Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 23 de Diciembre de 2017

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No.- 8550 T
ACUERDO cam b ia co n tig o
L.C.P. y M.A.P Luciría Tamayo Barrios, Secretaria de Contraloría, en ejercicio de las
facultades que me confieren los artículos 12 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Tabasco y 7 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
relacionados con las mismas del Estado de Tabasco; y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que mediante Decreto 007 publicado en el suplemento del Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco número 6426 de fecha 07 de abril de 2004,
se expidió la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del
Estado de Tabasco, la cual contempla la creación del Padrón de Contratistas del
Estado de Tabasco que busca un efectivo control que permita, por especialidad,
conocer las Capacidades y Recursos Técnicos Económicos y Financieros de las
empresas y particulares dedicados a la Obra Pública,
SEGUNDO.- Que dentro de las reformas a la Ley de Obras Publicas y Servicios
Relacionados con las Mismas del Estado de Tabasco contenidas en el Decreto 062
publicado en el suplemento C del periódico Oficial del Gobierno del Estado número
7439 de fecha 21 de diciembre de 2013, se adecuó la denominación del Padrón de
Contratistas, para llamarse Registro Único de Contratistas.'
TERCERO.- Que mediante Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco
Número 6451 Suplemento B, de fecha 3 de julio de 2004, se publicó el reglamento de
la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de
Tabasco,
CUARTO.- Que en estricto cumplimiento al artículo 7 y. 10 último párrafo de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Tabasco y 228
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Estado deTabotco
2PERIODICO OFICIAL 23 DE DICIEMBR E DE 2017
del Reglamento de la Ley en cita, corresponde a la Secretaría de Contralorfa
implementar, integrar y operar el Registro Único de Contratistas del Estado de
Tabasco, a fin de que se regule de manera más precisa la aplicación de dichos
instrumentos.
QUINTO.- A efecto de regular los procedimientos para la inscripción, revalidación,
aumento de capital o especialidades y modificación en el Registro Único de
Contratistas del Estado de Tabasco, se expide el presente:
ACUERDO QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS DEL REGISTRO ÚNICO DE
CONTRATISTAS DEL ESTADO DE TABASCO
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los
procedimientos, requisitos de ingreso, uso, control y organización del Registro Único de
Contratistas del Estado de Tabasco, con base en lo dispuesto por los artículos 7 y 10
último párrafo de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas
del Estado de Tabasco y título séptimo del Reglamento de la citada Ley.
Para efectos de los presentes Lineamientos, además de las definiciones establecidas
en los artículos 2 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas
del Estado de Tabasco y 1 de su Reglamento, se entenderá por:
I. Cédula: Documento emitido en los procesos de inscripción, revalidación,
aumento de capital o especialidades y modificación en el Registro Único de
Contratistas del Estado de Tabasco;
II. Contraloría: La Secretaría de Contralorfa del Gobierno del Estado de Tabasco;
III. Ley Anticorrupcíón: Ley General del Sistema Nacional Antieorrupción;
IV. Ley de Responsabilidades: Ley General de Responsabilidades Administrativas;,
V. Ley de Transparencia: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Estado de Tabasco;
VI. Ley: La Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del
Estado de Tabasco;
VII. Lineamientos: Los presentes Lineamientos del Registro Único Contratistas del
Estado de Tabasco;
VIII. Manual de Normas: Manual de Normas Presupuestarias para la Administración
Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco;
IX. Personas: Personas Físicas o Jurídicas Colectivas;
X. Registro: Base de datos de Personas inscritas en el Registro Único de
Contratistas del Estado de Tabasco;
XI. Reglamento: El Reglamento de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas del Estado de Tabasco;
XII. Secretaría: La Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobiehio del Estado de
Tabasco; y
XIII. Unidad: La Unidad Administrativa de Registro Único de Contratista encargada de
revisar y analizar la documentación presentada por las Personas;

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