ACUERDO de Instauración, que se emite en cumplimiento a la Sentencia de fecha 13 de enero de 2012, dictada por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43, en el expediente del Juicio Agrario número 621/2010, promovido por los integrantes del Comité Particular Ejecutivo del poblado denominado Los Olmos, Municipio de Villa Aldama, Estado de Tamaulipas.

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO

Acuerdo de Instauración, que se emite en cumplimiento a la Sentencia de fecha 13 de enero de 2012, dictada por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43, en el expediente del Juicio Agrario número 621/2010, promovido por los integrantes del Comité Particular Ejecutivo del poblado denominado Los Olmos, Municipio de Villa Aldama, Estado de Tamaulipas; y

R E S U L T A N D O

  1. - Solicitud.- Por escrito de fecha 5 de febrero de 1990, un grupo de campesinos radicados en el poblado Nuevo Progreso, Municipio de Villa Aldama, Estado de Tamaulipas, elevaron ante los entonces Director General de Procedimientos Agrarios y Director de Nuevos Centros de Población Ejidal, la solicitud para la creación de un Nuevo Centro de Población Ejidal que de constituirse se denominaría "Los Olmos", a ubicarse en el Municipio y Estado antes indicado, señalando como presuntamente afectable el predio denominado "Rancho El Aguacate", propiedad de la finada Nerea Aragón Rodríguez, con superficie de 4,000-00-00 hectáreas, manifestando además, su conformidad para trasladarse al lugar donde sea posible establecer dicho Nuevo Centro de Población Ejidal.

  2. - Remisión de la solicitud al entonces Delegado Agrario en el Estado.- El entonces Director de Nuevo Centro de Población Ejidal con oficio número 465220 de fecha 8 de febrero de 1990, remitió la solicitud de referencia al entonces Delegado Agrario en el estado de Tamaulipas, con la finalidad de que comisione personal de su adscripción a efecto de que Ileve a cabo el estudio pormenorizado en los predios señalado, la elección del Comité Particular Ejecutivo, e investigación de capacidad en materia agraria.

  3. - Trabajos de Capacidad en Materia Agraria.- El entonces Subdelegado de Asuntos Agrarios y Encargado del Despacho, con oficio número 395 de fecha 16 de febrero de 1990, comisionó al Lic. J. Leonardo Domínguez Hernández, para el efecto de que proceda a realizar la investigación de capacidad individual y colectiva en materia agraria, la elección del Comité Particular Ejecutivo e investigación de si los solicitantes agotaron el requisito señalado en el artículo 244 de la Ley Federal de Reforma Agraria; profesionista que rindió su informe el 5 de marzo de 1990, del que se desprende que con fecha 24 de febrero de 1990, levanto acta en la que quedó asentado que los solicitantes eligieron a los CC. Felipe Medina Alvarado, Pedro García Ramírez y Arturo Casados Estrada, como Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente del Comité Particular Ejecutivo del poblado que nos ocupa, posteriormente procedió a la investigación de capacidad en materia agraria, resultando 44 campesinos.

  4. - Trabajos Técnicos Informativos en el predio señalado como afectable por el grupo promovente.- El entonces Subdelegado de Asuntos Agrarios y Encargado del Despacho, con oficio número 677 de fecha 9 de marzo de 1990, comisionó al Ing. Rolando Ávila Marín, para el efecto de que proceda a realizar trabajos técnicos informativos en el predio señalado por el grupo solicitante, profesionista que rindió su informe el 16 de abril de 1990, del que se desprende en su parte relativa a lo siguiente:

    "Hecho lo anterior el comisionado procedió a girar notificación al propietario del predio señalado como presunto afectable con fecha 13 de marzo de 1990, habiéndose llevado a cabo una inspección ocular en el predio "El Aguacate", propiedad de la sucesión de Nerea Aragón de Esquivel, ubicado en el Municipio de Aldama, Tamaulipas, con fecha 23 de marzo del año en curso, arrojando los siguientes resultados.

    Predio "El Aguacate", propiedad de la C. Nerea Aragón de Esquivel, superficie 2,656-00-00 hectáreas, que le correspondieron por la disolución de la sociedad mercantil "Aragón Hermanos", S. de R.L. de C.V., según escritura Nº 2189 de fecha 2 de septiembre de 1970, tirada ante la Fe del Lic. Oscar Galván Zúñiga, Notario Público Nº 83 en Cd. Madero, Tam., habiéndose Ilevado a cabo las siguientes ventas:

  5. - Con fecha 25 de enero de 1980, vende al C. Ramón Holguera Kohrs, una superficie de 380-59-44 hectáreas, según escritura inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el Nº 25253, legajo 506, sección I, del Municipio de Aldama, Tam., con fecha 25 de marzo de 1980.

  6. - Venta de 242-27-97 hectáreas, a favor de los CC. Ramón y Enrique Holguera Pérez, según escritura de fecha 26 de enero de 1980 tirada ante la Fe del Lic. Francisco A. Villarreal, Notario Público Nº 95 en Tampico, Tam., e inscrita en el Registro Púbico de la Propiedad bajo el N° 25254, legajo 506, sección I, del Municipio de Aldama, Tam., con fecha 25 de marzo de 1980.

  7. - Venta de 200-58-64 hectáreas, a favor del Ing. Alberto Carlos Aragón Kunkel, según escritura Nº 1442, de fecha 19 de noviembre de 1981, ante la Fe del Lic. Francisco E. Villarreal Snyder, adscrito a la Notaria Pública Nº 95 en Tampico, Tam., e inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el Nº 65163, legajo 1304, sección I, del Municipio de Aldama, Tam., con fecha 14 de diciembre de 1981.

    Predio "El Aguacate", propiedad de Nerea Aragón de Esquivel, con superficie de 1832-53-95 hectáreas, que obtuvo mediante la formalización y actualización de un contrato de división de la Sociedad...

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