CESAR CAMACHO QUIROZ, GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 77 FRACCION IV Y 80 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 7 Y 8 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO, Y
C O N S I D E R A N D O.
Que de acuerdo con las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales, contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, las dependencias deberán formular y actualizar sus Reglamentos interiores a partir de las estructuras orgánicas autorizadas; he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION GENERAL DE APOYO MUNICIPAL
DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACION DE LA COORDINACION GENERAL
Cuando en estas disposiciones se refiera a la Coordinación General, se entenderá a la Coordinación General de Apoyo Municipal y Coordinador al Coordinador General de Apoyo Municipal.
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Dirección General de Desarrollo Municipal;
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Dirección General de Gestión; y
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Contraloría Interna.
El Coordinador contará con el número de asesores y órganos técnicos y administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, de acuerdo al presupuesto respectivo.
DE LAS ATRIBUCIONES DEL COORDINADOR
El estudio, planeación, trámite y resolución de los asuntos que son competencia de la Coordinación General, así como su representación, corresponden originalmente al Coordinador, quien para su mejor atención y despacho, podrá delegar sus facultades en los servidores públicos subalternos, sin perder por ello la posibilidad de su ejercicio directo, excepto aquéllas que por disposición de los Acuerdos de creación y reestructuración o de este reglamento, deban ser ejercidas en forma directa por él.
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Fijar, dirigir y controlar la política general de la Coordinación General;
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Desempeñar las comisiones y funciones especiales que el Gobernador del Estado le confiera y mantenerlo informado del desarrollo de las mismas;
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Proponer al Ejecutivo del Estado los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos y convenios, sobre los asuntos de la competencia de la Coordinación General;
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Aprobar la organización de la Coordinación General, así como los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, en coordinación con la Secretaría de Administración;
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Acordar los nombramientos de los titulares de las unidades administrativas que integran la Coordinación General;
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Celebrar convenios con los ayuntamientos de la entidad, para promover y realizar acciones que coadyuven a la profesionalización de los servidores públicos municipales;
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Establecer los lineamientos para la realización del Concurso de Desarrollo Municipal;
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Efectuar acciones para la concertación y suscripción de acuerdos y convenios de colaboración con dependencias estatales y federales, instituciones académicas, asociaciones de profesionales y otras organizaciones existentes, tendientes a promover el desarrollo municipal;
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Promover, organizar y participar en eventos de desarrollo municipal, con el propósito de detectar la problemática que enfrentan los ayuntamientos del Estado;
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Participar en la elaboración y evaluación de los planes, proyectos y programas de desarrollo municipal, promovidos por el Gobierno del Estado, en coordinación con las dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos públicos correspondientes;
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Organizar las reuniones y dar seguimiento a los acuerdos del Consejo Asesor Estatal de Desarrollo Municipal;
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Difundir los programas y proyectos de la Coordinación General, y evaluar los resultados alcanzados;
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Aprobar el Anteproyecto del Presupuesto Anual de Egresos de la Coordinación General y de las comisiones que presida, remitiéndolo a la Secretaría de Finanzas y Planeación para su revisión correspondiente;
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Presidir la Comisión Interna de Modernización y Mejoramiento Integral de la Administración Pública de la Coordinación General, así como crear e integrar las demás comisiones que sean necesarias para su buen funcionamiento;
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Determinar, con la...
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