Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes del 19 de Septiembre de 2016 (Primera Sección)

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
OFICINA DEL C. GOBERNADOR
SECRETARÍA DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y COMUNICACIONES
INSTITUTO ESTATAL DE GESTIÓN EMPRESARIAL Y MEJORA REGULATORIA
SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CALVILLO
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE COSÍO
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA
Í N D I C E
Página 54
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
PRIMERA SECCIÓN
TOMO LXXIX Aguascalientes, Ags., 19 de Septiembre de 2016 Núm. 38
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Lic. Alejandro Bernal Rubalcava, en suplencia del Secretario General de Gobierno
por ministerio de Ley.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Septiembre 19 de 2016
(Primera Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
OFICINA DEL C. GOBERNADOR
CARLOS LOZANO DE LA TORRE, Gobernador
Constitucional del Estado de Aguascalientes, en
el ejercicio de las facultades que me coneren los
artículos 36 y 46 fracción XIII de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes; los artículos
2º, 3º, 4°, 10 fracciones I y V, 11 fracción IV de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Aguascalientes así como los artículos 1º, 4º y 6º
del Decreto que instituye el Premio Aguascalientes,
me permito expedir el “DECRETO POR EL QUE SE
OTORGA EL PREMIO AGUASCALIENTES”, al tenor
de los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S :
Desde el inicio de su administración y durante
cada visita a Japón, el Gobernador Carlos Lozano se
ha reunido con distintos funcionarios de la Prefectura
de Kanagawa, con el objetivo de estrechar relaciones
de amistad y fomentar la cooperación en diferentes
áreas de mutuo interés: económico, académico,
cultural y social.
Esta vinculación fue caminando de manera
paulatina y ha logrado aanzarse con la rma de un
Memorando de Entendimiento entre el Estado de
Aguascalientes y el Gobierno de la Prefectura de
Kanagawa, Japón, signado el 22 en octubre de 2014,
cuyo objetivo es promover intercambios económicos,
proporcionando asistencia conjunta para facilitar la
inversión mutua de las empresas de ambas regiones.
En 2013, se rmaron dos convenios entre la
Universidad Autónoma de Aguascalientes y las
Universidades de Kanagawa; con el n de ampliar
el conocimiento de ambas culturas y fomentar el
intercambio académico, para generar un ambiente
más atractivo para la educación y para la investiga-
ción social.
Durante la gira de 2015, un grupo de Recto-
res de Universidades Tecnológicas del Estado de
Aguascalientes, realizaron una gira educativa en el
marco de la cual se suscribieron cartas de intención
entre las cinco universidades aguascalentenses y
la Universidad de Kanagawa. Se trata de: Instituto
Tecnológico de Aguascalientes, Universidad Tecno-
lógica de Aguascalientes, Universidad Tecnológica El
Retoño, Universidad Politécnica de Aguascalientes y
Universidad Tecnológica del Norte de Aguascalientes.
El objetivo de estas cartas de intención es pro-
mover la colaboración académica y la investigación
relativa a sus áreas de interés, lo que sin duda se
traduce en un benecio directo a la población edu-
cativa que necesita mayores nichos de oportunidad
para expandir sus conocimientos y experiencias,
logrando con ello un mayor desarrollo económico y
social para los aguascalentenses.
El Estado de Aguascalientes, México y el Gobier-
no de la Prefectura de Kanagawa de Japón cuentan
con diversos mecanismos formales de diálogo y
negociación que integran una de las estructuras
institucionales más diversas. La agenda entre los
dos países se está ampliando e incide de manera
directa en ambas sociedades.
La colaboración integral entre los dos gobiernos
se basa en la promoción de intercambios económi-
cos, teniendo una asistencia conjunta para facilitar
la inversión mutua y activa de las empresas de
ambas regiones; con lo que se visualiza progreso
y bienestar general para la población del Estado de
Aguascalientes. En este tenor, y siguiendo una polí-
tica de cordialidad que sentó objetivos comunes en
benecio entre ambos pueblos, ambas partes centran
sus esfuerzos en las siguientes áreas:
En el fortalecimiento y promoción de progra-
mas de intercambio económico en el país,
tales como la celebración de seminarios de
inversión y el envío de alguna misión em-
presarial, ambas partes podrán extender la
cooperación a la medida de lo posible.
Cooperar entre sí para el intercambio de
información y de recursos humanos en la
medida de lo posible con el n de promover
la inversión, así como lograr benecios edu-
cativos en favor de estudiantes de ambos
países.
Realizar sus mejores esfuerzos para apoyar
a las empresas con sede en su país, para
iniciar o ampliar sus inversiones recíprocas..
Todo lo anterior se ha dado gracias a la visión
de largo alcance del Gobernador de la Prefectura de
Kanagawa, Yuji Kuroiwa y el Gobernador Constitucio-
nal del Estado de Aguascalientes, Carlos Lozano de
la Torre, quienes trabajan por fortalecer la industria
manufacturera entre Japón y México.
Yuji Kuroiwa nació el 26 de septiembre de 1954
en la Ciudad de Kobe, es egresado de la escuela de
Ciencias Políticas y Económicas de la Universidad
Wasade en 1980. Ha trabajado en la cadena de tele-
visión FUJI Inc. donde escaló varios puestos consoli-
dando su carrera periodística, siempre ocupada por
el bienestar social, ha sido galardonado con varios
premios por su esfuerzo y logros que durante 21 años
en su carrera como conductor de noticias cosechó.
Para 2009 asume el cargo de profesor en la Uni-
versidad Internacional de Salud y Bienestar, el cual
en 2011 abandonó para contender por la gubernatura
de Kanagawa, donde ganó con el 55.47 por ciento,
en 2015 fue reelecto por un siguiente período, con
una campaña basada en dos propuestas principales:
la revolución de la energía de Kanagawa (proponien-
do un cambio de un sistema centralizado a uno de
distribución de energía) y un sistema de salud de
nuevas fronteras (persiguiendo mayores avances en
tratamientos médicos y tecnológicas).
Su impulso, ha jugado un papel muy importante
pues no sólo ha sido mantener y mejorar la relación
económica y comercial México-Japón; sino que tam-
bién ha forjado una estrecha coordinación para el de-
sarrollo. Además, es preciso señalar su contribución
en el ámbito educativo, con el intercambio pactado
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entre la Universidad de Kanagawa y varias de las Ins-
tituciones de Educación Superior en Aguascalientes
con la nalidad de innovar e inventar al adentrarse en
los estudios de la ciencia, la tecnología, las ciencias
sociales, la ingeniería y las matemáticas.
Ha incluido dentro de la agenda bilateral el traba-
jo con la iniciativa privada para crear oportunidades
para los estudiantes, especialmente en asuntos co-
merciales, estableciendo programas de intercambio
especialmente destinado a jóvenes estudiantes de
ambos países. Lo reere como ejemplo del nuevo
sentido que se quiere dar a la relación económica
entre ambas naciones, apuntando hacia la innovación
y el conocimiento, y no sólo el comercio tradicional.
Por el cuidado e impulso puesto en las relacio-
nes bilaterales entre la Prefectura de Kanagawa y
el Estado de Aguascalientes tengo a bien expedir
el siguiente:
“DECRETO POR EL QUE SE OTORGA
EL PREMIO AGUASCALIENTES”
PRIMERO.- Se otorga el Premio Aguascalientes
en la categoría “Bona Terra” al:
Sr. YUJI KUROIWA
GOBERNADOR DE LA PREFECTURA
DE KANAGAWA
SEGUNDO.- Esta distinción se le concede en
reconocimiento a su trayectoria como promotor del
desarrollo económico entre la Prefectura de Kana-
gawa y el Estado de Aguascalientes.
TERCERO.- La entrega del Premio Aguasca-
lientes en su modalidad de “Bona Terra”, se llevará a
cabo en una ceremonia especial solemne en el mes
de noviembre del año 2016, de acuerdo al protocolo
que se apruebe para tal efecto; de igual manera, se
entregará un diploma como signo de la labor llevada
a cabo para nuestra entidad. Por lo que se instruye a
la Secretaría Particular, realizar todas las actividades
necesarias para cumplir el presente Decreto.
T R A N S I T O R I O :
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto iniciará
su vigencia el día siguiente de su publicación en el
Periódico Ocial del Estado.
Dado en el Palacio de Gobierno, sede del Poder
Ejecutivo del Estado de Aguascalientes, a los 24 días
del mes de agosto del año 2016.
A T E N T A M E N T E
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.
Ing. Carlos Lozano de la Torre,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES.
Lic. Alejandro Bernal Rubalcava,
SUBSECRETARIO DE GOBIERNO
en suplencia del Secretario General de Gobierno,
con fundamento en los artículos 50 de la Constitución
Política del Estado, 10 fracción IV y 22 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Aguascalientes y el artículo 7º del Reglamento Interior
de la Secretaría General de Gobierno.
T.C. Víctor Vera Burgos,
SECRETARIO PARTICULAR
DEL C. GOBERNADOR.
OFICINA DEL C. GOBERNADOR
CARLOS LOZANO DE LA TORRE, Gobernador
Constitucional del Estado de Aguascalientes, en
ejercicio de las facultades que me coneren los
artículos 36 y 46 fracción I de la Constitución Po-
lítica del Estado de Aguascalientes; 2°, 3°, 8°, 10
fracciones I y V, y 11 fracción IV de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Aguas-
calientes; 2º, 6º fracción V, y 17 de la Ley de Cultura
del Estado de Aguascalientes; y 1°, 2°, 3°, 4°, 5°,
7° 8°, 9° fracciones I, IV y VIII, 10 fracción I, 22, 23,
28, 30 y 39 de la Ley de Protección y Fomento del
Patrimonio Cultural del Estado de Aguascalientes,
me permito expedir el “DECRETO POR EL QUE
SE DECLARA A LA PLAZA DE LA PATRIA, PLAZA
DE LA CONVENCIÓN, PATIO DE LAS JACARAN-
DAS, PATIO JESÚS F. CONTRERAS, PATIO JOSÉ
GUADALUPE POSADA, ANDADOR MOCTEZUMA,
ANDADOR NIETO Y CALLE GALENA NORTE DE
LA CIUDAD DE AGUASCALIENTES, COMO PATRI-
MONIO CULTURAL E HISTÓRICO DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES”, al tenor de los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S :
PRIMERO.- El patrimonio cultural representa
un factor de acercamiento, de intercambio y de en-
tendimiento entre los seres humanos, un encuentro
entre el pasado, el presente y el futuro, un despertar
del nacionalismo y regionalismo que tiene como ci-
mientos las raíces, tradiciones, usos y costumbres,
sobre las que se ncan la identidad y la diversidad
cultural de una Nación.
SEGUNDO.- El presente Decreto tiene por
objeto declarar a la Plaza de la Patria, Plaza de la
Convención, Patio de las Jacarandas, Patio Jesús F.
Contreras, Patio José Guadalupe Posada, Andador
Moctezuma, Andador Nieto y Calle Galena Norte de
la Ciudad de Aguascalientes como Patrimonio Cultu-
ral e Histórico del Estado de Aguascalientes, a n de
preservar, proteger y ofrecer a los aguascalentenses,
así como a las personas que transiten por está, las
condiciones que garanticen un espacio público digno,
donde se desarrollen y conuyan actividades cultu-
rales, sociales, lúdicas y cívicas, lo anterior dentro
del concepto de amor y devoción por los símbolos
patrios, enmarcados por la importancia histórica que
reviste el primer cuadro de la Ciudad.
TERCERO.- Comprometido con la conservación
del patrimonio cultural, el Estado Mexicano ha par-
ticipado en foros internacionales en donde se han
tomado acuerdos que garantizan su protección al
cumplir con la inestimable función de ser un factor
de acercamiento, intercambio y entendimiento entre

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