Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 22 de Noviembre de 2017 (2A)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 22 de noviembre de 2017
6a. época
5551
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO DOS MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO.- Por el que se abroga el
Decreto Número Dos Mil Seiscientos Ochenta y
Ocho por el que designa al Maestro en Derecho
Guillermo Arroyo Cruz, como Magistrado
Propietario del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Estado de Morelos, por un
período de seis años.
………………………………Pág. 2
DECRETO NÚMERO DOS MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS.- Por el que se resuelve el
procedimiento de evaluación del Maestra en
Derecho Guillermina Jiménez Serafín, para ser
designado Magistrada Numeraria del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 4
Acuerdo Parlamentario por el que se designa
como Secretaria de Servicios Legislativos y
Parlamentarios del Congreso del Estado de
Morelos a la M. en D. Arely Rocío Lagunas López.
………………………………Pág. 30
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABALE
Reporte del 3er. Trimestre del Ejercicio Fiscal
2017, de los recursos federales transferidos al
Estado: Formato Único- Nivel Financiero.
………………………………Pág. 32
Reporte del 3er. Trimestre del Ejercicio Fiscal
2017, de los recursos federales transferidos al
Estado: Formato Único- Gestión de Proyectos.
………………………………Pág. 40
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Informe del Portal Aplicativo de Hacienda y Crédito
Público, Sistema Formato Único/ Subsistema Nivel
Financiero, correspondiente al Tercer Trimestre
2017.
………………………………Pág. 41
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
Resultados de los acreedores al Reconocimiento
al Mérito Estatal de Investigación 2017.
………………………………Pág. 43
ORGANISMOS
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL
ESTADO DE MORELOS (CDH MORELOS)
Acuerdo por el cual el Consejo Consultivo de la
Comisión de Derechos Humanos del Estado de
Morelos, instituye el Premio Estatal de Derechos
Humanos “Lic. Carlos Celis Salazar.
………………………………Pág. 44
Acuerdo por el cual el Consejo Consultivo de la
Comisión de Derechos Humanos del Estado de
Morelos, aprueba el Reglamento del Premio
Estatal de Derechos Humanos “Lic. Carlos Celis
Salazar.
………………………………Pág. 44
OFICINA DE LA GUBERNATURA
UNIDOS POR MORELOS
Nombramiento del C. Emmanuel Alexis Ayala
Gutiérrez como: Coordinador Operativo del
Órgano Desconcentrado denominado “Unidos por
Morelos”.
………………………………Pág. 47
Página 2 SEGUNDA SECCIÓN 22 de noviembre de 2017
SECRETARÍA DE GOBIERNO
SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE
MORELOS (SIPINNA).
Lineamientos para la Integración, Organización y
Funcionamiento de las Comisiones del Sistema de
Protección Integral de Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 48
Manual de Organización y Operación del Sistema
de Protección Integral de Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 55
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
INSTITUTO MORELENSE PARA EL
FINANCIAMIENTO DEL SECTOR PRODUCTIVO
(IMOFI).
Estatuto Orgánico del Fondo Morelos.
………………………………Pág. 63
PODER JUDICIAL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER
JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS
Acuerdo General del Pleno del Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial del Estado de
Morelos, que establece los Lineamientos
Generales del concurso abierto de oposición para
acceder al cargo de Juez de Primera Instancia o
Menor, Mixtos del Tribunal Superior de Justicia del
Estado de Morelos. ………………………………Pág. 75
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
MORELOS (TEEM)
Acta de la Septuagésima Octava Sesión Privada,
que celebra el Pleno del Tribunal Electoral del
Estado de Morelos, de fecha dos de noviembre de
dos mil diecisiete. ………………………………Pág. 87
Lineamientos de Percepciones de los Servidores
Públicos del Tribunal Electoral del Estado de
Morelos. ………………………………Pág. 89
Acta de la Octogésima Sesión Privada, que
celebra el Pleno del Tribunal Electoral del Estado
de Morelos, de fecha seis de noviembre de dos mil
diecisiete. ………………………………Pág. 93
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE AYALA
Acuerdo por el cual se aprueba se instituya el día
17 de noviembre, para realizar la conmemoración
del Aniversario Luctuoso del Gral. Brigadier
Constancio Farfán Campos.
………………………………Pág. 94
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL COATLÁN
DEL RÍO
Reglamento del Servicio Profesional de Carrera
Policial del municipio de Coatlán del o, Morelos.
………………………………Pág. 95
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
YAUTEPEC
Licitación Pública Nacional de carácter presencial
No. YAUT/29/ZU-0503/LP-001/2017, referente a la
Rehabilitación de la Plaza Cívica de Yautepec y
Habilitación del Museo del Chinelo.
………………………………Pág. 123
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- El artículo 40, fracción XXXVII, de
Morelos, dispone que es facultad del Congreso del
Estado designar a los Magistrados del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo de la Entidad.
SEGUNDO.- En concordancia con esta
disposición y lo establecido en el artículo 109 bis de la
Constitución Local, dispone que los Magistrados
deberán reunir los mismos requisitos que para ser
Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del
Estado, debiendo además contar con experiencia en
materia administrativa y fiscal plenamente acreditada y
serán designados por el Pleno del Poder Legislativo a
propuesta del órgano político del Congreso, el cual
emitirá la convocatoria pública conforme a lo
Congreso del Estado.
TERCERO.- Mediante Decreto número MIL
SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE., publicado en
el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 4969,
de fecha 25 de abril de 2012, se resolvió el
procedimiento de evaluación de los Ciudadanos Martín
Jasso Díaz, Orlando Aguilar Lozano y Jorge Alberto
Estrada Cuevas, Magistrados Numerarios del Tribunal
de lo Contencioso Administrativo del Estado de
Morelos y en su artículo segundo se designó al
Ciudadano ORLANDO AGUILAR LOZANO, en el
cargo de Magistrado del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Estado de Morelos, para un período
más de ocho años.
CUARTO.- Es el caso que el Magistrado
Orlando Aguilar Lozano cumplió con la edad de
sesenta y cinco años de edad señalado en el artículo
89 de la Constitución Política del de (SIC) Morelos,
produciéndose su retiro forzoso.
QUINTO.- Es el caso que la Junta Política y de
Gobierno de la Quincuagésima Segunda Legislatura,
en sesión de trabajo celebrada el día veinte de octubre
de dos mil catorce, aprobó el acuerdo mediante el cual
se aprueba la emisión de la convocatoria para
designación de un magistrado del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo, hoy Tribunal de Justicia
Administrativa misma que se publicó el día veintitrés
del mismo mes y año, en la Gaceta Legislativa y en su
consideración tercera dicha convocatoria señala
expresamente lo siguiente:
22 de noviembre de 2017 SEGUNDA SECCIÓN Página 3
Tercera.- Que la Designación del Magistrado del
Tribunal de lo Contencioso Administrativo por única
ocasión será designado como Magistrado en los
términos del Artículo 9 de la Ley de Justicia
comprendido en el decreto número mil setecientos
cincuenta y nueve, publicado el veinticuatro de abril
del 2012 y vence el día 17 de mayo del 2020.
SEXTO.- De la lectura de la consideración
tercera anteriormente transcrita, y del artículo 9 de la
vigente al momento de emitir la convocatoria. se
aprecia con meridiana claridad que la designación de
Magistrado sería como suplente para cubrir el período
para el que fue designado el Magistrado Orlando
Aguilar Lozano, teniendo como fecha límite del
nombramiento el 17 de mayo de 2020.
SÉPTIMO.- En el Decreto número dos mil
setecientos cincuenta y ocho, por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Morelos, en materia de transparencia y tomando como
base los supuestos que dieron origen a la reforma
constitucional en materia del Sistema Nacional
Anticorrupción, en cuanto a que la política de
prevención debe ser prioritaria, y ante la necesidad de
acompañarse de una política de sanción; se
transformó
el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en el Tribunal
de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, con el
objeto de lograr un esquema jurisdiccional de justicia
administrativa, y en ese sentido, realizaron las
modificaciones, tanto orgánicas como competenciales,
para fortalecer al citado Tribunal, en correlación con el
nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, y se señaló
que dicho Tribunal sería integrado por cinco
Magistrados propietarios.
OCTAVO.- Es el caso que contrario a lo
señalado en las consideraciones de la convocatoria
para designación de un magistrado del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo y en contravención a lo
señalado por la reforma a la Constitución Federal y del
Estado en materia de anticorrupción, mediante
NÚMERO DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y
OCHO se designó al Maestro en Derecho Guillermo
Arroyo Cruz, como Magistrado Propietario del Tribunal
de lo Contencioso Administrativo del Estado de
Morelos, por un período de seis años.
NOVENO.- Es de resaltar que en el artículo
segundo del decreto del decreto número dos mil
seiscientos ochenta y ocho, por el que se designó al
Maestro en Derecho Guillermo Arroyo Cruz, como
Magistrado Propietario del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Estado de Morelos, se señaló que
período de seis años del cargo conferido, empezaría a
contarse a partir de que le sea tomada la protesta de
Ley, atendiendo a que a la fecha se encuentra
pendiente de resolverse el Juicio de amparo indirecto
1682/2017, del Juzgado Octavo de Distrito en el
Estado de Morelos, interpuesto por el Magistrado
actualmente en funciones Orlando Aguilar Lozano,
situación que hasta la fecha no ha acontecido.
De lo antes expuesto se colige que existe
contravención con la convocatoria emitida para
nombrar a un Magistrado del entonces Tribunal de lo
Contencioso Administrativo con la designación
realizada a favor del Maestro en Derecho Guillermo
Arroyo Cruz, ya que esta debió realizarse únicamente
por el tiempo para el cual fue nombrado el Magistrado
Orlando Aguilar Lozano, y tener como fecha de
culminación el día 17 de mayo del 2020 que es
cuando fenecía el nombramiento del Magistrado
Orlando Aguilar Lozano, aunado a que como se ha
venido diciendo, este fue nombrado como Magistrado
del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y este
mediante reforma constitucional ha dejado de existir
para convertirse en el Tribunal de Justicia
Administrativa, en cumplimiento a la reforma federal
en materia de anticorrupción, y la integración del
Tribunal debe darse en estricto cumplimiento a dicha
reforma.
En razón de todo lo expuesto, y con fundamento
en los artículos 89, párrafo tercero de la Constitución
fracción III, incisos a) y g), de la Ley Orgánica para el
Congreso del Estado de Morelos, los que integramos
esta Junta Política y de Gobierno del Congreso del
Estado de Morelos, de manera unánime, acordamos
someter a la consideración de la Asamblea General de
este Poder Legislativo el presente dictamen en los
términos siguientes:
Por lo anteriormente expuesto, esta LIII
Legislatura ha tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO NÚMERO DOS MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO
POR EL QUE SE ABROGA EL DECRETO
NÚMERO DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y
OCHO POR EL QUE DESIGNA AL MAESTRO EN
DERECHO GUILLERMO ARROYO CRUZ, COMO
MAGISTRADO PROPIETARIO DEL TRIBUNAL DE
LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL
ESTADO DE MORELOS, POR UN PERÍODO DE
SEIS AÑOS.
ARTÍCULO ÚNICO: Se abroga el Decreto
número Dos Mil Seiscientos Ochenta y Ocho por el
que designa al Maestro en Derecho Guillermo Arroyo
Cruz, como Magistrado Propietario del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo del Estado de Morelos, por
un período de seis años.
TRANSITORIOS
Artículo Primero.- Remítase el presente Decreto
al Gobernador Constitucional del Estado para los
efectos previstos en el artículo 70, fracción XVII, inciso
Artículo Segundo. - El presente Decreto entrará
en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial
“Tierra y Libertad”, órgano oficial de difusión del
Gobierno del Estado.

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