Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 24 de Junio de 2014 (Tercera Sección)

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PERIÓ DICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLIX Morelia, Mich., Martes 24 de Junio de 2014 NUM. 73
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador del Estado
de Michoacán de Ocampo
Dr. Salvador Jara Guerrero
Secretario de Gobierno
Lic. Marco Vinicio Aguilera Garibay
Directora del Periódico Oficial
María Isabel Luna Marín
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 14 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: María Isabel Luna Marín
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
MORELIA, MICHOACÁN
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA EL
DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
CIUDADANOS MIEMBROS DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE MORELIA, MICHOACÁN
P R E S E N T E S.
Profr. Wilfrido Lázaro Medina, Presidente Municipal de Morelia, en ejercicio de
las atribuciones que me confieren los artículos 115 fracción II de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 15, 123, fracciones I y IV de la
inciso a) fracción XIII, 49 fracciones II y XVII, 145, 146, 147, 148 y 149 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; 47, 48, 49, 52 y 53
fracción I del Bando de Gobierno Municipal de Morelia; 29 y 30 del Reglamento
Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento de
Morelia y; 4 fracción I y 9° del Acuerdo por el que se establecen Criterios y
Lineamientos en el Proceso de Elaboración, Aprobación, Expedición, Reforma y
Difusión de los Bandos, Reglamentos, Acuerdos, Circulares y demás
Disposiciones Administrativas del Honorable Ayuntamiento Constitucional de
Morelia, me permito someter a la consideración de ustedes, la presente
INICIATIVA DE REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA EL
DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 115 fracción II párrafo segundo de la Ley Fundamental del país, confiere
a los ayuntamientos la facultad de "aprobar, de acuerdo con las leyes en materia
municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de
policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas
de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen
la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

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