Decreto No. 324 por El que Se Concede Pensión por Viudez a Las Cc. Catalina Espinoza de La Tova, Ma. Guadalupe Vázquez Ramos y Pensión por Viudez como Concubina a La C. Olivia Arreola Saucedo, en El Caso de Las Dos Primeras Equivalentes al 100% de La Percepción Económica que En Vida Recibían sus Respectivos Maridos, la Primera del Señor Joaquín Montelón Meza y La Segunda de Fortunato ávalos Avelino, Ambos Adscritos a La Nómina de Jubilados y Pensionados de La Burocracia; y La Tercera Equivalente al 36.10% de La Percepción Económica que En Vida Recibía el Señor Benjamín Espinoza Zavala, Ya que A la Fecha de Su Fallecimiento Se Encontraba Adscrito al Despacho del Secretario de Desarrollo Rural, Dependiente de La Secretaría de Desarrollo Rural

DECRETO No. 324

POR EL QUE SE CONCEDE PENSIÓN POR VIUDEZ A LAS CC. CATALINA ESPINOZA DE LA TOVA, MA. GUADALUPE VÁZQUEZ RAMOS Y PENSIÓN POR VIUDEZ COMO CONCUBINA A LA C. OLIVIA ARREOLA SAUCEDO, EN EL CASO DE LAS DOS PRIMERAS EQUIVALENTES AL 100% DE LA PERCEPCIÓN ECONÓMICA QUE EN VIDA RECIBÍAN SUS RESPECTIVOS MARIDOS, LA PRIMERA DEL SEÑOR JOAQUÍN MONTELÓN MEZA Y LA SEGUNDA DE FORTUNATO ÁVALOS AVELINO, AMBOS ADSCRITOS A LA NÓMINA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA BUROCRACIA; Y LA TERCERA EQUIVALENTE AL 36.10% DE LA PERCEPCIÓN ECONÓMICA QUE EN VIDA RECIBÍA EL SEÑOR BENJAMÍN ESPINOZA ZAVALA, YA QUE A LA FECHA DE SU FALLECIMIENTO SE ENCONTRABA ADSCRITO AL DESPACHO DEL SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congeso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y ARTICULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.-

Que mediante oficio número DGG-400/2013 de fecha 26 de mayo del año en curso, se remitió a esta Soberanía por conducto de la Dirección General de Gobierno, las iniciativas del Ejecutivo Estatal para otorgar pensión por Viudez a favor de las CC. Catalina Espinoza de la Tova, Ma. Guadalupe Vázquez Ramos y Olivia Arreola Saucedo, quienes en su carácter de esposas las dos primeras y concubina la tercera de las citadas, respectivamente, resultan ser beneficiarias de los extintos señores Joaquín Montelón Meza, Fortunato Avalos Avelino y Benjamín Espinoza Zavala, cuyos expedientes le fueron turnados a la Comisión Dictaminadora mediante oficio número 2573/014 de fecha 6 de junio del año actual, suscrito por los CC. Diputados Oscar A. Valdovinos Anguiano y José Donaldo Ricardo Zúñiga, Secretarios de la Mesa Directiva en funciones.

SEGUNDO.-

Que el C. Lic. J. Reyes Rosas Barajas, Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, con fundamento en el Capítulo V, artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados de Colima, mediante oficios número DGRH/1848/2013, DGRH/2138/2013 y DGRH/0202/2014 de fechas 17 de septiembre y 28 de octubre de 2013 y 6 de febrero de 2014, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar la pensión por Viudez a favor de las beneficiarias que se mencionan en el considerando anterior.

TERCERO.-

Que el señor Joaquín Montelon Meza, falleció el día 05 de agosto de 2013, según consta en el acta de defunción No. 963, expedida por el Oficial 1 del Registro Civil de Colima, Colima, el día 06 del mismo mes y año, quien DEL GOBIERNO DEL...

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