Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 23 de Abril de 2013 (Sección Primera)

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., martes 23 de abril de 2013
Tomo CXCV
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
No. 76
! ACUERDO DE COORDINACION DE OBRA POR ENCARGO PARA LA
SUMARIO:
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ACUERDO DE COORDINACION DE OBRA POR ENCARGO PARA LA
REALIZACION DE LA "5' ETAPA DEL PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO
AL
CORREDOR
TURISTICO
TEOTIHUACAN" ACOLMAN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE,
EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO, POR CONDUCTO DE
LA SECRETARIA DE TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU
TITULAR M. EN D. F. ROSALINDA ELIZABETH BENITEZ
GONZALEZ, CON LA INTERVENCION DEL LIC. RENE OSCAR
ORTEGA MARIN, COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y POR
OTRA PARTE, EL H. AYUNTAMIENTO DE ACOLMAN, ESTADO
DE MEXICO, EN LO SUCESIVO "EL H. AYUNTAMIENTO",
REALIZACION DEL PROGRAMA DE DESARROLLO TURISTICO
EN MUNICIPIOS DE LA "RUTA DE SOR JUANA", AMECAMECA,
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO
DE MEXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE
TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA
SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR M. EN D. F.
ROSALINDA ELIZABETH BENITEZ GONZALEZ, CON LA
INTERVENCION DEL LIC. RENE OSCAR ORTEGA MARIN,
COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y POR OTRA PARTE, EL H.
AYUNTAMIENTO DE AMECAMECA, ESTADO DE MEXICO, EN
LO SUCESIVO "EL H. AYUNTAMIENTO", REPRESENTADO POR
SU PRESIDENTE MUNICIPAL POR MINISTERIO DE LEY, C. JAER
HUGO BANDA ROBLES, CON LA INTERVENCION DEL
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, C. FERNANDO JUAREZ
VAZQUEZ; DEL SINDICO MUNICIPAL, LIC. JEANY FERNANDEZ
JIMENEZ; DE LA TESORERO L.C. RAQUEL VALENCIA ZUÑIGA Y
CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES
DENOMINARA "LAS PARTES".
REPRESENTADO
POR
SU
PRESIDENTE
MUNICIPAL !
CONSTITUCIONAL, C. ROBERTO SANCHEZ CAMPOS, CON LA
AVISOS JUDICIALES: 1784, 1780, 1663, 063-CI, 1505, 1511, 1512, 1507,
INTERVENCION DEL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA
1662, 1755, 1646, 1694, 244-B1, 245-B1, 246-B1, 247-B1, 1673, 1691,
SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO LIC. CARLOS CARDENAS
1692, 1680, 1683, 1684, 1678, 1686, 1649, 1650, 1651, 1647, 425-Al,
VAZQUEZ; DEL SINDICO MUNICIPAL, C. RAUL MARTINEZ
1648, 234-B I, 1666, 1664
y
433-Al.
PINEDA Y LA ENCARGADA DE DESPACHO DE LA TESORERIA
MUNICIPAL, C. NELLY CASTRO PEREZ Y CUANDO ACTUEN DE
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1758, 462-A 1 , 1698, 1772,
MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES".
1768, 1783, 1786, 242-BI, 1681, 1677, 1682, 438-A1, 435-Al
y
449-A1.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
GOBIERNO DEL
eA
R.:
ESTADO DE MÉXICO
enGRANDE
ACUERDO DE COORDINACIÓN DE OBRA POR ENCARGO PARA LA REALIZACIÓN DE LA "5
2
ETAPA DEL PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO AL CORREDOR TURÍSTICO TEOTIHUACÁN" ACOLMAN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR SU TITULAR M. EN D. F. ROSALINDA ELIZABETH BENÍTEZ GONZÁLEZ, CON LA
INTERVENCIÓN DEL LIC. RENÉ OSCAR ORTEGA MARÍN, COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y POR OTRA PARTE, EL H.
AYUNTAMIENTO DE ACOLMAN, ESTADO DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "EL H. AYUNTAMIENTO", REPRESENTADO POR SU
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, C. ROBERTO SÁNCHEZ CAMPOS, CON LA INTERVENCIÓN DEL ENCARGADO DE
DESPACHO DE LA SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO LIC. CARLOS CÁRDENAS VÁZQUEZ; DEL SÍNDICO MUNICIPAL, C.
RAÚL MARTÍNEZ PINEDA Y LA ENCARGADA DE DESPACHO DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, C. NELLY CASTRO PÉREZ Y
CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES"; AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.
En el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, se identificaron las áreas de atención prioritaria y los anhelos sociales
más urgentes, estructurando el Plan de Desarrollo en tres grandes pilares: Gobierno Solidario, Estado Progresista y Sociedad
Protegida.
Página 2
GACETA
IIDEL G4=1.131E12~4=1*
23 de abril de 2013
Así mismo, el Pilar 1: Gobierno Solidario, considera como un factor importante promover actividades de turismo alternativo en las
zonas rurales de la entidad, así como ocasionar que la derrama económica del turismo beneficie a pequeñas empresas, grupos
sociales y artesanos.
II.
El propio Plan en el Pilar 2: Estado Progresista, señala que existen sectores en el Estado de México con potencial de crecimiento en
su productividad, que tienen gran relevancia porque generan empleos y, en algunos casos promueven una derrama económica en
zonas alejadas de los grandes centros productivos, siendo unos de ellos el sector turístico.
Para cumplir con este objetivo se diseñó como estrategia dentro del Plan el posicionar al Estado de México como uno de los
principales destinos turísticos sin costa del país, impulsando el turismo de negocios, cultura, deportivo y ecológico e impulsar el
desarrollo de los corredores turísticos de Sor Juana y Teotihuacán.
III.
Así mismo dentro de las líneas de acción de una Gestión Gubernamental Distintiva, el plan establece como objetivo número 1
consolidarse como un Gobierno municipalista, para lo cual será necesario coordinar acciones entre los diferentes niveles de
gobierno y actores gubernamentales, para así colaborar con los Municipios en programas de imagen urbana y de colaboración en
políticas de uso y ordenamiento de la tierra.
IV.
Que uno de los objetivos de
"LA SECRETARÍA"
es planear, dirigir y evaluar los asuntos en materia de turismo, mediante el
adecuado aprovechamiento de los recursos, que contribuyan a impulsar y elevar la cantidad y calidad de la oferta turística
generadas en la entidad.
V.
Que con fecha 30 de marzo de 2012,
"LA SECRETARÍA"
suscribió con la Secretaría de Turismo del Gobierno Federal, un
Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos en el que se prevé, entre otros, la asignación y ejercicio de los
recursos reasignados por la Federación para el desarrollo turístico del Estado de México.
VI.
Entre los proyectos a apoyar comprendidos en el anexo uno del Convenio señalado en la declaración anterior, se encuentra el
denominado "5
2
Etapa del Programa de Fortalecimiento al Corredor Turístico Teotihuacán" Acolman.
VII.
Es deseo y voluntad de
"LA SECRETARÍA"
ejecutar por conducto de
"EL H. AYUNTAMIENTO"
una obra por encargo y bajo la
responsabilidad de éste, conforme a los términos plasmados a las clausulas correspondientes de presente instrumento legal.
DECLARACIONES
I.
DE "LA SECRETARÍA"
1.1
Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Estatal a la que le corresponde regular, promover y fomentar el desarrollo turístico
y artesanal del Estado, en términos de lo dispuesto por los artículos 19 fracción XII y 36 Bis de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México, 1.4, 1.5 fracción VI, 1.38 y 1.40 del Código Administrativo del Estado de México.
1.2
Que a través de su Titular, M. en D. F. Rosalinda Elizabeth Benítez González, nombrada por el C. Gobernador Constitucional
del Estado de México de fecha 09 de Abril de 2012, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 4.4 fracción II y 4.5 Bis fracción I, V, VI, VII, del Código Administrativo del
Estado de México, 15 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 5 y 6 fracciones IX y XVIII del
Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y Desarrollo Artesanal.
1.3
Que el Titular de la Coordinación Administrativa de la Secretaría de Turismo, tiene atribuciones para suscribir el presente
instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y
Desarrollo Artesanal y el numeral 225002000 del Manual General de Organización de la Secretaría de Turismo.
II.
DE "EL H. AYUNTAMIENTO"
11.1
Que está investido de personalidad jurídica, en términos de los artículos 115 fracción II y IV de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 112
,
y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y los artículos 1 y 3 de
la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
11.2
Que el H. Ayuntamiento es un cuerpo colegiado de elección popular directa, encargado de administrar y gobernar al Municipio y
a la Hacienda Pública Municipal, de conformidad con los artículos 115 fracción I, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 113, 114, 116, 122 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 1, 2, 15 y 31
fracción VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
11.3
Que en fecha 18 de Agosto del dos mil nueve, quedó instalado legalmente el H. Ayuntamiento Constitucional Acolman, Estado
de México, para el período comprendido desde esa fecha y hasta el treinta y uno de diciembre del dos mil doce.
11.4
Que el C. Roberto Sánchez Campos, en su calidad de Presidente Municipal Constitucional, cuenta con las facultades para
celebrar el presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 117 y 128 fracción V de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de México y 48 fracciones IV y VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
11.5
El 18 de agosto de 2009, el C. Raúl Martínez Pineda, fue designado Síndico del H. Ayuntamiento y los C.C. Lic. Carlos
Cárdenas Vázquez y Nelly Castro Pérez designados encargados de Despacho de la Secretaría del H. Ayuntamiento y Tesorería
Municipal respectivamente, por lo que intervienen en la celebración del presente instrumento en términos de los artículos 49, 86,
87, 91 fracción V y 95 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
11.6
Se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave MAC 760101 3Q7
(Municipio de Acolman)
11.7
Dentro de su perímetro territorial se localiza el área en donde se llevarán a cabo las obras y acciones necesarias para
la
terminación de la "Casa del Artesano" como parte de la"5
2
Etapa del Programa de Fortalecimiento al Corredor Turístico
Teotihuacán" Acolman,
Estado de México, en adelante
"EL PROYECTO".
GACETA
23 de abril de 2013
CAE L
GOELIIERNC.
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III.
DE "LAS PARTES"
111.1
En el presente Acuerdo no existe error, dolo, mala fe, lesión, violencia, ni cualquier otro vicio del consentimiento.
111.2
Es su voluntad celebrar el presente Acuerdo, sujetándose a lo estipulado en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.-
El presente Acuerdo tiene por objeto la realización de
"EL PROYECTO"
para promover y fomentar la actividad
turística, destinada al servicio público y al uso común, por parte de
"EL H. AYUNTAMIENTO";
para coordinar su participación con
"LA
SECRETARÍA"
en materia de desarrollo turístico; transferir a
"EL H. AYUNTAMIENTO"
responsabilidades; la aplicación que se dará a los
recursos previstos en el presente Acuerdo; los compromisos que sobre el particular asumen
"LAS PARTES"
y los mecanismos para la
evaluación y control de su ejercicio.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE RECURSOS.-
Para la realización de las acciones objeto del presente Acuerdo, el Ejecutivo Estatal a través
de
"LA SECRETARÍA",
asigna a
"EL H. AYUNTAMIENTO"
la cantidad de $750,000.00 (Setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) de
los recursos reasignados por el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Turismo; por su parte, y a efecto de complementar los
recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de este instrumento, aporta de sus recursos presupuestarios para desarrollo turístico
la cantidad de $750,000.00 (Setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. "LAS PARTES"
manifiestan que están de acuerdo en que los recursos económicos asignados y aportados por
"LA
SECRETARÍA".
considerando los federales y estatales ascienden a un monto total de $1'500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100
M.N.). También están de acuerdo en que la ejecución de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, estarán a cargo de
"EL H.
AYUNTAMIENTO"
y en todo momento deberá apegarse estrictamente a lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas en Materia Federal.
La cantidad antes referida deberá incluir el IVA del costo total de
"EL PROYECTO",
así como las retenciones que contempla el artículo 191
de la Ley Federal de Derechos y la Cláusula Novena del presente instrumento legal, por lo tanto no deberá exceder la ejecución de
"EL
PROYECTO"
el recurso contemplado en la cláusula segunda.
CUARTA.- "LAS PARTES"
conocen el contenido y los alcances del Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos al
que se hace referencia en los antecedentes V y VI de este instrumento.
QUINTA. OBLIGACIONES; DE "EL H. AYUNTAMIENTO"
ratifica su compromiso de asumir la responsabilidad directa de la ejecución de
"EL PROYECTO",
quedando obligado por tanto a lo siguiente:
1.
Aplicar de manera puntual los recursos económicos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en
"EL PROYECTO",
ya que todo recurso que no se encuentre devengado antes del 30 de noviembre del 2012, deberán reintegrarse en la proporción
correspondiente al Estado y a la Federación.
II.
Tramitar y obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos y licencias, así como la documentación que acredite la
propiedad, posesión y liberación del predio sobre el cual se ejecutará
"EL PROYECTO".
Todo lo anterior, cuando sea necesario de
acuerdo a la naturaleza de
"EL PROYECTO".
III.
Asumir la responsabilidad directa de la ejecución, supervisión, y administración de los trabajos que se realicen en
"EL PROYECTO".
IV.
Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas; así como a
las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen
con los recursos señalados en la cláusula segunda del presente Acuerdo.
V.
Observar puntualmente los criterios para asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos
presupuestales federales reasignados en términos de lo dispuesto por el artículo 82 fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
VI.
Comprobar la aplicación de los recursos convenidos por
"LAS PARTES",
proporcionando oportunamente, tanto al personal de
"LA
SECRETARÍA"
como al de su Órgano de Control Interno, la información y facilidades que se requieran para el seguimiento,
supervisión y control de
"EL PROYECTO".
VII.
Ejecutar todos y cada uno de los conceptos contratados; en el caso de que "EL PROYECTO" debido al proceso constructivo requiera
de modificar los conceptos, éstos deberán someterse a la consideración de "LA SECRETARÍA" a través de la Dirección General de
Turismo, para su análisis y aprobación previamente a su realización.
VIII.
Identificar los gastos efectuados con motivo del cumplimiento de la celebración del presente instrumento, a través de una leyenda en
los documentos comprobatorios originales que exprese su relación con
"EL PROYECTO"
y con el
"Convenio de Coordinación en
Materia de Reasignación de Recursos 2012".
IX.
Colocar la señalización correspondiente a
"EL PROYECTO",
misma que deberá contener los escudos y la imagen institucional de
cada una de
"LAS PARTES",
así como la descripción de la obra y las especificaciones técnicas y financieras.
X.
Tramitar las autorizaciones de pago correspondientes ante la Secretaría de Finanzas y las estimaciones en la ejecución del proyecto,
previa validación de Secretaría de Turismo a través de la Dirección General de Turismo.
SEXTA.- OBLIGACIONES; "LA SECRETARÍA"
se obliga a:
I.
Tramitar oportunamente la asignación de los recursos por $ 1'500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.). a que se
refiere la cláusula segunda de este Acuerdo.
II.
Dar seguimiento en coordinación con
"EL H. AYUNTAMIENTO"
el avance en el cumplimiento del objeto previsto en la cláusula
primera del presente instrumento.
SÉPTIMA. SEGUIMIENTO.- "LAS PARTES"
designan como enlaces para el seguimiento, de la aplicación y comprobación de los recursos
presupuestarios asignados, así como para la evaluación y cumplimiento de los compromisos y obligaciones que se deriven del presente
instrumento a las siguientes personas:

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