Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 13 de Septiembre de 2017

EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 0160463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo CVIII
3ra.
Época Culiacán,
Sin.,
Miércoles
13
de
Septiembre
de
2017.
No.
116
ÍNDICE
GOBIERNO FEDERAL
PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA
CORTE
DE
JUSTICIA
DE
LA
~ACIÓ:'li
Sentencia de fecha 29
de
junio de 2017, dictada por
el
Pleno
de
la
Suprema Corte de Justicia
de
la
Nación
en
la
2 - 49
PODER
EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Resumen
de
Convocatoria.- Licitación Pública Nacional No. GES 36/2017.
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Acuerdo mediante
el
cual
se
dan a conocer
las
Reglas
de
Operación del Programa «Atenci6n a
Zonas
de
Transición y Temporal»
en
apoyo a productores
de
Cacahuate
en
el
Estado
de
Sinaloa,
para
el
ejercicio Fiscal 2017. 50 -60
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
61
-78
AVISOS NOTARIALES
78 -80
RESPONSABLE: Secretarla General
de
Gobierno.
DIRECTOR:
M.C.
Christopher
Cosslo
Guerrero
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles
13
de Septiembre de 2017
GOBIERNO FEDERAL
PODER
JUDICIAL
DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE
DE
. JUSTICIA
DE
LA
NACIÓN
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE
LOS DERECHOS HUMANOS ,
_
:,
MINISTRO PONENTE: JAVIER LAYNEZ.POTIS
SECRETARIO: ALEJANDRO CRUZ RAMÍREZ
. COLABORÓ: MIGUEL ÁNGEL ANTEMATE M, NDOZAi.;
Í
/ ·~··
;.
Ciudad de México; Acuerdo del
Suprema Corte de Justicia de
la
de
la
al
.-
.··
··
.; ,: ,
..
.. _
..
'
. . . . .. .
)-
-
~:=-
..
_
1.
, PRIMERO.-
""
'·'
'"
.
..
Villanueva, e
Nacional
,.a~
inconstitu~
recibido
el
once de octubre
Raúl Plascencia
arácter de Presidente de la Comisión
erechos _Humanos, promovió acción de
li
d
en
la . que solicitó . la i los
Miircoles
13
de Septiembre de 2017 «EL ESTADO DE SINALOA» 3
invalidez:
2.
SEGUNDO.- Conceptos de invalidez.
El
promovente de esta acción de inconstitucionalidad,
formuló,
en
síntesis, los siguientes conceptos
de
Respecto del artículo
a. Considera que dicho numeral es por una parte inconstitucional,
y por otra inconvencional, toda vez que excluye
de
las
facultades del Organismo Estatal de Protección de Derechos
Humanos,
la
de conocer de actos y omisiones de naturaleza
administrativa, violatorios
de
derechos humanos, provenientes
del Poder Judicial del Estado,
lo
que va
en
contra del artículo
en
relación
con
el
1
º,
ambos
de
la
b. Que el artículo 1 ° constitucional establece
el
reconocimiento
que debe darse a las personas
el
disfrute de los derechos
• ' 1
humanos reconocidos
en
la
Constitución y
en
los ·
t:ratados
internacionales de los que
el
Estado Mexicano forma parte,
~r
~
·:
:~
,
:-'
·:
como de las garantías para
su
protección, mientras
qu{
/
~f
)
t1:
~
..
.....
,.
1 1
B,
dispone que
el
Congreso de
la
Unió~
.:;'
!~
":·
....
.,,
_;:-f'
y
la
legislaturas de las entidades federativas,
en
el
ámbito
de'-
·;;;
.:
(·
::·
;
p.
......
...
.
..
· .
sus respectivas competencias, establecerán organisrriPs para
.'::
i:
;.
-
'.
.
·
::
.:
::
...
:
;,
!~
. ·
..
: { i;
::
:.i
f:-,,
la
protección de los derechos humanos, los cuales ~
esf~~11
.:.
~;
;
::~
1
·;
_
facultados para conocer de actos u omisiones de natural~za ,
;!;~
::it,l,l.
administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor
público, con excepción de los del Poder Judicial de
la
Federación, así como de asuntos jurisdiccionales y electorales.
c.
B,
constitucional, faculta a
la
Comisión Nacional de ios Derechos t:iumanos, así como a los

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR