Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 13 de Junio de 2013 (Sección Primera)

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., jueves 13 de junio de 2013
Tomo CXCV
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 450
No. 112
SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
SUMARIO:
AUTORIZACION SSC1013/13-05/11-Vi-SP-RA, EXPEDIDA A FAVOR DE
LA EMPRESA "SERVICIOS INDUSTRIALES E INSTITUCIONALES,
S.A. DE C.V.".
AVISOS JUDICIALES: 385-B I, 386-B I, 387-B I, 2341, 2344, 2333, 2332,
2331, 2330, 383-131, 2472, 2336, 382-131, 384-B I, 2501, 2502
,
414-B1
,
,
2482, 2479, 2488, 2487, 2490, 2338, 2466, 2467, 2469, 2470, 656-A 1 ,
2471, 2593, 693-A1, 2614, 2465, 408-B1
y 429
-
B I .
AVISOS ADMINISTRATIVOS
Y GENERALES: 673-Al, 692-A 1 , 2525,
2524, 2538, 2535, 2536, 2597, 2483, 664-A I, 2498, 2493, 2537, 689-A 1 ,
672-A 1 y 363-B1.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
SSC
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
SLG(.11,,AD
CIUDADANA
Folio No. 128
SSC/002-014113-0 I /SP-FtA
SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 15, 19 fracción II y 21 bis
fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 5 fracción 1, 7 fracciones II y VI y 10 de la Ley de
Seguridad Privada del Estado de México; 7, fracciones XX, XXI y XXIV del Reglamento Interior de la Agencia de Seguridad Estatal,
Quinto Transitorio del Decreto número 359 de la LVII Legislatura de esta Entidad Federativa, publicado en la Gaceta del Gobierno del
Estado de México, de fecha 18 de octubre del 2011; se otorga la
autorización SSC/0 I 3113-05/11-VI-SP-RA,
para la prestación de
servicios de seguridad privada, dentro del territorio del Estado de México, a la persona jurídico colectiva denominada:
"SERVICIOS INDUSTRIALES E INSTITUCIONALES, S.A. DE C.V."
Modalidades: Seguridad Privada en los Bienes y Actividad Vinculada con los Servicios de Seguridad
Privada.
Vigencia al 15 de Mayo de 2015
No omitiendo señalar que la presente autorización que se otorga será personal, inalienable, intransferible e inembargable, y contendrá la modalidad que
se autoriza y condiciones a que se sujeta la prestación del servicio; la vigencia será de dos años, y podrá ser revalidada por el mismo tiempo. La
autorización o revalidación que se otorga al Prestador del Servicio, quedará sujeta a las obligaciones establecidas en la Ley de Seguridad Privada del
Estado de México, así como al cumplimiento de otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
El Secretario de Seguridad
Ciudadana
Salvador J. Neme Sastré
(Rúbrica).
Página 2
G A C E
TA
BEL GOBIERNO
13 de junio de 2013
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-IXTAPALUCA
EDICTO
ANTONIO RIVERA RAMIREZ.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha 25
veinticinco de abril del año dos mil trece, dictado en el expediente
número 19/2013, que se ventila en el Juzgado Segundo Civil de
Primera Instancia del Distrito Judicial de Chalco, con residencia
en Ixtapaluca, Estado de México, relativo al Juicio de Nulidad,
promovido Por JOSE FELIX GOMEZ RAMOS en contra de IRMA
RIVERA AVILA, demandando: a) La Nulidad del Juicio Ordinario
Civil sobre Usucapión promovido por la ahora demandada IRMA
RIVERA A ILA en contra de mi poderdante JOSE FELIX GOMEZ
RAMOS, t amitado ante el Juzgado Segundo Civil de Primera
Instancia el Distrito Judicial de Chalco, con residencia en
Ixtapaluca,l Estado de México, bajo el expediente 207/2001, en
relación al inmueble ubicado en zona 07, manzana 2, lote 22,
perteneciente al Ex Ejido de Tlapacoya I, que se localiza en la
Avenida Niños Héroes, Colonia Alfredo del Mazo, Municipio de
Ixtapaluca, Estado de México, por haberse llevado de forma
fraudulent b) Como consecuencia de lo anterior de nulidad del
Título de ropiedad que se encuentra inscrito en el Instituto de la
Función R gistral del Estado de México, en la Oficina Registra! de
Chalco, e el folio real electrónico número 00019402. c) La
cancelació de la Inscripción del Título de Propiedad de la ahora
demandad IRMA RIVERA AVILA, inscrito en el Instituto de la
Función R gistral del Estado de México, en la Oficina Registral de
Chalco,
en
el folio real electrónico número 00019402. d) La
nulidad absoluta del contrato de compraventa de fecha 10 de
enero de 1995, del inmueble ubicado en zona 07, manzana 2, lote
22,
perteneciente al Ex
Ejido de Tlapacoya I, que se localiza en la
Avenida Niños Héroes, Colonia Alfredo del Mazo, Municipio de
ixtapaluca, Estado de México, donde funge como vendedor el
señor ANTONIO RIVERA RAMIREZ y como compradora la
señora IRMA RIVERA AVILA, en virtud de que dicho inmueble no
es propiedad del vendedor si no de mi poderdante únicamente se
pueden vender bienes que sean de propiedad del titular del bien.
e) La restitución que deberán hacer la ahora demandada respecto
del inmueble ubicado en zona 07, manzana 2, lote 22,
perteneciente al Ex Ejido de Tlapacoya I, que se localiza en la
Avenida Niños Héroes, Colonia Alfredo del Mazo, Municipio de
lxtapaluca, Estado de México, con una superficie de 290.00
metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias; al
noreste: 09.65 metros con Avenida Niños Héroes (antes calle sin
nombre); al sureste: 30.10 metros con lote 1, al suroeste: 09.51
metros con lote 2; al noroeste: 30.50 metros con lote 21. f) El
pago de gastos y costas que se originen con motivo del presente
juicio hasta su total terminación.
Publíquese por tres veces de siete
en siete días en
un
periódico de mayor circulación diaria de este Municipio, en la
GACETA DEL GOBIERNO de la Entidad, y en el Boletín Judicial.
En, cumplimiento al auto de fecha 25 veinticinco de abril
del año dos mil trece. Expedido en lxtapaluca, Estado de México,
a los quince días del mes de mayo del año dos mil trece.-Doy fe.-
Primer Secretario de Acuerdos, Licenciado Javier Olivares
Castillo.-Rúbrica.
385-B1.-24 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
MARIA DEL CARMEN ALMANZA PEREZ y DESARROLLO
URBANO DE ARAGON SOCIEDAD ANONIMA.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha seis de
mayo de dos mil trece, dictado en el expediente número 47/2013,
relativo al Juicio Ordinario Civil Usucapión, promovido por
YOLANDA ROCHA ZEPEDA en contra de MARIA DEL CARMEN
ALMANZA PEREZ
y DESARROLLO URBANO DE ARAGON
SOCIEDAD ANONIMA, se hace de su conocimiento que se
expide el presente edicto para notificarles que la parte actora les
ha demandado la acción de usucapión, respecto del lote de
terreno número 30-E, de la manzana 21, ubicado en la calle Plaza
Miravalle, Esquina Plaza de las Tres Culturas, del
Fraccionamiento Plazas de Aragón, Municipio de Nezahualcóyotl,
Estado de México, que cuenta con una superficie total de 159.14
metros cuadrados y las medidas y colindancias siguientes: al
norte: 16.00 metros, colinda con lote 29; al sur: 14.00 metros.,
colinda con calle Plaza Miravalle; al oriente: 8.00 metros, colinda
con Avenida Plaza de las Tres Culturas; y al poniente: 10.00
metros, colinda con lote 31; inmueble del que la actora refiere
haber adquirido de MARIA DEL CARMEN ALMANZA PEREZ,
mediante contrato de compra venta en fecha veintiuno de julio de
1997, y aduce que desde entonces a la fecha ha detentado la
posesión de ese bien en compañía de su familia, en concepto de
propietario, en forma pacífica, pública, continua y de buena fe;
ejerciendo actos de dominio pagando todos y cada uno de los
impuestos que genera el mismo, además de realizar todas y cada
una de las mejoras que actualmente presenta y que dicho
inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio, a nombre de DESARROLLO URBANO
DE ARAGON, S.A. Luego, tomando en cuenta que se
desconocen sus domicilios actuales, entonces como parte
demandada se les emplaza a juicio por medio de edictos,
haciéndoles saber que deberán de presentarse a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente
al en que surta efectos la última publicación, con el
apercibimiento que en caso de no comparecer a dar contestación
a la instaurada en su contra, por sí o por apoderado legal que les
represente, entonces se seguirá el juicio en su rebeldía;
haciéndoles las posteriores notificaciones conforme lo dispone el
entidad.
Publíquese el presente por tres veces, de siete en siete
días, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en
el periódico Rapsoda en esta Ciudad, y en el Boletín Judicial;
además deberá fijarse una copia íntegra del respectivo proveído,
en la puerta de este Tribunal, por todo el tiempo del
emplazamiento. Expedido en Nezahualcóyotl, Estado de México,
a los quince días del mes de mayo del año dos mil trece.-Doy fe.-
Validación fecha del acuerdo que ordena la publicación 06 de
mayo de 2013.-Nombre, cargo y firma del funcionario que expide
el edicto, Secretario de Acuerdos, Lic. Ana María de la Cruz
Trejo.-Rúbrica.
386-B1.-24 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS S.A., se hace de su conocimiento que el C. MANUEL
REFUGIO PABLO SANTIAGO, denuncio ante este Juzgado bajo
el número de expediente 703/2011, el Juicio Ordinario Civil

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