Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 06 de Julio de 2016 (2A)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 06 de julio de 2016
6a. época
5409
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO SETECIENTOS SESENTA.-
Por el que se resuelve el procedimiento de
evaluación de la doctora en derecho María Idalia
Franco Zavaleta, como Magistrada Numeraria del
Tribunal Superior de Justicia del estado de
Morelos.
………………………………Pág. 3
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del Hospital del
Niño Morelense, correspondiente al ejercicio
presupuestal del año dos mil once.
………………………………Pág. 35
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública de Servicios de
Salud de Morelos, del ejercicio presupuestal del
año dos mil once.
………………………………Pág. 38
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de
Cuautla, Morelos, por el ejercicio presupuestal del
año dos mil once.
………………………………Pág. 40
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de
Jantetelco, Morelos, por el ejercicio presupuestal
del año dos mil diez.
………………………………Pág. 49
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública de la entidad
fiscalizada del municipio de Puente de Ixtla,
Morelos, por el ejercicio presupuestal del año dos
mil diez.
………………………………Pág. 54
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de
Totolapan, Morelos, por el ejercicio presupuestal
del año dos mil diez.
………………………………Pág. 58
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de
Totolapan, Morelos, por el ejercicio presupuestal
del año dos mil once.
………………………………Pág. 61
Página 2 SEGUNDA SECCIÓN 06 de julio de 2016
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de
Tlalnepantla, Morelos, por el ejercicio presupuestal
del año dos mil once.
………………………………Pág. 63
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de
Tlaltizapán, Morelos, por el ejercicio presupuestal
del año dos mil diez.
………………………………Pág. 66
DECLARATORIA para el efecto de que la Entidad
Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso
del Estado de Morelos, conforme a sus facultades,
continúe con las etapas del proceso de
fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de
Tlaquiltenango, Morelos, por el ejercicio
presupuestal del año dos mil diez.
………………………………Pág. 71
Fe de Erratas al Decreto Número Seiscientos
Cuarenta y Nueve, por el que se concede pensión
por Jubilación a la ciudadana Reina Joaquina
Quintero Meléndez, publicado en el Periódico
Oficial ―Tierra y Libertad‖ número 5404, de fecha
15 de junio de 2016.
………………………………Pág. 83
Fe de Erratas al Decreto Número Setecientos
Treinta, por el que se aprueba la reforma el
Decreto Número Quinientos Veintinueve,
publicado el 13 de abril de 2016, en el Periódico
Oficial ―Tierra y Libertad‖, órgano de difusión del
Gobierno del estado de Morelos, por el cual se
autoriza a los municipios del estado de Morelos
para que, por conducto de funcionarios legalmente
facultados, gestionen y contraten con el Banco
Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.,
uno o varios créditos o empréstitos, hasta por el
monto que en cada caso se determine, para el
destino, conceptos, plazos, términos, condiciones
y con las características que en este se
establecen; para que afecten como fuente de pago
un porcentaje del derecho a recibir y los ingresos
que individualmente les correspondan del Fondo
de Aportaciones para la Infraestructura Social
Municipal y para que celebren los convenios para
adherirse al fideicomiso irrevocable de
administración y pago número f/15378-12-269,
para formalizar el mecanismo de pago de los
créditos que contraten; publicado en el Periódico
Oficial ―Tierra y Libertad‖ número 5404, de fecha
15 de junio del 2016.
………………………………Pág. 84
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Fe de Erratas al Decreto Número Setecientos
Noventa y Uno, por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al ciudadano Evodio
García Romero, publicado en el Periódico Oficial
―Tierra y Libertad‖ número 5406 de fecha 29 de
junio de 2016.
………………………………Pág. 85
SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE
Convenio de Coordinación que con el objeto de
establecer las bases para la instrumentación del
proceso destinado a la formulación, aprobación,
expedición, evaluación y modificación del
Programa de Ordenamiento Ecológico Local del
municipio de Ayala, Morelos, que suscriben por
una parte el Gobierno del estado de Morelos y, por
la otra parte, el municipio de Ayala, Morelos.
………………………………Pág. 85
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
MAZATEPEC
Acuerdo de Cabildo que otorga al C. Julián Reyes
Toledo, pensión por Cesantía en Edad Avanzada.
………………………………Pág. 92
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TLALTIZAPÁN
Reglamento de Mejora Regulatoria para el
municipio de Tlaltizapán de Zapata, Morelos.
………………………………Pág. 94
Acta de la Décima Tercera Sesión Extra-Ordinaria
de Cabildo del municipio de Tlaltizapán de Zapata,
Morelos, celebrada el dieciséis de mayo del año
dos mil dieciséis.
………………………………Pág. 99
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
YAUTEPEC
Reglamento de la Unidad de Información Pública
del H. Ayuntamiento de Yautepec de Zaragoza,
Morelos.
………………………………Pág. 103
06 de julio de 2016 SEGUNDA SECCIÓN Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
Morelos que dice: ―Tierra y Libertad‖.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA
LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO
DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN
II, DEL ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS, Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. El Congreso del Estado designó mediante
Decreto Mil Quinientos Sesenta y Nueve, publicado en
el Periódico Oficial ―Tierra y Libertad‖, número 4730,
de fecha 29 de julio de 2009, a la licenciada María
Idalia Franco Zavaleta, como Magistrada Numeraria
del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Morelos, por el periodo comprendido del diecinueve de
julio de dos mil nueve al dieciocho de julio de dos mil
quince.
2. La evaluación materia del presente dictamen,
tiene su fundamento en lo dispuesto por el artículo 89,
cual establece en su parte relativa lo siguiente:
Artículo 89.-
Los Magistrados del Tribunal Superior de
Justicia rendirán su protesta ante el Pleno del
Congreso o la Diputación Permanente, durarán en su
cargo seis años, contados a partir de la fecha en que
rindan la protesta constitucional, podrán ser
designados para un periodo más y si lo fueren,
continuarán en esa función únicamente ocho años
más, y sólo podrán ser privados del cargo en los
términos que establezcan esta Constitución y las leyes
en materia de responsabilidad de los servidores
públicos.
La designación para un período más sólo
procederá, de los resultados que arroje la evaluación
del desempeño que realice el Poder Legislativo a
través del órgano político del Congreso, mediante los
mecanismos, criterios, procedimientos, e indicadores
de gestión, que para dicha evaluación establezca esta
Constitución y las leyes en la materia.
La función y evaluación de los Magistrados del
Poder Judicial se regirá por los principios de
excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo,
honestidad, independencia, transparencia y rendición
de cuentas.
Ninguna persona que haya sido nombrada
magistrado y haya procedido su designación para un
nuevo período en términos de esta constitución, podrá
volver a ocupar el cargo. En ningún caso y por ningún
motivo, los Magistrados que hubieran ejercido el cargo
con el carácter de titular, provisional o interino, podrán
rebasar catorce años en el cargo.
El Consejo de la Judicatura elaborará un
dictamen técnico en el que analizará y emitirá opinión
sobre la actuación y desempeño de los magistrados
que concluyan su período. Los dictámenes técnicos y
los expedientes de los Magistrados serán enviados al
órgano político del Congreso del Estado para su
estudio y evaluación, por lo menos noventa días
hábiles antes de que concluya el período para el que
fueron nombrados. El dictamen técnico será un
elemento más entre todos los que establezca el
órgano político del Congreso, para la evaluación del
magistrado que concluye sus funciones. La omisión en
remitir los documentos en cita dará lugar a
responsabilidad oficial.
El procedimiento para la evaluación y en su
caso la designación para un período más de los
magistrados del Tribunal Superior de Justicia por el
Congreso, junto con la evaluación de los aspirantes
que de acuerdo al procedimiento y convocatoria
pública que emita el órgano político del Congreso,
hayan reunido los requisitos que se señalen, se
realizará conforme lo establezcan esta Constitución y
las leyes en la materia.
El Congreso del Estado conforme a sus
facultades, decide sobre la designación de los
magistrados, mediante el voto de las dos terceras
partes de los diputados integrantes de la Legislatura.
Si el Congreso resuelve que no procede la
designación para un nuevo período, el magistrado
cesará en sus funciones a la conclusión del período
para el que fue nombrado.
…‖
3. A través del oficio número CJE/1334/2015, de
fecha 3 de marzo de 2015, suscrito por la Maestra en
Derecho Nadia Luz María Lara Chávez, Magistrada
Presidenta del Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial del Estado de Morelos y la Secretaria General
de Acuerdos del Consejo de la Judicatura, Lic.
Yoloxóchitl García Peralta, remitió a esta Junta Política
y de Gobierno del Congreso del Estado, el
procedimiento de evaluación de la Doctora en Derecho
María Idalia Franco Zavaleta, así como las
documentales que integran el procedimiento de
evaluación CJE/PE/02-2014 que obra en siete tomos.

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