Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 06 de Septiembre de 2017

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 06 de septiembre de 2017
6a. época
5532
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO DOS MIL DOSCIENTOS
VEINTICINCO.- Por el que se concede pensión
por Jubilación al ciudadano José Luis López Lugo.
………………………………Pág. 3
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE
Convenio de Coordinación para la formulación del
Programa Municipal de Desarrollo Urbano
Sustentable del Municipio de Temixco, Morelos,
que suscriben por una parte el Ejecutivo del
Estado Libre y Soberano de Morelos, y por otra
parte el municipio de Temixco, Morelos.
………………………………Pág. 5
Aviso de inicio del proceso de planeación para la
formulación del Programa Estatal de
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Sustentable de Morelos.
………………………………Pág. 11
Reportes emitidos por el portal aplicativo de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las
aportaciones Federales aprobadas a la Secretaría
de Desarrollo Sustentable de los Ejercicios
Fiscales 2016- 2017.
………………………………Pág. 12
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Informe del segundo trimestre de 2017 e informe
definitivo 2016.
………………………………Pág. 29
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Convocatoria para la participación en la licitación
para contratación de obra pública.
………………………………Pág. 34
ORGANISMOS
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL
ESTADO DE MORELOS (CDH MORELOS)
Nombramiento del C. Jesús Christian Jonathan
García Díaz como: Encargado de Despacho de la
Unidad de Archivo y Correspondencia.
………………………………Pág. 36
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA (CEAGUA)
Licitación Pública Nacional resumen de
Convocatoria 014, referente a las acciones para la
construcción, rehabilitación y sustitución de la
infraestructura hídrica en Civac, Jiutepec, Morelos.
………………………………Pág. 37
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL
Acuerdo Plenario de ejecución de sentencia de
fecha diecisiete de agosto de dos mil diecisiete,
dictado en el juicio para la protección de los
derechos políticos electorales del ciudadano,
identificado con el número de expediente
TEE/JDC/026/214-1 y sus acumulados
TEE/JDC/029/2014-1 y TEE/JDC/030/2014-1,
promovido por Gregorio Manzanares López, Fidel
Salvador Almanza Ayala y Humberto Prudencio
Ríos Flores.
………………………………Pág. 38
Acuerdo General TEEM/AG/03/2017 de fecha
dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete,
mediante el cual se aprueban los plazos de
sustanciación y resolución de los recursos de
inconformidad que se presenten en contra de los
resultados de la elección de Gobernador,
Diputados y Ayuntamientos en el proceso electoral
2017-2018.
………………………………Pág. 56
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 06 de septiembre de 2017
Acuerdo Plenario de Inejecución de Sentencia, de
fecha diecisiete de agosto de dos mil diecisiete,
dictado en el juicio para la Protección de los
Derechos Políticos Electorales del Ciudadano,
identificado con el número de expediente:
TEE/JDC/12/2017-2, promovido por Margarita Ruíz
Beltrán, Miguel Visoso Ochoa y Wenceslao Moreno
Real.
………………………………Pág. 59
Acta de la Quincuagésima cuarta sesión privada
celebrada por el Pleno del Tribunal Electoral del
Estado de Morelos, con fecha veintidós de agosto
de dos mil diecisiete.
………………………………Pág. 64
Reglamento Interno del H. Tribunal Electoral del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 65
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo SE/AC-264/14-VI-2017.- Que aprueba el
corte de caja del ayuntamiento de Cuernavaca,
Morelos, correspondiente al mes de mayo del año
2017.
………………………………Pág. 69
Acuerdo SE/AC-265/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al Ciudadano Isidoro
Crespo Hernández.
………………………………Pág. 70
Acuerdo SE/AC-266/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al Ciudadano Jesús
Martínez Lezma.
………………………………Pág. 72
Acuerdo SE/AC-267/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada a la Ciudadana María
Justina Vargas García.
………………………………Pág. 74
Acuerdo SE/AC-268/14-Vi-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada a la Ciudadana
Antonia Torres Villa.
………………………………Pág. 76
Acuerdo SE/AC-269/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al Ciudadano Aurelio Pizar Carrillo.
………………………………Pág. 78
Acuerdo SE/AC-270/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al Ciudadano Patricio Antonino Peña.
………………………………Pág. 80
Acuerdo SE/AC-271/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación a la Ciudadana Claudia Olimpia
Martínez Nava.
………………………………Pág. 81
Acuerdo SE/AC-272/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la Ciudadana Uvalda Torres Paz.
………………………………Pág. 83
Acuerdo SE/AC-273/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la Ciudadana Matilde Castrejón Santana.
………………………………Pág. 85
Acuerdo SE/AC-274/14-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la Ciudadana Margarita Castillo
Hernández.
………………………………Pág. 87
Acuerdo SE/AC-275/8-VI-2017.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez al ciudadano Martín Curiel Arellano,
cónyuge supérstite de la finada pensionada
Margarita González Jaime.
………………………………Pág. 89
Acuerdo SE/AC-276/14-VI-2017.- Por el que se
niega la solicitud de pensión por Jubilación al
ciudadano Gerardo Rodríguez Pérez.
………………………………Pág. 90
Acuerdo SO/AC-281/6-VII-2017.- Que aprueba el
dictamen SAJ/DGJC/02/2017 emitido por la
Secretaría de Asuntos Jurídicos, a favor de
―Optimus 21 S.A. de C.V.‖, por conducto de su
representante o apoderado legal.
………………………………Pág. 92
Acuerdo SO/AC-282/6-VII-2017.- Que aprueba el
dictamen SAJ/DGJC/004/2017 emitido por la
Secretaría de Asuntos Jurídicos, para que se haga
la devolución de los recursos económicos pagados
por duplicado tal y como ha quedado demostrado
a favor de Bertha Marcela Lozano Téllez .
………………………………Pág. 94
Acuerdo SE/AC-283/17-VII-2017.- Que aprueba el
corte de caja del ayuntamiento de Cuernavaca,
Morelos, correspondiente al mes de junio y
segundo trimestre del año 2017.
………………………………Pág. 96
Acuerdo SO/AC-284/20-VII-2017.-
Por el que se
declara improcedente la modificación del Reglamento
Interior de la
Secretaría de Turismo y Desarrollo
Económico del Ayuntamiento de Cuernavaca,
Morelos.
………………………………Pág. 98
Acuerdo SO/AC-285/20-VII-2017.- Por el que se
concede pensión por jubilación a la Ciudadana
Soledad Santos Nava.
………………………………Pág. 103
Acuerdo SO/AC-286/20-VII-2017.- Por el que se
niega la procedencia de solicitud de pensión por
Jubilación al Ciudadano Luis Alfredo Rodríguez
Aguayo.
………………………………Pág. 107
Acuerdo SO/AC-287/20-VII-2017.- Por el que se
niega la procedencia de solicitud de pensión por
Jubilación al Ciudadano Joel Galindo Andrade.
………………………………Pág. 110
06 de septiembre de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE JIUTEPEC
Acuerdo SM/248/09-08-17.- Se aprueba el
presente dictamen, así como la resolución dictada
por el H. Cabildo, mediante la cual se otorga
pensión por Viudez a favor de la C. Juana Conde
Guadarrama. ………………………………Pág. 114
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE JOJUTLA
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al jubilado C. Miguel Montero Fuentes
………………………………Pág. 117
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEPALCINGO
Reglamento del Servicio Profesional de Carrera
Policial del municipio de Tepalcingo, Morelos.
………………………………Pág. 118
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 147
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
ORGANISMOS
INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS
ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
(IMPEPAC)
Acuerdo por el que se aprueba convocatoria para
la participación en el proceso de selección y
designación de los consejeros (as) y secretarios
(as) que integran los Consejos Distritales y
municipales que se instalarán para el proceso lo
cal ordinario 2017- 2018. Convocatoria y
Lineamientos. ………………………………Pág. 2
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
Morelos que dice: ―Tierra y Libertad‖.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
CONSIDERACIONES
I.- En fecha 18 de octubre de 2016, el C. José
Luis López Lugo, por su propio derecho, presentó ante
este Congreso solicitud de pensión por Jubilación, de
conformidad con la hipótesis contemplada en el
artículo 58, fracción I, inciso b), de la Ley del Servicio
Civil del Estado, acompañando a su petición la
documentación exigida por el artículo 57, apartado A),
fracciones I, II y III del marco legal antes mencionado,
consistentes en: acta de nacimiento, hoja de servicios
expedidas por los H. H. Ayuntamientos de Zacatepec y
Tlaquiltenango, Morelos, así como hoja de servicios y
carta de certificación de salario expedidas por el Poder
Legislativo del Estado de Morelos.
II.- Que al tenor del artículo 56, de la Ley del
Servicio Civil vigente en la Entidad, la pensión por
Jubilación, se generará a partir de la fecha en que
entre en vigencia el Decreto respectivo. Si el
pensionado se encuentra en activo, a partir de la
vigencia del Decreto cesarán los efectos de su
nombramiento. El trabajador que se hubiere separado
justificada o injustificadamente de su fuente de
empleo, antes de la fecha de vigencia del Decreto que
la otorga, recibirá el pago de su pensión a partir del
siguiente día de su separación. Y de conformidad con
el artículo 58 del mismo ordenamiento, la pensión por
Jubilación, se otorgará al trabajador que conforme a
su antigüedad se ubique en el supuesto
correspondiente.
III.- Del análisis practicado a la documentación
antes relacionada y una vez realizado el procedimiento
de investigación que establece el artículo 67, de la Ley
Orgánica para el Congreso del Estado, se comprobó
fehacientemente la antigüedad del C. José Luis López
Lugo, por lo que se acreditan a la fecha de su solicitud
29 años, 04 meses, de servicio efectivo de trabajo
interrumpido, ya que prestó sus servicios en el H.
Ayuntamiento de Zacatepec, Morelos, habiendo
desempeñado los cargos siguientes: Instructor Fiscal y
de Obras Públicas, del 01 de junio de 1979, al 31 de
mayo de 1982; Coordinador General de Eventos
Cívicos y Deportivos, del 01 de junio de 1982, al 31 de
mayo de 1985; Coordinador de Asuntos de la
Juventud, del 01 de junio de 1985, al 31 de mayo de
1988; Subsecretario y Secretario Municipal, del 01 de
noviembre de 2006, al 31 de octubre de 2009. En el H.
Ayuntamiento de Tlaquiltenango, Morelos, prestó sus
servicios, habiendo desempeñado los cargos
siguientes: Administrador del Organismo Operativo del
Sistema de Agua Potable Municipal, del 01 de junio de
1994, al 31 de mayo de 1997; Asesor en la Gestión
Administrativa, del 01 de junio de 1997, al 31 de
octubre de 2000; Secretario Municipal en la Gestión
Administrativa, del 01 de noviembre de 2000, al 31 de
octubre de 2003. En el Poder Legislativo del Estado de
Morelos, prestó sus servicios desempeñando el cargo
de: Auxiliar, adscrito al instituto de Investigaciones
Legislativas, del 01 de diciembre de 2013, al 31 de
agosto de 2015, fecha en que causó baja .De lo
anterior se desprende que la Jubilación solicitada
encuadra en lo previsto por el artículo 58, fracción I,
inciso b), del cuerpo normativo antes aludido, por lo
que al quedar colmados los requisitos de la Ley, lo
conducente es conceder al trabajador en referencia el
beneficio solicitado.
IV.- Cabe señalar que del día en que el
trabajador causó baja, al momento de la presentación
de la solicitud, se observa un periodo de 01 años, 01
mes, 18 días, tiempo en el cual prescribió el derecho a
la pensión por Jubilación, según lo establece el
artículo 104, de la Ley en cita, a saber:

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