Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 15 de Noviembre de 2017

PERIODICO
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17 de ago sto de 192 6 DGC Núm. 0010826 Caracterí sticas 112 82816
Epoca 6a. Villahermosa, Tabasco 15 DE NOVIEMBRE DE 2017 7848
No .-8321
ACUERDO
HONORAB LE CONGRESO DEL ESTADO DE TABASCO
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZ ACIÓN DEL ESTADO DE TABASCO
Dr. José del Carmen López Carrera, Fiscal Su perior del Estado de Tabasco, con f undamento
en los artículos 116 fracción II, sexto párrafo, de la Constit ución Política de los Estados
Unidos Mexic anos; 40 prim er párrafo de la Constitu ción Política del Estado Libre y
Soberano de Tabasco, 75 y 81 fracción I de la Ley de Fiscalización S uperior del Estado de
Tabasco en v igor; 4, 9 y 10 fracción V del Reglamento In terior del Órg ano Sup erior de
Fiscalización del Estado, y :
CONSIDERANDO
Prime ro.- Que c onforme al artículo 40 prim er párrafo de la Constituc ión Política del Estado
Libre y Soberano de Tabasco, el Órgano S uperior de Fiscalización de! Estado dep ende del H.
Congreso Estatal, y cuenta con a utonomía técnica y de gestión en el ejercic io de sus
atribuciones y para decidir sobre su organización interna, fu ncionam iento y resolucio nes.
Segu ndo.- Que el arábigo 91 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tabasco
dispone que los servidores públicos del Órgano Superior de Fiscalización del Estado se
clasifican en trabajadores de confianza y de base, y que se regirán por el A partado B del
artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su correla tivo de
la Constitución Política del Estado Libre y Sobe rano de Tabasco, así como por la Ley de los
Trabaj adores al Servicio de Estado de Tabasco.
Terce ro.- Que el n umeral 34 de la Ley de los Trabajadores ai Servicio del Estado establece
que el traba jador con més de seis meses consecutivos de servicios, disfrutará de dos
períod os anuales de vacaciones de 10 días hábiles cada uno, en las fechas que fijen las
Entidades Públicas.
15 DE NOVIEMBRE DE 2017
Cua rto,- Que ei artículo 32 de la ¡_ey de Sos Trabajadores ai Servicio deí Estado señala que
se considerarán como días de descenso obligator io, con goc e de salario, el 1 de enero, 5 de
febr ero, 27 de febre ro, 21 de marzo, 1 de mayo, 5 de mayo, 16 de septie mbre, 1 de
noviembre, 20 de noviembre , 1 de diciembre de cada seis años, cuando corres ponda a la
transm isión del Poder Ejecutivo Federal y 25 de Diciembre.
Qu into .- Que para el cómputo de plazos fijados en días no se c ontarán ios sábados, los
doming os y ios días señalados en el punto anterior, especificando que en con memoración
al 5 de fe brero, 21 de marzo y 20 de noviembre, se con siderarán inhábiles,
respec tivamente, e! p rimer lunes de f ebrero, tercer lunes de marzo y terc er lunes de
novie mbre; tamp oco se considerarán los días que tengan vacaciones genera les las
autoridades fiscales estatales, ello al amparo de lo preceptuado en el numeral 15 párrafos
primero y segund o dei Código Fiscal del Estado de Tabasco, de aplicación supletoria
conforme a !o señalado en el artículo 7 de la Ley de Fiscalización Sup erior del Estado de
Tabasco.
Sex to.- Que en ejercicio de la autono mía para decidir sobre el funcio namiento de este
Órgano Té cnico, respetando ios derechos laborales de los trabajadores de esta institución,
y en aras de brindar certidumb re a ios servidores públicos de las entidades fiscalizadas, así
como a los particulares, respecto a los días inhábiles para efectos de piazos, términos o
actuaciones ad ministrativas y legales, he tenido a bien em itir el siguiente:
ACUERDO
Por el que se establece la suspensión de labores po r días inhábiles del Órgano Superior De
Fiscalización de! Estado, co rrespondiente al ejercicio fiscal 2018, al t enor de lo siguiente:
Prim ero: Se considerarán días inhábiles para todos los efectos administr ativos y legales,
durante los cuales no correrán plazos ni términ os, los siguientes:
a) Los sábados;
b) Los domingos;
c) El 01 de en ero 2018;
d) El 5 de febrero de 2018;
e) El 27 de febre ro de 2018;
f) El 19 de marzo de 2018 (en conmemoració n dei 21 de marzo);
g) El 29 y 30 de marzo de 2018;
h) El 01 de mayo;
i) Del 16 al 27 de julio de 2018, primer período vacacional;
j) El 1 y 2 de noviembre 2018;
k) Ei 19 de noviembre de 2018; (en conmemoración de! 20 de no viembre);
l) Del 17 al 31 de diciembre de 2018, segundo período vacacional; y
rn) El 25 de diciembre
Segund o: Se consideran como horas hábiles para la recepción de documentos, las
compre ndidas entre las 9:00 y 16:00 horas de días hábiles.-
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Terc ero: Pubüquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial, Órgano de Difusión del
Gobie rno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tabasco, así com o en el Portal de
Transparen cia de este Órgaro Super ior de Fiscalización.
Cua rto.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado.

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