PROY-NOM-025-SSA2-2012: Para la Prestación de Servicios de Salud en Unidades de Atención Integral Hospitalaria Médico-Psiquiátrica.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClavePROY-NOM-025-SSA2-2012
Tipo de normaProyecto
Rama de la Actividad EconómicaServicios Médicos de Consulta Externa y Servicios Relacionados
ProductoServicios Médicos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PABLO ANTONIO KURI MORALES, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39, fracciones VI, VII y VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., fracciones I, VI y VIII, 13 Apartado A, fracción I, 72 a 77 y 133, fracción I de la Ley General de Salud; 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 43, 47 fracción I y de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 129, 130, 131, 132, 133 y 134 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; 2o. apartado B, fracción XIX, 8 fracción V, 10 fracciones VII y XVI y 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-025-SSA2-2012, Para la prestación de los servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.

El presente Proyecto se publica en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes sesenta días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios por escrito en idioma español y con el sustento técnico que los avale, ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, primer piso, colonia Juárez, código postal 06600, México, D.F., teléfono y fax 55-53-70-56, correo electrónico pablo.kuri@salud.gob.mx.

CONSIDERANDO

Que con fecha 16 de noviembre de 1995, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-1994, Para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, y que entró en vigor un año después del día siguiente de su publicación en el Distrito Federal, dos años después en los estados de Baja California Sur, Coahuila, Colima, Nuevo León, Oaxaca, San Luis Potosí y Sinaloa; y tres años después en el resto de las entidades federativas;

Que de acuerdo con las disposiciones manifestadas por la OMS en el Informe sobre la Salud en el Mundo 2001, Salud Mental: nuevos conocimientos, nuevas esperanzas, así como la Declaración de México para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica de fecha 12 de octubre de 2006, se ha marcado un esfuerzo importante para la mejora de servicios de salud mental con enfoques abiertos a la comunidad, vinculando a la familia y a la sociedad en la responsabilidad de atender esta problemática. El presente proyecto de norma contribuye a la superación del rezago en la materia, y

Que en atención a las anteriores consideraciones, se expide el siguiente:

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-025-SSA2-2012, PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD EN UNIDADES DE ATENCION INTEGRAL HOSPITALARIA MEDICO- PSIQUIATRICA

PREFACIO

En la elaboración de este Proyecto participaron las siguientes Instituciones:

Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud

Consejo Nacional de Salud Mental

Fundación Mexicana para la Rehabilitación de Personas con Enfermedades Mentales I.A.P.

Comité Ciudadano del Hospital Psiquiátrico José Sáyago I.A.P.

Fundación dignidad I.A.P.

Comité Ciudadano del Hospital Samuel Ramírez Moreno I.A.P.

INDICE

  1. Introducción.

  2. Objetivo.

  3. Campo de aplicación.

  4. Referencias.

  5. Definiciones y abreviaturas.

  6. Disposiciones generales.

  7. Actividades preventivas.

  8. Actividades terapéuticas.

  9. Actividades de rehabilitación psicosocial.

  10. Derechos humanos y respeto a la dignidad de las y los usuarios.

  11. Obligaciones del personal de las unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.

  12. Enseñanza, capacitación e investigación científica.

  13. Concordancia con normas internacionales y mexicanas.

  14. Bibliografía.

  15. Observancia.

  16. Vigencia.

    Apéndice Informativo A.

  17. Introducción

    Los esquemas de atención en salud mental para las personas que padecen algún trastorno mental y del comportamiento experimentan cambios continuos en función del desarrollo acelerado de la ciencia, y de la mejor comprensión de los múltiples factores que intervienen en el origen y evolución de dichos padecimientos, así como de los recursos terapéuticos, físicos, humanos y financieros para su atención.

    Una característica fundamental de este cambio, es la necesidad de la reinserción social de la persona que vive afectada por algún trastorno mental o del comportamiento al medio al que pertenece, favoreciendo la continuidad del tratamiento a través de la promoción de programas comunitarios como los descritos en el Programa Nacional de Salud Mental: hospitales de día, servicios de consulta externa, centros de día, casas de medio camino, talleres protegidos, entre otros, con especial énfasis en la prevención, desde una perspectiva integral que considera la complejidad de los aspectos biológicos, psicológicos y sociales de las enfermedades mentales.

    Para fortalecer esta tendencia es indispensable continuar el proceso modernizador de la organización y funcionamiento de los servicios de salud que permita superar los rezagos aún prevalecientes.

  18. Objetivo

    Esta norma tiene por objeto establecer criterios de operación y organización de las actividades de los establecimientos que prestan servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, la cual será proporcionada en forma continua, con calidad y calidez y con pleno respeto a los derechos humanos de los usuarios de estos servicios.

  19. Campo de aplicación

    Esta norma es de aplicación obligatoria en todos los establecimientos de los sectores públicos, sociales y privados del Sistema Nacional de Salud en los que se presten servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, para personas que padecen trastornos mentales y del comportamiento.

  20. Referencias

    Para la correcta aplicación de la presente norma es necesario consultar las siguientes normas o las que las sustituyan:

    3.1 Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-2012, para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos.

    3.2 Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, de los servicios de planificación familiar.

    3.3 Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.

    3.4 Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010, Para la Prevención y el Control de la Infección por Virus de la Inmunodeficiencia Adquirida.

    3.5 Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010, que establece los objetivos funcionales y funcionalidades que deberán observar los productos de Sistemas de Expediente Clínico Electrónico para garantizar la interoperabilidad, procesamiento, interpretación, confidencialidad, seguridad y uso de estándares y catálogos de la información de los registros electrónicos en salud.

    3.6 Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, para la prevención, tratamiento y control de las adicciones.

    3.7 Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA2-2002, Para la prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar la atención médica.

    3.8 Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2002, para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual.

    3.9 Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales.

    3.10 Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.

    3.11 Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. Protección ambiental - Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo.

    3.12 Norma Oficial Mexicana NOM-090-SSA1-1994, para la organización y funcionamiento de las residencias médicas

    3.13 Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico.

    3.14 Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA3-2012, para la atención integral a personas con discapacidad.

    3.15 Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.

    3.16 Norma Oficial Mexicana NOM-197-SSA1-2000, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

    3.17 Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la Prevención y Atención.

  21. Definiciones y abreviaturas

    Para efectos de esta norma, se establecen las siguientes definiciones y abreviaturas:

    4.1 Definiciones:

    4.1.1. Acompañante terapéutico: Es el personal capacitado que se inserta en la cotidianeidad de la o el usuario, trabaja dentro de un equipo interdisciplinario para facilitar la operación y funcionamiento de los dispositivos de atención en salud mental. Su función es la de compañero, guía, sostén en la construcción de la subjetividad singular de cada persona con el fin de facilitar la construcción y/o continuidad del lazo social, la instauración de actitudes positivas respecto de su condición y habilidades disminuidas, el máximo grado posible de integración y competencias sociales, el máximo grado posible de autonomía, el fortalecimiento de sus capacidades y rasgos positivos de su personalidad.

    4.1.2 Asambleas de usuarios y usuarias de Servicios de Salud Mental: Son reuniones grupales que sostienen las y los usuarios de los establecimientos que prestan servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, para emitir opiniones libremente sobre la atención recibida, así como las necesidades de...

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