Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 13 de Diciembre de 2017 (2A)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 13 de diciembre de 2017
6a. época
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SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
ORGANISMOS
INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS
ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
(IMPEPAC)
Acuerdo IMPEPAC/CEE/053/2017, del Consejo Estatal
Electoral, mediante el cual se emite resolución para
determinar si los partidos políticos locales acreditados
ante este órgano comicial, cuentan con el número
mínimo de afiliados para conservar su registro.
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Página 2 SEGUNDA SECCIÓN 13 de diciembre de 2017
ACUERDO IMPEPAC/CEE/053/2017, DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE
EMITE RESOLUCIÓN PARA DETERMINAR SI LOS PARTIDOS POLÍTICOS LOCALES ACREDITADOS ANTE
ESTE ÓRGANO COMICIAL, CUENTAN CON EL NÚMERO MÍNIMO DE AFILIADOS PARA CONSERVAR SU
REGISTRO; Y ANTECEDENTES
1. Con fecha once de septiembre del año dos mil nueve, el Consejo Estatal Electoral del otrora Instituto Estatal
Electoral, mediante el cual el Partido Socialdemócrata, mantuvo su registro al haber obtenido el porcentaje previsto
por el artículo 35 del entonces vigente Código Electoral del Estado Libre y Soberano de Morelos; cumpliendo con el
citado requerimiento mediante escrito de fecha 26 de septiembre de 2009, por lo que obtuvo su registro como partido
político estatal presentado a este órgano comicial sus Documentos Básicos consistentes en: Declaración de
Principios, Programa de Acción, Estatutos e integración de sus órganos de dirección.
2. El cuatro de diciembre de dos mil quince, el Consejo Estatal Electoral aprobó el acuerdo
IMPEPAC/CEE/324/2015, por el que se aprueba la solicitud de registro como partido político local del Partido
Humanista de Morelos.
3. Con fecha catorce de diciembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral,
aprobó el acuerdo INE/CG851/2016, mediante el cual se emiten Lineamientos para la verificación de los padrones de
afiliados de los Partidos Políticos Locales para la conservación de su registro y su publicidad, así como criterios
generales para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales
en posesión de los sujetos obligados.
4. Derivado de lo anterior, en fecha veintitrés de diciembre del año inmediato anterior, mediante circular número
INE/UTVOPL/408/2016, la Unidad Técnica de Vinculación con Los Organismos Públicos Locales del Instituto
Nacional Electoral, hizo del conocimiento de este órgano comicial, los “Lineamientos para la verificación de los
padrones de afiliados de los partidos políticos locales para la conservación de su registro y su publicidad, así como
criterios generales para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos
personales en posesión de los sujetos obligados”.
Los anteriores Lineamientos le fueron notificados a los Partidos Políticos con registro Local, el diecisiete de
enero del actual, a través del oficio IMPEPAC/PRES/014/2017, como lo son los institutos políticos Socialdemócrata
de Morelos y Humanista de Morelos, respectivamente.
De lo anterior, es dable señalarse que el Partido Socialdemócrata de Morelos, interpuso recurso de apelación
ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en contra del acuerdo
INE/CG851/2016, dictado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el cual fue resuelto por dicho órgano
jurisdiccional, el quince de febrero de la presente anualidad, en los términos que a continuación se precisan:
[…]
SEGUNDO. Se confirman el acuerdo y los lineamientos objeto de la presente resolución.
[…]
5. Ahora bien, el dieciocho de enero del actual, la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos
Locales, hizo del conocimiento de este órgano comicial, la circular INE/UTVOPL/004/2017, mediante la cual informó
la fecha en que se impartiría el curso de capacitación respecto del proceso de verificación de los padrones de
afiliados de los Partidos Políticos Locales; asimismo, solicitó se proporcionaran los nombre y correos electrónicos de
las personas que tendrían acceso al referido sistema, lo anterior para estar en condiciones de generar las cuentas de
acceso al mismo.
En consecuencia, en la fecha referida en el párrafo que antecede, se giró oficio IMPEPAC/SE/026/2017, a los
partidos políticos locales, para el efecto de que proporcionaran el nombre y correo electrónico de los ciudadanos que
contarían con facultades para acceder al Sistema de verificación de los padrones de afiliados de los Partidos Políticos
Locales.
6. Los días dieciocho, diecinueve y veinte de enero de la presente anualidad, los Partidos Políticos Humanista
de Morelos y Socialdemócrata de Morelos, respectivamente presentaron escritos a través de los cuales informaron el
nombre de las personas podrían acceder al multicitado sistema.
7. Por su parte, con fechas diecinueve, veinte y veintitrés de enero del actual, mediante oficios identificados con
los números IMPEPAC/PRES/024/2017, IMPEPAC/SE/032/2017 e IMPEPAC/SE/042/2017, se informó a la Unidad
Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, los datos de los funcionarios electorales de esta
autoridad administrativa electoral local, y de los partidos políticos locales, que podrían acceder al multicitado Sistema.
8. Con fecha veinticuatro de enero del año en curso, por instrucciones del Secretario Ejecutivo, personal de la
Dirección Ejecutiva de Organización y Partidos Políticos, acudió a la capacitación respecto del proceso de verificación
de los padrones de afiliados de los partidos políticos locales, para la conservación de su registro y el uso del Sistema,
la cual fue impartida por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, en
atención a lo expuesto en la circular INE/UTVOPL/004/2017.
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9. El veinticuatro de enero de la presente anualidad, mediante oficio IMPEPAC/PRES/027/2017, se solicitó a la
Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, que notificará el número de ciudadanos
equivalente al 0.26% del padrón electoral que en el Estado de Morelos, que se hubiera utilizado en la elección local
ordinaria que se celebró el 7 de junio de 2015.
10. Con fecha veintiséis de enero del año en curso, se giró el oficio IMPEPAC/SE/053/2017, mediante el cual
se convocó a los Partidos Políticos Socialdemócrata de Morelos y Humanista de Morelos, a la plática informativa -
capacitación-, que se brindó respecto al proceso de verificación de los Padrones de Afiliados de los Partidos Políticos
para la conservación de registro y el uso del Sistema informático correspondiente, en atención a lo dispuesto por el
Lineamiento Séptimo, numeral 1, inciso b) de los “Lineamientos para la verificación de los padrones de afiliados de
los partidos políticos locales para la conservación de su registro y su publicidad, así como criterios generales para el
ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales en posesión de los
sujetos obligados”.
11. Por su parte, el treinta de enero de la presente anualidad, la Dirección Ejecutiva de Organización y Partidos
Políticos, con base en la información recibida por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del
Instituto Nacional Electoral, impartió la plática informativa -capacitación- a los Partidos Políticos Locales con registro
ante este órgano comicial, a la que asistieron los funcionarios partidistas que se registraron.
12. Ahora bien, el treinta de enero del año que transcurre, con base en la información otorgada vía correo
electrónico por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a este
órgano comicial, y que posteriormente fue ratificada mediante oficio recibido en fecha dos de febrero del año en
curso, se hizo del conocimiento la cifra correspondiente al 0.26 por ciento del padrón electoral de la entidad utilizado
en la elección 2015, y que equivaldría al número de afiliados con el que deberían contar los Partidos Políticos con
registro Local, para la conservación de su registro.
Lo anterior, se hizo del conocimiento a los Partidos Políticos Locales Socialdemócrata de Morelos y Humanista
de Morelos, mediante oficios IMPEPAC/SE/067/2017 e IMPEPAC/SE/068/2017, respectivamente; ello en los términos
que a continuación se precisan:
Entidad
Padrón electoral utilizado en elección 2015
Morelos
1,439,775
(Lineamiento Séptimo numeral 1, inciso h)
13. Con fecha treinta y uno de enero del actual, se entregó a los Partidos Políticos Socialdemócrata de Morelos
y Humanista de Morelos, mediante oficios IMPEPAC/SE/073/2017 e IMPEPAC/SE/074/2017, respectivamente, las
claves y contraseñas generadas por la Unidad Técnica de Servicios de Informática del Instituto Nacional Electoral y
proporcionadas por la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismo Públicos Locales para el uso del Sistema.
14. Ahora bien, del primero de febrero al treinta y uno de marzo del año en curso1, los Partidos Políticos con
registro Local, capturaron los datos de sus afiliados, con base en el que se realizaría la verificación del número
mínimo de sus afiliados para conservar su registro como partido político local.
15. El veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete, mediante oficios IMPEPAC/SE/0163/2017 e
IMPEPAC/SE/0164/2017, este órgano comicial, hizo un recordatorio a los Partidos Políticos Locales, respecto del
vencimiento del plazo para la captura y/o actualización de los datos de sus afiliados en el Sistema, solicitándoles
informar por escrito la conclusión de dicha captura a fin de atender la circular INE/UTVOPL/0104/2017.
16. Por su parte, el tres de abril del año que transcurre, mediante oficio IMPEPAC/PRES/144/2017, se informó
a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, sobre la conclusión y registro de afiliación
que informó el Partido Humanista de Morelos.
17. En fecha quince de mayo de la presente anualidad, se recibió circular INE/UTVOPL/197/2017, mediante la
cual se informó que las Direcciones Ejecutivas del Registro Federal de Electores y de Prerrogativas y Partidos
Políticos ambas del Instituto Nacional Electoral, habían concluido la compulsa del padrón de afiliados capturadas por
los Partidos Políticos con registro Local.
18. En consecuencia, el veintidós de mayo del actual, mediante oficios IMPEPAC/SE/0308/2017 e
IMPEPAC/SE/0309/2017, se notificó al Partido Socialdemócrata de Morelos y al Partido Humanista de Morelos,
respectivamente, el resultado de las compulsas realizadas a los registros de sus afiliados que se encontraron en el
Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos y que realizó la Dirección Ejecutiva del
Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral.
De lo anterior, es dable precisar que los Partidos Políticos Locales Socialdemócrata de Morelos y Humanista de
Morelos, respectivamente no realizaron manifestación alguna respecto del el resultado de las compulsas realizadas a
los registros de sus afiliados que se encontraron en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos
Políticos, lo que se informó al Instituto Nacional Electoral a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los
Organismos Públicos Locales, mediante oficio IMPEPAC/PRES/0273/2017.
1 Durante el plazo otorgado a los Partidos Políticos con registro Local

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