Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 17 de Noviembre de 2017 - Parte 1

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 17 de noviembre de 2017
6a. época
5550
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
CONSEJERÍA JURÍDICA
Acuerdo dictado el citado 15 de noviembre de 2017, por el M.
en D. José Anuar González Cianci Pérez, Consejero Jurídico,
así como el oficio presentatorio del Juicio Electoral promovido
por el Doctor en Ciencias Políticas y Sociales Francisco
Hurtado Delgado, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral
del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 2
ORGANISMOS
SECRETARÍA DE SALUD
SERVICIOS DE SALUD DE MORELOS
Convenio Específico en materia de Ministración de Subsidios
para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las
entidades federativas que celebran, por una parte, el Ejecutivo
Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y; por la otra
parte, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos.
………………………………Pág. 5
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 17 de noviembre de 2017
Al margen izquierdo un escudo del estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá a
quienes la trabajan con sus manos. Morelos. Poder
Ejecutivo. Consejería Jurídica.
En la ciudad de Cuernavaca, Morelos; a los quince
días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.------------
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La Secretaria Técnica de la Consejería Jurídica DA
CUENTA al Consejero Jurídico de las siguientes
constancias: oficio número DCCA-003558-2017 de 15 de
noviembre de 2017, signado por Mariana Ugalde Morán,
Secretaria Técnica de la Oficina de la Gubernatura del
Estado de Morelos, al que anexa diverso oficio
TEEM/MP/FHD/633-17, de 15 de noviembre de 2017,
signado por el Magistrado Presidente del Tribunal
Electoral del Estado de Morelos, Francisco Hurtado
Delgado, así como sus anexos, entre ellos, el escrito
inicial constante de cuarenta y un hojas útiles por un solo
lado de sus caras, por medio del cual dice presentar
Juicio Electoral a fin de impugnar “la omisión de d ar
contestación al derecho de petición formulado mediante
oficios números TEEM/MP/FHD/608-17 y
TEEM/MP/FHD/609-17, en el que se solicitó copia
certificada del paquete económico 2018, a fin de advertir
el presupuesto de egresos asignados a este Tribunal
Electoral del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal
electoral 2018, los cuales fueron entregados el día
veintisiete de octubre del año en curso y que hasta la
fecha no se ha recibido contestación, trastocando el
artículo 8° de la Constitución Federal, de dar respuesta
breve, además de que se tiene el conocimiento verbal
que el Gobernador y el Secretario de Hacienda, ambos
del Estado de Morelos, realizaron la disminución del
anteproyecto de presupuesto de egresos anual del año
2018, de $41,562,660.21 (Cuarenta y un millones
quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta pesos
21/100 M.N.), al momento de entregar el paquete
económico 2018, al Congreso del Estado de
Morelos.”(SIC). Así mismo, se da cuenta con la copia de
conocimiento de 27 de octubre de 2017, signada por la
Jefa de la Oficina de la Gubernatura, por medio de la cual
remite al Secretario de Hacienda, C.P. Jorge Michel
Luna, escrito signado por el Magistrado Presidente del
Tribunal Electoral del Estado de Morelos de 27 de
octubre de 2017. CONSTE.
VISTOS los oficios de cuenta, así como sus
anexos, atento a su contenido y tomando en
consideración lo dispuesto por los artículos 57, 70 y 74
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Morelos; 5, 8, 9, 10, 11, cuarto párrafo, 13, 14 y 38,
fracciones I y III, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Morelos; 4, fracciones I y VII, 5, 8,
9, 10, fracciones VIII, XX y XXIV, y 18 del Reglamento
Interior de la Consejería Jurídica; así como 1, 2, 7, 9, 17 y
18 de la Ley General del Sistema de Medios de
Impugnación en Materia Electoral, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con fundamento por lo dispuesto por el
artículo 17 de la Ley General del Sistema de Medios de
Impugnación en Materia Electoral, se instruye a la
Directora General de Asuntos Contenciosos de la
Consejería Jurídica para que informe por la vía más
expedita, a la Sala Superior del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, sobre la presentación
del Juicio Electoral promovido por el Magistrado
Presidente del Tribunal Electoral del estado de Morelos.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por
el artículo 18 de la Ley General del Sistema de Medios
de Impugnación en Materia Electoral, hágase del
conocimiento al público en general por un plazo de 72
horas mediante cédula que se fije en los estrados
respectivos o por cualquier otro procedimiento que
garantice fehacientemente la publicidad del Juicio
Electoral de referencia, por lo que se instruye a la
Directora General de Asuntos Contenciosos de esta
Consejería Jurídica para dar cumplimiento a lo anterior
y, sin perjuicio de la validez de la publicación por
estrados para el cómputo del plazo a que se refiere el
primer párrafo del artículo 18 de la Ley de la materia;
adicionalmente, se gire atento oficio al Secretario de
Gobierno para que se publique el presente acuerdo y
el of icio presentatorio en el Periódico Oficial “Tierra y
Libertad”, órgano de difusión del Gobierno del Estado
de Morelos, a fin de que se haga de conocimiento al
público que en los estrados de la Dirección General de
Asuntos Contenciosos de la Consejería Jurídica se
encuentran a disposición y consulta los documentos
presentados por el Magistrado Presidente del Tribunal
Electoral del estado de Morelos relativos al medio de
impugnación de mérito.
TERCERO. Dese vista al Secretario de
Hacienda mediante oficio sobre el presente acuerdo,
del diverso oficio presentatorio del Juicio Electoral, del
escrito inicial del citado medio de impugnación y sus
anexos, para que proporcione a esta Dependencia los
elementos necesarios para poder rendir el informe
circunstanciado previsto en el artículo 18 de la Ley
General del Sistema de Medios de Impugnación en
Materia Electoral; máxime cuando de los documentos
de cuenta se aprecia que le fue turnado para su
atención y emisión de respuesta correspondiente el
oficio número TEEM/MP/FHD/608-17 por la Oficina de
la Gubernatura del Estado.
CUARTO. Dentro de las 24 horas siguiente al
vencimiento de las 72 horas contempladas por el
artículo 18 de la Ley General del Sistema de Medios
de Impugnación en Materia Electoral, remítase a la
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación el oficio original mediante el cual se
presenta el medio de impugnación, las pruebas y la
demás documentación que se hayan acompañado al
mismo; la copia del documento en que conste el acto o
resolución impugnado y la demás documentación
relacionada y pertinente que obre en su poder; en su
caso, los escritos de los terceros interesados y
coadyuvantes, las pruebas y la demás documentación
que se haya acompañado a los mismos; el informe
circunstanciado, y cualquier otro documento que
estime necesario para la resolución del asunto.
CÚMPLASE.- Así lo acordó y firma el M. en D.
José Anuar González Cianci Pérez, Consejero Jurídico
y representante legal del Gobernador Constitucional
del Estado de Morelos, asistido por la Lic. Gabriela
Marín Sánchez, Secretaria Técnica de la Consejería
Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos,
con quien actúa. CONSTE. Rúbricas.

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