Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 04 de Marzo de 2015

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Dr. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 04 de Marzo de 2015
6a. época
5268
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y DOS.- Por el que se concede pensión
por Jubilación al C. Efraín Barboza Hinojosa.
………………………………Pág. 3
DECRETO NÚMERO DOS MIL SESENTA Y
CINCO.- Por el que se abroga el Decreto Número
Mil Trescientos Ochenta y Nueve, de fecha 27 de
mayo de 2014, publicado en el Periódico Oficial
―Tierra y Libertad‖ número 5194 el 11 de junio del
mismo año, por el que se otorga pensión por
Jubilación al C. Gerardo Casamata Gómez y, por
el que se concede Pensión por Jubilación al C.
Gerardo Casamata Gómez.
………………………………Pág. 5
DECRETO NÚMERO DOS MIL SESENTA Y
SEIS.- Por el que se modifica el artículo tercero del
Decreto Número Mil Doscientos Sesenta y Nueve
de fecha 26 de julio de 2011.
………………………………Pág. 12
DECRETO NÚMERO MIL DOSCIENTOS
SESENTA Y SIETE.- Por el que se reforma el
artículo 35, de la Ley del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 14
DECRETO NÚMERO DOS MIL SESENTA Y
OCHO.- Por el que se reforma la Ley de
Prestaciones de Seguridad Social de las
Instituciones Policiales y de Procuración de
Justicia del Sistema Estatal de Seguridad Pública.
………………………………Pág. 16
Acuerdo por el que se reforma el Acuerdo que
crea la Unidad de Información Pública y el Consejo
de Información Clasificada del Poder Legislativo
del Estado de Morelos, y se deroga el Reglamento
para la Transparencia del Acceso a la Información
Pública del Poder Legislativo del Estado de
Morelos y, se expide el Reglamento para la Unidad
de Información Pública y del Consejo de
Información Clasificada ambos del Congreso del
Estado de Morelos. ………………………………Pág. 19
Declaratoria para el efecto de que la Auditoría
Superior de Fiscalización del Congreso del Estado
de Morelos, conforme a sus facultades, continúe
con las distintas Etapas del Proceso de
Fiscalización de la Cuenta Pública de la siguiente
Entidad Fiscalizada: Municipio de Jonacatepec,
Morelos, por el período del primero de enero al
treinta y uno diciembre del año dos mil once y del
primero de enero al treinta y uno de marzo de dos
doce. ………………………………Pág. 25
Acuerdo por el que se concede licencia definitiva
al cargo de Diputado al Ciudadano David Martínez
Martínez, a partir del 16 de febrero del año 2015.
………………………………Pág. 29
PODER EJECUTIVO
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE
MORELOS
Acuerdo Número 003/2015, del Fiscal General del
Estado de Morelos, por el que se crean las
Unidades Especializadas de Investigación en
Delitos Electorales del Fuero Común, de las Zonas
Metropolitana, Oriente y Sur Poniente, para
atender e investigar los delitos en materia Electoral
en el Estado de Morelos.
………………………………Pág. 30
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 04 de Marzo de 2015
Acuerdo Número 03/2015, del Fiscal General del
Estado de Morelos, por el que crea la Unidad de
Investigación de Delitos relacionados con la
Corrupción.
………………………………Pág. 32
Acuerdo 004/2015 que crea el Protocolo para la
Atención de Mujeres Víctimas de Violencia con
Perspectiva de Género.
………………………………Pág. 34
Protocolo para la Atención de Mujeres Víctimas
de Violencia con Perspectiva de Género.
………………………………Pág. 36
Acuerdo 008/2015 del Fiscal General del Estado
de Morelos, por el cual emite el Protocolo de
Atención a Víctimas de Violencia Familiar.
………………………………Pág. 81
Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia
Familiar
………………………………Pág. 82
SECRETARÍA DE DESARROLLO
AGROPECUARIO
Reglamento de la Unidad de Información Pública
del Fideicomiso de Fomento Agropecuario del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 91
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Acuerdo de Coordinación para la ejecución del
Programa de Infraestructura Indígena que
celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo
de los Pueblos Indígenas y el Gobierno del Estado
Libre y Soberano de Morelos.
………………………………Pág. 96
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
Convenio Modificatorio al Convenio Marco de
Coordinación para Conjuntar Acciones y Recursos
en Materia de Conectividad, Contenidos y
Sistemas, que celebran por una parte, el Ejecutivo
Federal, por conducto de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y, por la otra, el
Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de
Morelos.
………………………………Pág. 102
Convenio Modificatorio al Convenio Específico de
Coordinación para Conjuntar Acciones y Recursos
para Contribuir al Desarrollo de la Red Estatal de
Educación, Salud y Gobierno, que celebran por
una parte, la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes y, por la otra, el Poder Ejecutivo del
Estado Libre y Soberano de Morelos.
………………………………Pág. 108
ORGANISMOS
SECRETARÍA DE GOBIERNO
INSTITUTO DE SERVICIOS REGISTRALES Y
CATASTRALES DEL ESTADO DE MORELOS
Condiciones Generales de Trabajo del Instituto de
Servicios Registrales y Catastrales del Estado de
Morelos.
………………………………Pág. 128
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Fe de Erratas, al Acuerdo AC/SO/2-X-2014/326.-
Por el que se autoriza al ciudadano Presidente
Municipal Constitucional de Cuernavaca, Morelos,
a suscribir en nombre y representación del
Ayuntamiento, Convenio de Coordinación con el
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos,
representado por el Secretario de Desarrollo
Sustentable; publicado en el Periódico Oficial
―Tierra y Libertad‖ número 5240, de fecha 3 de
diciembre de 2014.
………………………………Pág. 146
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEPOZTLÁN
Acta de la Sexagésima Segunda Sesión
Extraordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de
Tepoztlán, Morelos.
………………………………Pág. 147
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TLAQUILTENANGO
Presupuesto de Egresos para el Ejercicio 2015,
del Municipio de Tlaquiltenango, Morelos.
………………………………Pág. 147
OGANISMOS DE AYUNTAMIENTOS
SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE
CUERNAVACA
Resolución de Carácter General Núm: IMPUESTO
ADICIONAL SAPAC/RCG/002/2015, mediante la
que se condonan los Créditos Fiscales del 2014 y
se exime, de manera general, a los Usuarios que
estén al corriente en sus obligaciones, en los
pagos del impuesto adicional por concepto de
derechos por Suministro de Agua Potable y
Saneamiento, y la Condonación de Pago por
Multas y Recargos de Manera Permanente,
durante el Ejercicio Fiscal 2015, por los Servicios
que brinda el Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado del Municipio de Cuernavaca,
Morelos.
………………………………Pág. 170
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 172
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Decreto por el que se expide el Programa Estatal
de Acción ante el Cambio Climático de Morelos
―PEACCMOR‖.
………………………………Pág. 2
04 de Marzo de 2015 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: ―Tierra y Libertad‖.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LII Legislatura. 2012-2015.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40,DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
I.- En fecha 03 de diciembre del 2013, el C.
Efraín Barboza Hinojosa, por su propio derecho,
presentó ante este Congreso solicitud de pensión por
Jubilación, de conformidad con la hipótesis
contemplada en el artículo 16, fracción I, inciso g), de
la Ley de Prestaciones de Seguridad Social de las
Instituciones Policiales y de Procuración de Justicia
del Sistema Estatal de Seguridad Pública,
acompañando a su petición la documentación exigida
por el artículo 15, fracción I, incisos a), b) y c), del
marco legal antes mencionado, consistentes en: Acta
de nacimiento, hoja de servicios expedida por el H.
Ayuntamiento de Huitzilac, Morelos, así como hoja de
servicios y carta de certificación de remuneración
expedidas por el Poder Ejecutivo del Estado de
Morelos.
II.- Que al tenor del artículo 14, de la Ley de
Prestaciones de Seguridad Social de las Instituciones
Policiales y de Procuración de Justicia del Sistema
Estatal de Seguridad Pública vigente en la Entidad, el
pago de la pensión por Jubilación y por Cesantía en
Edad Avanzada, se generará a partir de la fecha en
que entre en vigencia el Decreto respectivo. Si el
pensionado se encuentra en activo, a partir de la
vigencia del Decreto cesará en su función. El sujeto de
la Ley que se hubiera separado de su función, antes
de la fecha de vigencia del Decreto que la otorga,
recibirá el pago de su pensión a partir del siguiente día
de su separación. Y de conformidad con los artículos
16 del mismo ordenamiento, la pensión por Jubilación
se otorgará a los sujetos de la Ley, que conforme a su
antigüedad se ubiquen en el supuesto correspondiente.
III.- Con base en los artículos 8, 47, fracción I,
inciso a), 68, primer párrafo, 105, de la Ley del
Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos
vigente a partir del 25 de agosto de 2009,
disposiciones que establecen lo siguiente:
Artículo 8.- Los integrantes de las instituciones
policiales, peritos y ministerios públicos serán
considerados personal de seguridad pública y deberán
cumplir con lo dispuesto en la fracción XV, del artículo
100 de la presente ley; por lo que se sujetarán para su
ingreso y permanencia a las evaluaciones de
certificación y control de confianza.
Artículo 47.- Las instituciones policiales en
materia de Seguridad Pública son las siguientes:
I. Estatales:
a) La Policía Preventiva, con todas las unidades
y agrupamientos que prevean sus reglamentos
respectivos.
Artículo 68.- Las relaciones jurídicas entre las
Instituciones de Seguridad Pública, el personal
conformado por los cuerpos policíacos, peritos y
ministerios públicos se regirán por el apartado B, del
artículo 123, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, la propia del Estado, la presente
Ley y demás disposiciones legales aplicables.
Artículo 105.- Las Instituciones de Seguridad
Pública deberán garantizar, al menos las prestaciones
previstas como mínimas para los trabajadores al
servicio del Estado de Morelos y generarán de
acuerdo a sus necesidades y con cargo a sus
presupuestos, una normatividad de régimen complementario
de seguridad social y
reconocimientos, de conformidad
con lo previsto en el artículo 123, apartado B, fracción
XIII, tercer párrafo, de la Constitución General.
Con fundamento en las disposiciones de la Ley
del Sistema de Seguridad Pública del Estado de
Morelos transcritas con anterioridad, y con base en los
artículos 14, 15, 16 y 24, de la Ley de Prestaciones de
Seguridad Social de las Instituciones Policiales y de
Procuración de Justicia del Sistema Estatal de
Seguridad Pública, a que se han hecho referencia en
la consideración II de la presente, es procedente
analizar la solicitud de pensión por Jubilación.
IV.- Del análisis practicado a la documentación
antes relacionada y una vez realizado el procedimiento
de investigación que establece el artículo 67, de la Ley
Orgánica para el Congreso del Estado, se comprobó
fehacientemente la antigüedad del C. Efraín Barboza
Hinojosa, por lo que se acreditan a la fecha de su
solicitud 24 años, 08 meses, 28 días, de servicio
efectivo interrumpido, ya que prestó sus servicios en el
H. Ayuntamiento de Huitzilac, Morelos, desempeñando
el cargo de: Agente de la Policía Municipal, del 01 de
enero de 1989, al 31 de mayo de 1995. En el Poder
Ejecutivo del Estado de Morelos, ha prestado sus
servicios desempeñando los cargos siguientes:

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