Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 06 de Agosto de 2014

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06 de Agosto de 2014 PERIÓDICO OFICIAL Página 2
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Reglamento de Tránsito y Vialidad para el
Municipio de Cuernavaca, Morelos.
………………………………Pág. 86
Acuerdo AC/SO/28-V-2014/277.- Por el que se
aprueba el Dictamen con Proyecto de Decreto por
el que se adiciona el artículo 132-BIS a la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Morelos.
………………………………Pág. 109
Acuerdo AC/SO/12-VI-2014/282.- Por el que se
aprueba la modificación del Reglamento de
Tránsito y Vialidad para la Zona Metropolitana del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 115
Acuerdo AC/SO/26-VI-2014/285.- Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones del
Reglamento de Aseo Urbano del Municipio de
Cuernavaca.
………………………………Pág. 116
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
JANTETELCO
Reglamento Interno de Condiciones Generales de
Trabajo para el H. Ayuntamiento Constitucional del
Municipio de Jantetelco, Morelos. 2013-2015.
………………………………Pág. 118
Reglamento Interno de la Dirección de Seguridad
Pública Municipal.
………………………………Pág. 121
Bando de Policía y Gobierno del Municipio de
Jantetelco, Morelos.
………………………………Pág. 133
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 159
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE HACIENDA
Segundo Reporte Trimestral del Ejercicio Fiscal
2014, concerniente a los Recursos Federales
Transferidos a Entidades Federativas. (1ra. Parte).
………………………………Pág. 2
TERCERA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
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SECRETARÍA DE HACIENDA
Segundo Reporte Trimestral del Ejercicio Fiscal
2014, concerniente a los Recursos Federales
Transferidos a Entidades Federativas. (2da.
Parte).
………………………………Pág. 2
CUARTA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE HACIENDA
Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario y
Acuícola de Morelos 2013-2018.
………………………………Pág. 2
QUINTA SECCIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
JIUTEPEC
Reglamento para la prevención y combate al
Abuso de Bebidas Alcohólicas y de regulación
para su venta y consumo en el Municipio de
Jiutepec, Morelos.
………………………………Pág. 2
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TLALNEPANTLA
Plan Municipal de Desarrollo 2013-2015, de
Tlalnepantla, Morelos.
………………………………Pág. 22
06 de Agosto de 2014 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LII Legislatura. 2012-2015.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA
QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE
LE OTORGA LA FRACCIÓN V, DEL ARTÍCULO 56,
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, Y AL TENOR
DE LOS SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
Conforme a la teoría de la división de poderes,
éstos deben tener presencia y actividad permanente
para cumplir las funciones que la sociedad le ha
conferido al Estado, a través de los poderes públicos.
Esta permanencia es el medio para lograr el equilibrio
de éstos, mediante la continuidad y colaboración entre
los poderes de nuestro Estado.
En este sentido, el Poder Legislativo se deposita
en una Asamblea que se denomina Congreso del
Estado de Morelos, de acuerdo con el artículo 24, de
la Constitución Política del Estado, la cual para
desarrollar sus funciones de manera específica tiene
cada año dos períodos de Sesiones Ordinarias, el
primero que inicia el 1 de septiembre y termina el 15
de diciembre y el segundo que empezará el 1 de
febrero y concluye el 15 de julio, sesiones que son
presididas por la Mesa Directiva que actúa
coordinando los trabajos legislativos del Pleno.
Al término de los períodos de sesiones de
ejercicio constitucional, de acuerdo a lo que establece
la Constitución Política del Estado de Morelos, existe
una Comisión que representa al Congreso del Estado,
durante los recesos de éste, la cual funge como
representante del Poder Legislativo del Estado de
Morelos, denominada Diputación Permanente del
Congreso del Estado de Morelos.
Es así que en nuestra Entidad el artículo 53, de
la Constitución Política Local dispone:
Artículo 53.- Durante los recesos del Congreso,
habrá una diputación permanente integrada por cinco
diputados, que serán los cuatro que conformen la
mesa directiva del Congreso de ese período, más un
diputado designado por el pleno, por lo menos treinta
días antes de la clausura del período ordinario
correspondiente; se instalará el mismo día de la
clausura durará el tiempo de receso aun cuando haya
sesiones extraordinarias.
Ahora bien, de acuerdo a las facultades de la
Diputación Permanente, previstas en el artículo 56,
fracción V, inciso a), de la Constitución Política del
Estado de Morelos, es atribución de la Diputación
Permanente convocar al Congreso a períodos
extraordinarios de sesiones cuando a su juicio lo exija
el interés público.
En correlación con lo anterior, el artículo 41, del
Reglamento para el Congreso del Estado establece
que la Diputación Permanente tiene la facultad de
convocar a Sesiones Extraordinarias, por la urgencia,
gravedad o conveniencia de los asuntos que las
motiven en términos de la Constitución y de la Ley,
cuando a su juicio lo exija el interés público y se
ocupará exclusivamente de los asuntos de la
Convocatoria respectiva.
Expuesto lo anterior, esta Diputación
Permanente hace la precisión que se encuentra
facultada para convocar a Sesión Extraordinaria y que
dadas las circunstancias que prevalecieron en la
última Sesión Ordinaria del Congreso, en las que por
no reunirse la votación requerida no fue posible
cumplir con lo señalado en el artículo 28, del
Reglamento del Congreso del Estado, a efecto de
elegir a los integrantes de la Mesa Directiva del
Congreso que fungirán durante el tercer año de
ejercicio constitucional, es asunto de interés público
convocar a un período extraordinario de sesiones con
el fin de que el Pleno proceda a la designación de la
Mesa Directiva del Congreso que entrará en funciones
a partir del primero de septiembre de 2014.
La integración de la Mesa Directiva que entrará
en funciones a partir del inicio del tercer año de
ejercicio constitucional es un asunto de interés público,
en virtud de que la representación de un Poder
Público, en este caso el Poder Legislativo, no puede
quedar acéfalo, pues se trata de la representación de
un Poder del Estado, cuyo Presidente es el
representante del Poder Legislativo ante los otros
Poderes del Estado.
La elección de este órgano primordial de suma
importancia e interés público para la sociedad, ya que
de esta manera se dará continuidad a un órgano del
Estado, satisfaciendo de esta manera las necesidades
de la colectividad, ya que los ciudadanos requieren
que el Poder Legislativo se integre y se conduzca
conforme a la Constitución y las leyes que lo rigen,
dando atención y solución a sus demandas, por lo que
es urgente e imprescindible convocar a un período
extraordinario para elegir a quienes van a conducir
este órgano durante el tercer año de ejercicio
constitucional.
Por otra parte, el próximo año es el Aniversario
doscientos cincuenta del Natalicio de Don José María
Morelos y Pavón y el Bicentenario de su muerte. El
Estado de Morelos lleva orgullosamente su nombre,
por lo que para conmemorar este acontecimiento y
fortalecer la conciencia histórica de nuestra Entidad,
se considera necesario y de suma importancia para
quienes vivimos en ella, rememorar estos
acontecimientos rindiéndole homenaje mediante un
programa que se realice durante este año.
En este sentido, se propone que en el período
extraordinario el Pleno conozca y apruebe, la Iniciativa
por la cual se declare el año 2015 como Año del
Generalísimo José Ma. Morelos y Pavón, así como la
creación de una Comisión Especial Organizadora del
Congreso para este fin.

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