ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTES GENERALES E INTERVENCIONES PREVENTIVAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2013 QUE SUSCRIBEN LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO POR OTRA EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT Y POR OTRA LOS MUNICIPIOS DE ACAPONETA, COMPOSTELA, IXTLAN DEL RIO, SANTIAGO IXCUINTLA, TECUALA, TEPIC, TUXPAN Y XALISCO

ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS

SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HÁBITAT, VERTIENTES GENERAL E INTERVENCIONES

PREVENTIVAS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2013 Y AL ESTADO DE

NAYARIT, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS

DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO

SUCESIVO “LA SEDATU”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL OFICIAL

MAYOR, MTRO. FIDEL ANTUÑA BATISTA, ASISTIDO POR LA DELEGADA FEDERAL

DE “LA SEDATU” EN LA ENTIDAD FEDERATIVA, C. MTRA. FERNANDA ELVIRA

VILLAFRANCA AGUIRRE; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE

NAYARIT, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO

DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, ING. GERARDO SILLER CÁRDENAS; EL

SECRETARIO PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO Y COORDINADOR

GENERAL DE COPLADENAY, ING. JOSÉ VICENTE ROMERO RUÍZ; EL SECRETARIO

DESARROLLO SOCIAL, LIC. ORLANDO ANTONIO JIMÉNEZ NIEVES; Y POR OTRA

PARTE LOS MUNICIPIOS DE ACAPONETA, COMPOSTELA, IXTLÁN DEL RÍO, SANTIAGO IXCUINTLA, TECUALA, TEPIC, TUXPAN Y XALISCO, REPRESENTADOS

POR LOS C.C. EFRAÍN ARELLANO NUÑEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; C.P.

FRANCISCO

SALCIDO

VARGAS, SECRETARIO;

Y

MOISÉS

CONTRERAS

CANTABRANA, SÍNDICO DEL MISMO DR. PABLO PIMIENTA MÁRQUEZ, PRESIDENTE

MUNICIPAL; MTRO. RAMÓN MORÁN GALAVIZ, SECRETARIO; Y DR. MAHUATZIN

LEONEL DÍAZ RODRÍGUEZ, SÍNDICO DEL MISMO; SALVADOR MUÑOZ HERNÁNDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; LIC. MA. ELENA JIMÉNEZ MENDOZA, SECRETARIA; Y

RIGOBERTO ROBLES BOBADILLA, SÍNDICO DEL MISMO; LIC. MIGUEL PAVEL

JARERO VELÁZQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; PROF. EDUARDO LUGO LOPEZ, SECRETARIO; Y DR. ENRIQUE MACEDO ORTA, SÍNDICO DEL MISMO; C. RUBÉN

BENITEZ RODRÍGUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; PROFR. CARLOS ALFONSO

DOMÍNGUEZ RAMOS, SECRETARIO; Y J. INOCENTE FLORES AGUILAR, SÍNDICO

DEL MISMO; ING. HÉCTOR GONZÁLEZ CURIEL, PRESIDENTE MUNICIPAL; LIC.

ROCIO VICTORIA ALEJANDRA FLORES VELÁZQUEZ, SECRETARIA; Y ROBERTO

RUIZ CRUZ, SÍNDICO DEL MISMO; ISAIAS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, PRESIDENTE

MUNICIPAL; PROF. ALVARO HUMBERTO GRACIANO NARANJO, SECRETARIO; Y

EDUARDO PONCE RUIZ, SÍNDICO DEL MISMO; C. HERIBERTO CASTAÑEDA ULLOA, PRESIDENTE MUNICIPAL; DR. REYNALDO BRIONES ANDRADE, SECRETARIO; Y

MVZ. JAVIER AVALOS INDA, SÍNDICO DEL MISMO; RESPECTIVAMENTE; EN LO

SUCESIVO “LOS MUNICIPIOS”, EL CUAL SE SUJETAN AL TENOR DE LOS

SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que esos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo.

  2. Los artículos 3, fracción XIX y 31 y el Anexo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la

    Federación el 27 de diciembre de 2012, establecen que el Programa Hábitat es un programa de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social. Asimismo, el artículo

    Sábado 7 de Septiembre de 2013 Periódico Oficial 3 federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

  3. Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, corresponde a la Secretaría de

    Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios, la planeación habitacional y el desarrollo de vivienda.

  4. El segundo párrafo del artículo 5° transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración

    Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, establece “Las menciones contenidas en otras leyes y en general en cualquier otra disposición, respecto de las Secretarías cuyas funciones se reforman por virtud de este

    Decreto, se entenderán referidas a las dependencias que, respectivamente, adquieren tales funciones”.

  5. El 28 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano por el que se emiten las Reglas de

    Operación del Programa Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2013.

  6. El objetivo general del Programa Hábitat es contribuir al combate a la pobreza en las zonas urbanas con concentración de pobreza, mediante el mejoramiento del entorno urbano y las condiciones sociales en estas zonas.

  7. Con base en lo dispuesto en los artículos 2, 7, 9, 13, 16, 35 y 36 del Reglamento

    Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, publicado el 2 de abril de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, y en el numeral 3.7.2 de las Reglas de

    Operación del Programa Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2013, “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Unidad de Programas de Apoyo a la

    Infraestructura y Servicios, en lo sucesivo “LA UPAIS”, y de la Delegación Estatal en la entidad federativa, en lo sucesivo “LA DELEGACIÓN”, instrumenta el Programa Hábitat.

  8. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el

    Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la

    Cruzada contra el Hambre, y con el propósito de contribuir al cumplimiento de sus objetivos, el Programa dará prioridad a las personas, familias, zonas y ciudades que para tales fines se determinen. Lo anterior, en observancia al numeral 3.1.1 de las Reglas de

    Operación del Programa.

  9. El C. Oficial Mayor, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa

    Hábitat, número IV-400-260698/2013, de fecha 15 de abril de 2013, comunicó a los delegados estatales de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano la distribución de los subsidios federales del Programa Hábitat por vertiente y entidad federativa para el ejercicio fiscal 2013.

    Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la

    Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos

    Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

    Información Pública Gubernamental; 1, 3 fracción XIX, 29, 30 y 31 del Decreto de

    Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 7 fracción X, 9, 11, 13, 16, 35 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y

    Urbano; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2013; así como en lo previsto por los artículos 1, 2, 4, 26 y 30 fracción X, 31, fracciones II, III, XVI, 32, 33, 34, 37 y 41 ter, de la Ley Orgánica del Poder

    Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 12, 13 y 15 de la Ley de Planeación del Estado de Nayarit y 1, 64 fracciones VI y IX, y 73 fracción II de la Ley Municipal para el Estado de

    Nayarit, “LA SEDATU”, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, en lo sucesivo “LAS

    PARTES”, han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

    CLÁUSULAS

CAPÍTULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto convenir entre “LAS

PARTES” la identificación de las ciudades y las zonas de actuación del Programa Hábitat en el presente ejercicio fiscal, la distribución de los subsidios federales y los recursos financieros locales por municipio, así como las bases para la operación y el ejercicio de los recursos de este Programa, con el propósito de contribuir al combate a la pobreza en las zonas urbanas con concentración de pobreza, mediante el mejoramiento del entorno urbano y las condiciones sociales en estas zonas.

SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que en la operación del Programa Hábitat y en el ejercicio de los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados, se sujetarán a lo que establece la normatividad federal y local aplicable, las Reglas de

Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2013, en lo sucesivo “Reglas de

Operación”, los Lineamientos de Operación del Programa Hábitat...

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