ADCION AL ACUERDO GENERAL 01/2010, DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT, POR EL QUE SE DETERMINA LA INTEGRCION, FUNCIONAMIENTO Y COMPETENCIA DE LAS SALAS COLEGIADAS Y UNITARIAS

ADICIÓN AL ACUERDO GENERAL 01/2010, DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR

DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT, POR EL QUE SE

DETERMINA LA INTEGRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y COMPETENCIA DE LAS

SALAS COLEGIADAS Y UNITARIAS.

EL Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 81, párrafo séptimo, de la Constitución Política del

Estado de Nayarit y 16.13, de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado de Nayarit;

ADICIONA el punto TERCERO del ACUERDO GENERAL 01/2010, DEL PLENO DEL

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE

NAYARIT, POR EL QUE SE DETERMINA LA INTEGRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y

COMPETENCIA DE LAS SALAS COLEGIADAS Y UNITARIAS, en los siguientes términos:

TERCERO. Las Salas Colegiadas se integrarán con tres magistrados y tendrán competencia para conocer y resolver de los asuntos relativos a las apelaciones contra sentencias definitivas o resoluciones que tengan ese efecto, dictadas por los juzgados de primera instancia, así como de los incidentes y recursos de revocación que se planteen, en las tocas de su conocimiento.

T R A N S I T O R I O S

Primero. La presente adición entrará en vigor al momento de su aprobación.

Segundo. Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno del

Estado, en el Boletín Judicial y en el portal de transparencia del Poder Judicial del Estado.

Tercero. Comuníquese el presente Acuerdo a los poderes Legislativo y Ejecutivo y

Ayuntamientos del Estado, al Poder Judicial de la Federación, a los tribunales de la federación radicados en Nayarit y a los de la entidad, así como a los tribunales de justicia...

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