Tercer Informe Trimestral del Ejercicio de Los Recursos Federales del Estado de Colima

Fecha de disposición01 Diciembre 2007
Fecha de publicación01 Diciembre 2007
SecciónSección General
Número de Gaceta53

ACUERDOY MODIFICACIÓN AL "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE MANZANILLO, COLIMA", ÚNICAMENTE EN LO CONCERNIENTE A UNA FRACCIÓN DE TERRENO CON SUPERFICIE DE 2-04-47.06 HAS, UBICADO AL SUR DE LA PARCELA 17 Z-1 P1/ 1 DEL EJIDO ABELARDO L. RODRÍGUEZ DEL MUNICIPIO YA MENCIONADO, QUE CAMBIA DE HABITACIONAL DENSIDAD MEDIA H3-U A HABITACIONAL DENSIDAD ALTA H4-U.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.590/07, de fecha 14 de noviembre del año 2007 y recibido en la Dirección General de Gobierno el día de hoy 15 del mismo mes y año, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación al "Programa de Desarrollo Urbano de Manzanillo, Colima", únicamente en lo concerniente a una fracción de terreno con superficie de 2-04-47.06 has, ubicado al Sur de la parcela 17 Z-1 P1/1 del ejido Abelardo L. Rodríguez del municipio ya mencionado, que cambia de Habitacional Densidad Media H3-U a Habitacional Densidad Alta H4-U, lo cual es promovido por la empresa Urbanizadora y Vivienda PLAINCO, S.A. de C.V.

SEGUNDO.-

Que el "Programa de Desarrollo Urbano de Manzanillo, Colima", fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Manzanillo, el 18 de septiembre del año 2000, y mediante Acuerdo del Ejecutivo a mi cargo se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en su edición No. 46, de fecha 4 de noviembre del mismo año; y mediante sesión celebrada el día 28 de agosto del año 2007, el Cabildo ya mencionado, aprobó la modificación al Programa de Desarrollo Urbano de Manzanillo, Colima, conforme se asienta en el Considerando anterior, según consta en la certificación del acta de cabildo expedida el día 29 del mismo mes, por la C. Licda. Gabriela Benavides Cobos, Secretaria del H. Ayuntamiento, misma que obra en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano de Manzanillo, Colima", en los términos que plasma en su oficio de petición, mismo que se menciona en el Considerando Primero del presente Acuerdo.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano de Manzanillo, Colima", de conformidad como se describe en el Considerando Primero del presente documento, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor; el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOEn tal virtud he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación al "Programa de Desarrollo Urbano de Manzanillo, Colima", únicamente en lo concerniente a una fracción de terreno con superficie de 2-04-47.06 has, ubicado al Sur de la parcela 17 Z-1 P1/1 del ejido Abelardo L. Rodríguez del municipio ya mencionado, que cambia de Habitacional Densidad Media H3-U a Habitacional Densidad Alta H4-U, lo cual que fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Manzanillo, en sesión celebrada el día 28 de agosto del año 2007 tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor; el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día quince del mes de noviembre del año dos mil siete.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HÉCTOR MICHEL...

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