Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 09 de Agosto de 2017 (5a Sección)

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PERIÓDICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLXVII Morelia, Mich., Miércoles 9 de Agosto de 2017 NUM. 90
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Ing. Silvano Aureoles Conejo
Secretario de Gobierno
Lic. Adrián López Solís
Director del Periódico Oficial
Lic. José Juárez Valdovinos
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 2 páginas
Precio por ejemplar:
$ 26.00 del día
$ 34.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. José Juárez Valdovinos
Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P. 58099 QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN
ACUERDO DEL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN,
POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 6 DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA
ELABORACIÓN Y PUBLICACIÓN DE VERSIONES PÚBLICAS DE
LAS SENTENCIAS EMITIDAS POR ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Conforme a lo dispuesto en los artículos 98-A, de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; y 60 del Código
Electoral del Estado; es el órgano permanente, con autonomía técnica y de gestión
e independencia en sus decisiones y máxima autoridad jurisdiccional en materia
electoral.
SEGUNDO. El Pleno del propio Tribunal, tiene entre otras atribuciones, expedir
los acuerdos necesarios para el funcionamiento del mismo, atento a lo dispuesto
en los artículos 64, fracción IV del Código Electoral del Estado, y 5, fracción XIII
de su Reglamento Interior.
TERCERO. En términos de los artículos 6, Apartado A, base 1, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 23, 70 y 74 de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2 fracciones IV y VI, 31 de la
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados;
8, tercer párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo; 1, 4, 8 , 11, 27, 33 fracción IV y último párrafo, 35 y 39,
fracción IV, inciso i) de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, el Tribunal
Electoral del Estado, deberá poner a disposición del público, la información a que
aluden los citados numerales.
CUARTO. Para cumplir con las obligaciones de transparencia, el Pleno del Tribunal
Electoral del Estado emitió los LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y
PUBLICACIÓN DE VERSIONES PÚBLICAS DE LAS SENTENCIAS EMITIDAS
POR ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL, mismos que fueron publicados en el
Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo,

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