Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 27 de Julio de 2017

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 27 de julio de 2017
6a. época
5517
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO DOS MIL CIENTO NOVENTA Y UNO.-
Por el que se designa a los integrantes de la Comisión de
Selección del Sistema Estatal Anticorrupción.
………………………………Pág. 2
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 27 de julio de 2017
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Que el pasado 19 de abril de 2017, se
publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”,
órgano de difusión del Gobierno del Estado de
Morelos, la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado
de Morelos.
II. Que la fracción I, del artículo 18, de la Ley
del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos,
señala que el Congreso del Estado de Morelos
constituirá una Comisión de Selección integrada por
nueve mexicanas o mexicanos, de preferencia
morelenses, por un periodo de tres años, de los cuales
cinco serán propuestos por las instituciones de
educación superior y de investigación del Estado y
cuatro serán propuestos por organizaciones de la
sociedad civil especializada en materia de
fiscalización, de rendición de cuentas o combate a la
corrupción.
III. Que la Comisión de Transparencia,
Protección de Datos Personales y Anticorrupción del
Congreso del Estado de Morelos, es el órgano
facultado legalmente para llevar a cabo el proceso de
selección de las y los integrantes de dicha comisión
hasta antes de la designación.
IV. Que en fecha 27 de abril de 2017, se
publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, la
Convocatoria para elegir a nueve ciudadanos
mexicanos, de preferencia morelenses, que integrarán
la Comisión de Selección que designará al Comité de
Participación Ciudadana del Sistema Estatal
Anticorrupción, como consecuencia de ello, se
recibieron veinte propuestas por las instituciones de
educación superior y de investigación del Estado y por
organizaciones de la sociedad civil especializada en
materia de fiscalización, de rendición de cuentas o
combate a la corrupción.
V. Que en fecha 21 de junio de 2017, se
publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el
listado de las veinte personas seleccionadas como
resultado de la Convocatoria de la Comisión de
Transparencia, Protección de Datos Personales y
Anticorrupción.
VI. Que el 05 de julio del año 2017, se publicó
en dos periódicos de mayor circulación del estado de
Morelos, en la Página Electrónica y en redes oficiales
del Congreso del Estado de Morelos, el acuerdo
emanado de la Comisión de Transparencia, Protección
de Datos Personales y Anticorrupción, por el que se
emiten los lineamientos para la comparecencia de las
y los candidatos para formar parte de la Comisión de
Selección del Sistema Estatal Anticorrupción. En ella,
se establece comenzar con las comparecencias a las
9:00 horas del día lunes 10 de julio de 2017, así como
orden en el que realizarán su presentación.
VII. Que en fecha 10 de julio de 2017, se llevó
a cabo el desahogo de las comparecencias de las y
los candidatos propuestos por instituciones de
educación superior y de investigación del Estado y,
por organizaciones de la sociedad civil para formar
parte de la Comisión de Selección del Sistema Estatal
Anticorrupción.
VIII. Que en fecha 11 de julio de 2017, mediante
Sesión de la Comisión de Transparencia, Protección
de Datos Personales y Anticorrupción, se emitió el
acuerdo por el que se valora la comparecencia de las
y los candidatos a integrar la Comisión de Selección
del Sistema Estatal Anticorrupción.
CONSIDERACIONES:
PRIMERA. Atendiendo a lo establecido en la
BASE SEXTA de la Convocatoria que determina el
procedimiento de las comparecencias para elegir a
nueve ciudadanos mexicanos, de preferencia
morelenses que integrarán la Comisión de Selección
que designará al Comité de Participación Ciudadana
del Sistema Estatal Anticorrupción; se realizó un
análisis de las propuestas y de los expedientes de los
candidatos atendiendo lo señalado en las BASES
PRIMERA y SEGUNDA, y se estableció como
requisitos de elegibilidad, los siguientes:
Base PRIMERA:
a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento,
de preferencia morelense, con una residencia efectiva
en el Estado de cinco años, en pleno ejercicio de sus
derechos políticos y civiles;
b) Gozar de buena reputación y no haber sido
condenado por delito que amerite pena de más de un
año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude,
falsificación, abuso de confianza y otro que lastime
seriamente la buena fama en el concepto público,
inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la
pena;
c) Contar con credencial para votar con
fotografía;
d) No haber desempeñado el cargo de
Consejero Jurídico, Secretario ni Subsecretario de
despacho en la Administración Pública o Consejero de
la Judicatura Estatal;
e) Haber destacado por su contribución en
materia de fiscalización, rendición de cuentas,
combate a la corrupción o por su actividad destacada
en la sociedad civil organizada, y
f) No haber sido dirigente, candidato de algún
partido político o haber ocupado un cargo de elección
popular en los diez años anteriores a la emisión de la
presente convocatoria.
27 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Base SEGUNDA:
1. Currículum Vitae, en el que se precise la
fecha y lugar de nacimiento, los datos generales y
número telefónico de la candidata o candidato; y, que
contenga principalmente experiencia profesional,
académica o administrativa en materia de
fiscalización, de rendición de cuentas, combate a la
corrupción o por su actividad destacada en la sociedad
civil organizada. (Original)
2. Copias simples del acta de nacimiento y
credencial con fotografía para votar, por ambos lados,
expedida por el Instituto Nacional Electoral o Instituto
Federal Electoral; de la candidata o candidato
propuesto.
3. Carta firmada por la candidata o candidato
propuesto, en donde manifieste su voluntad expresa
de participar en el proceso de selección, así como una
exposición breve de su proyecto de trabajo y una
descripción de las razones que justifican su idoneidad
para el cargo. (Original)
4. Carta bajo protesta de decir verdad, en la
que manifieste no haber sido condenado por delito que
amerite pena corporal de más de un año de prisión; o
que haya cometido robo, fraude, falsificación, abuso
de confianza o cualquier otro que lastime la buena
fama en el concepto público. (Original)
5. Carta bajo protesta de decir verdad, en la
que manifieste que no se encuentra suspendido o
privado en el ejercicio de sus derechos Civiles o
Políticos. (Original)
6. Carta bajo protesta de decir verdad en que
manifieste que no haber desempeñado el cargo de
Consejero Jurídico, secretario ni subsecretario de
despacho en la Administración Pública o Consejero de
la Judicatura estatal. (Original)
7. Carta bajo protesta de decir verdad, en la
que manifieste no haber sido dirigente, candidato de
algún partido político o haber ocupado un cargo de
elección popular en los diez años anteriores a la
emisión de la presente convocatoria. (Original).
8. Constancia o documentos que acrediten
una residencia en el estado de Morelos de cuando
menos cinco años previos a la emisión de la presente
Convocatoria. (Original)
9. Carta bajo protesta de decir verdad en que
manifieste que: ―He leído y acepto las bases,
procedimientos y deliberaciones de la convocatoria
para ocupar alguno de los nueve cargos para integrar
la Comisión de Selección que designará al Comité de
Participación Ciudadana del Sistema Estatal
Anticorrupción‖ (Original).
10. Documentos que respalden que ha
destacado por su contribución en materia de
fiscalización, de rendición de cuentas, combate a la
corrupción o por su actividad destacada en la sociedad
civil organizada. (Original).
Dichos documentos deberán estar firmados en
su margen derecho; y en los casos de las cartas bajo
protesta de decir verdad, además deberán contar con
firma autógrafa de la candidata o candidato.
Los documentos originales, podrán ser
requeridos en cualquier momento del proceso por la
Comisión Dictaminadora para realizar el cotejo de los
mismos con las copias exhibidas.
SEGUNDA. En virtud de los anterior y para
efecto de verificar el cumplimiento de los requisitos de
elegibilidad descritos en la Base PRIMERA y
SEGUNDA, tal y como lo ordena la Base SEXTA de la
Convocatoria que fue debidamente identificada en
estos antecedentes, se procedió a examinar cada uno
de los expedientes identificados individualmente,
correspondiente a cada candidato propuesto, de
acuerdo por orden alfabético, resultando lo siguiente:
FOLIO NÚMERO
NOMBRE DEL ASPIRANTE
055
MTRO. JOSÉ ANTONIO ACOSTA MORENO
BASE PRIMERA
a) Ser ciudadano mexicano por na cimiento, de preferencia morelense, con
una residencia efectiva en el Estado de cinco años, en pleno ejercicio de sus
derechos políticos y civiles;
b) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que
amerite pena de m ás de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude,
falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama
en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la
pena;
c) Contar con credencial para votar con fotografía;
d) No haber desempeñado el cargo de Consejero Jurídico, Secretario ni
Subsecretario de despacho en la Administración Pública o Consejero de la
Judicatura Estatal;
e) Haber destacado por su contribución en materia de fiscalización, rendición
de cuentas, combate a la corrupción o por su actividad destacada en la
sociedad civil organizada, y
f) No haber sido dirigente, candidato de algún partido político o haber ocupado
un cargo de elección popular en los diez añ os anteriores a la emisión de la
presente convocatoria.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR