Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 04 de Diciembre de 2013

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Ing. Jorge Vicente Messeguer Guiln
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 04 de Diciembre de 2013
6a. época
5145
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO MIL VENTIDÓS.- Por el que
se concede pensión por Cesantía en Edad
Avanzada al C. Francisco León Guzmán.
………………………………Pág. 3
DECRETO NÚMERO MIL VEINTITRÉS.- Por el
que se concede pensión por Cesantía en Edad
Avanzada al C. José Luis Arquieta Lagunas.
………………………………Pág. 4
DECRETO NÚMERO MIL VEINTICUATRO.- Por
el que se concede pensión por Jubilación al C.
José del Pilar Maximino Hernández Camacho.
………………………………Pág. 5
DECRETO NÚMERO MIL VEINTICINCO.- Por el
que se concede pensión por Jubilación a la C.
Juana Esther Hernández Reyes.
………………………………Pág. 7
DECRETO NÚMERO MIL VEINTISÉIS.- Por el
que se concede pensión por Jubilación a la C.
Hipólita Lara Peña.
………………………………Pág. 8
DECRETO NÚMERO MIL VEINTISIETE.- Por el
que se concede pensión por Invalidez al C. Arturo
Iglecias Rojas.
………………………………Pág. 9
DECRETO NÚMERO MIL VEINTIOCHO.- Por el
que se concede pensión por Invalidez al C.
Antonio Pavón Oropeza.
………………………………Pág. 10
DECRETO NÚMERO MIL VEINTINUEVE.- Por el
que se concede pensión por Invalidez al C. Miguel
Ortiz Bahena.
………………………………Pág. 12
DECRETO NÚMERO MIL TREINTA.- Po9r el que
se concede pensión por Invalidez a la C. María
Eugenia Quinto Villalobos.
………………………………Pág. 13
DECRETO NÚMERO MIL TREINTA Y UNO.- Por
el que se concede pensión por Jubilación a la C.
Josefina Ocampo Vázquez.
………………………………Pág. 15
DECRETO NÚMERO MIL TREINTA Y DOS.- Por
el que se concede pensión por Jubilación al C.
José Luis Flores Aguirre.
………………………………Pág. 16
DECRETO NÚMERO MIL TREINTA Y TRES.- Por
el que se concede pensión por Jubilación a la C.
Lina Yolanda Barragán Chávez.
………………………………Pág. 17
DECRETO NÚMERO MIL TREINTA Y CUATRO.-
Por el que se concede pensión por Jubilación a la
C. Laura Madrigal Barrios.
………………………………Pág. 18
DECRETO NÚMERO MIL TREINTA Y CINCO.-
Por el que se concede pensión por Jubilación a la
C. Armida Olga Lidia Díaz Gómez.
………………………………Pág. 19
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 04 de Diciembre de 2013
DECRETO NÚMERO MIL TREINTA Y SEIS.- Por
el que se concede pensión por Viudez y Orfandad
a la C. Xóchitl Kempis Robles por propio derecho y
en representación de sus descendientes Ángel
Sanyey y Alba Estrella de apellidos Díaz Ceballos
Kempis.
………………………………Pág. 20
ACUERDO.- Por el que se designa al Quinto
Diputado y Tres Diputados Suplentes para integrar
la Diputación Permanente, que estará en
funciones durante el Primer Receso, del Primer
Período Ordinario de Sesiones del Segundo Año
de Ejercicio Constitucional de la Quincuagésima
Segunda Legislatura del Congreso del Estado de
Morelos.
………………………………Pág. 22
ACUERDO.- Por el que se autoriza a la Presidenta
Municipal de Jiutepec, la prórroga para la
presentación de su Iniciativa de Ley de Ingresos
para el Ejercicio Fiscal 2014.
………………………………Pág. 23
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
Resultados del Proceso de Evaluación del Sistema
Estatal de Investigadores 2013.
………………………………Pág. 25
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE AYALA
Extracto del Acta No. 026, de la Sesión Pública
Extraordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento
Constitucional del Histórico Municipio de Ayala,
Morelos; celebrada el día lunes catorce de octubre
de dos mil trece.
………………………………Pág. 36
Edicto de Remate por el cual se convoca a
Postores y a las Personas que se crean con
derechos sobre los mismos, al remate de los
inmuebles ubicados en el Municipio de Ayala,
Morelos.
………………………………Pág. 37
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo AC/SE/13-IX-2013/154.- Que declara
válidas las elecciones de los Consejos de
Participación Social del Municipio de Cuernavaca,
Morelos, celebradas en el mes de agosto del año
dos mil trece.
………………………………Pág. 39
Acuerdo AC/SE/13-IX-2013/155.- Por el que se
autoriza al Presidente Municipal Constitucional de
Cuernavaca, Morelos, a suscribir en nombre y
representación del Ayuntamiento, Convenio de
Colaboración con la persona jurídica Publitop de
Occidente”, S.A. DE C.V.
………………………………Pág. 68
Acuerdo AC/SE/1-X-2013/163.- Que autoriza al
ciudadano Jorge Morales Barud, Presidente
Municipal Constitucional de Cuernavaca, Morelos,
a suscribir en nombre y representación del
Ayuntamiento, Convenio de Coordinación e
instrumentos necesarios con la Comisión Nacional
del Deporte y con el Poder Ejecutivo del Gobierno
del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 70
Acuerdo AC/SO/3-X-2013/165.- Que autoriza al
ciudadano Jorge Morales Barud, Presidente
Municipal Constitucional de Cuernavaca, a
suscribir en nombre y representación del
Ayuntamiento, Convenio de Coordinación y
Colaboración con el Registro Agrario Nacional
(RAN).
………………………………Pág. 72
Acuerdo AC/SE/10-X-2013/166.- Por medio del
cual se aprueba el Corte de Caja del Municipio de
Cuernavaca, correspondiente al mes de
septiembre del año 2013.
………………………………Pág. 74
Acuerdo AC/SE/10-X-2013/167.- Que autoriza al
Presidente Municipal Constitucional de
Cuernavaca, Morelos, a suscribir en nombre y
representación del Ayuntamiento, Convenio de
Colaboración con la persona jurídica denominada
“Redes Latinas”, S.A. DE C.V.
………………………………Pág. 75
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEMIXCO
Edicto de Remate por el cual se convoca a
Postores y a las Personas que se crean con
derechos sobre los mismos, al rematede los
inmuebles ubicados en el Municipio de Temixco,
Morelos.
………………………………Pág. 77
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
XOCHITEPEC
Edicto de Remate por el cual se convoca a
Postores y a las Personas que se crean con
derechos sobre los mismos, al remate de los
inmuebles ubicados en el Municipio de Xochitepec,
Morelos.
………………………………Pág. 78
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 79
04 de Diciembre de 2013 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos. Poder
Legislativo.- LII Legislatura.- 2012-2015.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA SEG UNDA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
I.- Mediante escrito presentado en fecha 03 de
junio del 2013, ante este Congreso del Estado, el C.
Francisco León Guzmán, por su propio derecho,
solicitó de esta Soberanía le sea otorgada pensión por
Cesantía en Edad Avanzada, acompañando a su
solicitud los documentos a que se refiere el artículo 57,
apartado A), fracciones I, II, y III, de la Ley del Servicio
Civil del Estado, como lo son: Acta de nacimiento, hoja
de servicios expedida por el Poder Ejecutivo del
Estado de Morelos, Poder Legislativo del Estado de
Morelos, así como hoja de servicios y carta de
certificación de salario expedidas por el H.
Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos.
II.- Que al tenor del artículo 56, de la Ley del
Servicio Civil vigente en la Entidad, la pensión por
Cesantía en Edad Avanzada, se generará a partir de
la fecha en que entre en vigencia el Decreto
respectivo. Si el pensionado se encuentra en activo, a
partir de la vigencia del Decreto cesarán los efectos de
su nombramiento. El trabajador que se hubiere
separado justificada o injustificadamente de su fuente
de empleo, antes de la fecha de vigencia del Decreto
que la otorga, recibirá el pago de su pensión a partir
del siguiente día de su separación. Y con fundamento
en el artículo 59, de la Ley del Servicio Civil, la
pensión por Cesantía en Edad Avanzada, se otorgará
al trabajador que habiendo cumplido cuando menos
cincuenta y cinco años de edad y un mínimo de diez
años de servicio, se ubique en el supuesto
correspondiente, el monto será de acuerdo a su último
salario y al porcentaje que por los años de servicio le
corresponda, según lo establece el artículo de
referencia.
III.- En el caso que se estudia, el C. Francisco
León Guzmán, prestó sus servicios en el Poder
Ejecutivo del Estado de Morelos, habiendo desempeñado
los cargos siguientes: Director
Regional, en la Dirección
de Turismo de la Secretaría General de Gobierno, del
22 de septiembre de 1982, al 15 de marzo de 1983;
Oficial Mayor, del 16 de marzo de 1983, al 11 de abril
de 1984; Secretario de Fomento del Empleo en el
Estado, del 12 de abril de 1984, al 16 de mayo de
1988; Coordinador COPLADE, en la Subsecretaría de
Fomento del Empleo, del 17 de mayo de 1988, al 28
de febrero de 1990; Coordinador de Obras Públicas,
en la Secretaría General de Gobierno, del 01 de
marzo, al 30 de junio de 1990;Director General, en la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, del
01 de julio, al 20 de diciembre de 1990; Director
General, en la Dirección General de Manejo de
Desechos Sólidos de la Secretaría de Desarrollo
Ambiental, del 16 de junio de 1997, al 15 de julio de
1998; Subdirector, en la Coordinación General de
Control Administrativo de la Procuraduría General de
Justicia, del 01 de noviembre de 1998, al 30 de abril
de 1999. En el Poder Legislativo del Estado de
Morelos, prestó sus servicios desempeñando los
cargos siguientes: Asesor, adscrito a la Coordinación
del Grupo Parlamentario del P.R.I., del 01 de
septiembre del 2002, al 28 de febrero del 2003;
Asesor, adscrito a la Comisión de Educación y Cultura,
del 01 de marzo, al 31 de agosto del 2007. En el H.
Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, ha prestado
sus servicios desempeñando el cargo de: Director de
Área, en la Dirección de Fomento a la Inversión, del 16
de enero, al 24 de mayo del 2013, fecha en la que fue
expedida la constancia de referencia.
Una vez realizado el procedimiento de
Investigación que establece el artículo 67 de la Ley
Orgánica para el Congreso del Estado, se comprobó
fehacientemente la antigüedad del trabajador y se
acreditan 11 años, 02 meses, 01 día de antigüedad de
servicio efectivo de trabajo interrumpido y 70 años de
edad, ya que nació el 09 de marzo de 1943, en
consecuencia, se estima que se encuentran
plenamente
satisfechos los requisitos previstos en el artículo 59,
inciso b), del marco jurídico antes invocado.
Por lo anteriormente expuesto, esta Legislatura
ha tenido a bien expedir el siguiente:

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