Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 01 de Febrero de 2017
EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg.
DGC-NUM.
016
0463
Marzo
05
de
1982.
Tel.
Fax.717-21-70)
Tomo
CVIll
3ra. Epoca Culiacán, Sin., Miércoles
01
de Febrero de 2017. No. 016
ÍNDICE
GOBIERNO DEL ESTADO
Decreto Número 612 del
H.
Congreso del Estado.- Que adiciona una fracción X
al
Artículo
4°
Bis
B,
y
un
Cuarto párrafo al artículo 91, ambos
de
la
Constitución Política del Estado de Sinaloa.
2 - 5
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA
Acuerdo Administrativo 01/2017, relativo a la Declaratoria
de
Días No Laborables del
afio
2017,
para el personal del Tribunal Electoral del Estado
de
Sinaloa.
6 - 7
PODER EJECUTIVO ESTATAL
VIVEROS
DE
SINALOA
Avance
Financiero, relativo
al
Cuarto Trimestre
de
2016.
UNIVERSIDAD
PEDAGÓGICA
DEL
ESTADO
DE
SINALOA
Avance
Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2016.
8 -9
AYUNTAMIENTOS
Decreto Municipal
No.
O 1
de
Navolato.-
Se
autoriza para que el
C.
Presidente y Tesorero Municipal
de
manera conjunta o separada realicen la condonación total o parcial
de
multas y recargos
que
compongan la liquidación del crédito fiscal
de
que
se
trate.
Municipio
de
Salvador Alvarado.-Avance Financiero, relativo
al
Cuarto Trimestre
de
2016.
SISl'EMA
MUNICIPAL
PARA
EL
DESARROLLO
INTEGRAL
DE
LA
FAMILIA
Municipio
de
Concordia.-Avance Financiero, relativo
al
Cuarto Trimestre
de
2016.
10
-
20
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
21
-
29
AVISOS NOTARIALES
29
-32
RESPONSABLE:
Seeretarfll General u
Gobierno.
DIRECTOR:
M.C.
Chrlstopher
Cosslo
Guerrero
\
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles
01
de Febrero de 2017
GOBIERNO DEL ESTADO
El
Ciudadano
LIC.
QUIRINO
ORDAZ
COPPEL, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano
de
Sinaloa, a
sus
habitantes hace saber:
Que
por
el
H.
Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso del Estado, representado por su Sexagésima
Segunda Legislatura,
en
ejercicio de la facultad que le
confieren
los
artículos 159 de la
Política y 229,
fracción IV, de
la
Ley Orgánica del Congreso, ambas del
Estado, previa aprobación por el Congreso del Estado, así
como por los dieciocho Ayuntamientos de la Entidad, declara
formal y constitucionalmente incorporada a
la
Política del Estado de Sinaloa,
la
reforma que adiciona una
fracción X
al
artículo 4º Bis
8,
y
un
cuarto párrafo
al
artículo
91, ambas de
la
Constitución Política del Estado de Sinaloa,
aprobada mediante Decreto Número 612, de fecha 26 de julio
de 2016, y se ordena
la
publicación del siguiente,
DECRETO NÚMERO 612
ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona
la
fracción X al artículo 4° Bis 8,
y se adiciona un cuarto párrafo
al
artículo 91, ambos de la
Constitución Política del Estado de Sinaloa.
Art. 4° Bis B . ...
l.
a IX
....
X.
Todas las personas tienen derecho al libre acceso
al
internet y
a las tecnologías de
la
información y comunicación.
El
Estado y los Municipios deberán garantizar el acceso a internet
gratuito inalámbrico de banda ancha, en los edificios e
Miércoles
01
de Febrero de 2017 «EL ESTADO DE SIN ALOA» 3
/
instalaciones de los diversos Poderes del Estado y de las
dependencias y entidades de
su
administración, así como
en
los
lugares públicos que para
el
efecto
se
determinen.
Art.
91
....
En
los . mismos términos,
el
Estado garantizará que las escuelas
públicas a
su
cargo cuenten
con
instalaciones y equipos para
el
acceso de los educandos a internet y a las tecnologías de
la
información y de
la
comunicación.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.
El
presente Decreto entrará en vigor a partir del día
siguiente de
su
publicación
en
el
Periódico Oficial
"El
Estado de
Sinaloa".
SEGUNDO. Para dar cumplimiento a
lo
establecido
en
el
presente
Decreto,
el
Estado y los Municipios, implementarán de manera
paulatina y en función de
la
suficiencia presupuestaria de cada uno
de ellos, las medidas para destinar espacios, adquirir e instalar
equipos y difundir socialmente cuáles son los espacios, escuelas y
demás edificios públicos
en
los que
se
prestará
el
servicio.
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