Decreto No. 460 por El que Se Reforma el Párrafo Primero del Artículo 161 del Código Penal para El Estado de Colima

DECRETO No. 460

POR EL QUE SE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 161 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE COLIMA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.-

Que mediante oficio número 3019/012, de fecha 06 de enero de 2012, los Diputados Secretarios del H. Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto presentada por el Diputado Cicerón Alejandro Mancilla González y demás Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, así como los Diputados Alfredo Hernández Ramos y José Guillermo Rangel Lozano, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, y Olaf Presa Mendoza, Diputado Único del Partido del Trabajo, relativa a reformar el párrafo primero del artículo 161 del Código Penal para el Estado de Colima.

SEGUNDO.-

Que la Iniciativa en su exposición de motivos señala textualmente que:

 "Que mediante Decreto número 294, de fecha 30 de Abril de 2008, se aprobó el tipo penal vigente que contiene el delito de trata de personas en el artículo 161 del Código Penal para el Estado de Colima, sin que a la fecha haya sufrido modificaciones.

 Que esta Legislatura mostrando su sensibilidad ante el flagelo social que representa el delito de la trata de personas, mediante Decreto número 375 de fecha 25 de octubre de 2011, aprobó la Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas en el Estado de Colima, la cual establece las políticas públicas de prevención de este tipo penal, así como de apoyo a las víctimas del mismo.

 Que en el Informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer;(CEDAW) del 26º y 27º Periodo de sesiones de fecha 25 de Agosto del 2006, dicho Organismo Internacional formuló la siguiente recomendación al Estado Mexicano:

 "El Comité insta al Estado Parte a poner el máximo empeño en combatir la trata de mujeres y niñas, en particular mediante la pronta aprobación del proyecto de ley para prevenir y sancionar la trata de personas y el establecimiento de un calendario concreto para la armonización de las leyes a nivel estatal a fin de tipificar como delito la trata de personas conforme a lo dispuesto en los instrumentos internacionales pertinentes.

 Además, dentro de las acciones recomendadas, insta al Estado parte a promover la armonización de las legislaciones estatales con los estándares internacionales en materia de combate a la trata de personas, particularmente los establecidos en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVOEspecialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención contra la Delincuencia Organizada Trasnacional de Naciones Unidas.

 En ese sentido, tal instrumento internacional en su artículo 3, define a la trata de personas como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

 Por lo anterior, uno de los propósitos fundamentales de la presente iniciativa consiste en adaptar hasta donde sea posible, la redacción y esencia del tipo penal de trata de personas a la definición que hacen los instrumentos...

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