Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 26 de Octubre de 2017 (6a Sección)

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PERIÓDICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLXVIII Morelia, Mich., Jueves 26 de Octubre de 2017 NUM. 46
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Ing. Silvano Aureoles Conejo
Secretario de Gobierno
Lic. Adrián López Solís
Director del Periódico Oficial
Lic. José Juárez Valdovinos
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 4 páginas
Precio por ejemplar:
$ 26.00 del día
$ 34.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. José Juárez Valdovinos
Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P. 58099 SEXTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
EL H. CONGRESO DEL ESTADO, EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA DE HOY,
TUVO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
493
ÚNICO. El Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, emite Convocatoria
Pública para la elección de Magistrado de la Primera Ponencia del Tribunal de
Justicia Administrativa, con la finalidad de recibir solicitudes de aspirantes al
cargo, en los términos siguientes:
La Septuagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán de
Ocampo, a través de las comisiones de Justicia y de Gobernación con fundamento
en lo dispuesto por el artículo 95 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo:
C O N V O C A
A los profesionistas en el área de derecho a participar para ocupar el cargo de
Magistrado de la Primera Ponencia del Tribunal de Justicia Administrativa, de
acuerdo con las siguientes:
B A S E S
PRIMERA. Los aspirantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo
Ocampo, siendo los siguientes:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, y michoacano, en pleno ejercicio
de sus derechos políticos y civiles;
II. No tener más de sesenta y cinco años de edad, ni menos de treinta y cinco,
al día de la elección;
III. Tener al día de la elección, título profesional de Licenciado en Derecho con

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