.
Ahora bien resulta importante resaltar que el Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C., evaluará tanto
el Presupuesto de Egresos Municipal, la Ley de Ingresos Municipal y los formatos ciudadanos de ambos, co-
rrespondientes al ejercicio scal 2017, bajo la metodología del Índice de Información Presupuestal Municipal
(IIPM) 2017.
El IIPM tiene como propósito mejorar la calidad de información de los presupuestos, con el n de impulsar la
lucha contra la opacidad en el manejo del dinero público. Además, a través del cumplimiento de los criterios
para desglosar la información y uso de clasicaciones homologadas, es posible un uso de lenguaje que permita
presentar una versión ciudadana de los presupuestos de una manera más efectiva.
La transparencia presupuestal se debe entender como el quehacer del funcionario público para hacer saber
a la ciudadanía a través de las instancias correspondientes, cuánto, cómo y en qué se va a gastar el dinero
público, y se debe entender como una acción fundamental para generar conanza entre la sociedad civil, las
empresas y el gobierno.
De igual forma es importante considerar lo establecido en el artículo 11 fracción I de la Ley de Presupuesto,
Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, respecto que
GOBIERNO DEL ESTADO
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para la programación del gasto público municipal se tomará como referencia “los programas que se derivan
del Plan de Estatal de Desarrollo y, en su caso, de las directrices que el Ayuntamiento expida” para es
preciso señalar e identicar la siguiente correlación:
Correspondencia entre ejes y políticas transversales del PMD 2017-9, ejes de PDE 2016-22 y metas de
PND 2013-8
Ejes del PMD 2017-9 Políticas Transversa-
les PMD 2017-9
Ejes del PDE 2016-
22 Metas del PND 2013-8
Jesús María Seguro
Respeto irrestricto
a la dignidad de la
persona humana y
sus derechos
Perspectiva de equi-
dad de género.
Aguascalientes de-
recho, seguro y libre México en paz
Jesús María Próspero
Aguascalientes edu-
cado, integrado y
equitativo
Aguascalientes com-
petitivo, diversicado
y próspero
Aguascalientes lim-
pio, sostenible y res-
ponsable
México próspero
México con responsabilidad global
México Próspero
Jesús María Transpa-
rente
Respeto irrestricto
a la dignidad de la
persona humana y
sus derechos.
Aguascalientes com-
petitivo, diversicado
y próspero
Jesús María Incluyente
Respeto irrestricto
a la dignidad de la
persona humana y
sus derechos
Perspectiva de equi-
dad de género
Aguascalientes edu-
cado, integrado y
equitativo
México incluyente
México con Educación de Calidad
Por lo anterior y con el n de cumplir con las obligaciones vinculadas al ejercicio del gasto público y de alinear
las acciones de gobierno a lo establecido en el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2019, se expide el presente
presupuesto de egresos municipal del ejercicio scal 2017, cuyo objetivo primordial es integrar la información
presupuestal con base en lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y especicar de
forma clara las regulaciones del ejercicio presupuestario que se encuentran contenidas en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, el Código
Municipal de Jesús María, Aguascalientes; la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacen-
daria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Estado Aguascalientes y sus Municipios; la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y demás
legislación aplicable.
MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA,
AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE MUNICIPIO
DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1°.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información presupuestal con base en
lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y especicar de forma clara las regulaciones
del ejercicio presupuestario que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la Constitución Política del Estado Aguascalientes, el Código Municipal de Jesús María, Aguasca-

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