Acuerdo No. 25 de Fecha 11 de Marzo del 2014, Relativo a La Tercera Modificación del Cronograma de Actividades Concernientes a Los Trabajos de La Distritación Electoral del Estado de Colima 2013-2014

DEL GOBIERNO DEL ESTADO INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMAACUERDO No. 25

DE FECHA 11 DE MARZO DEL 2014, RELATIVO A LA TERCERA MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES CONCERNIENTES A LOS TRABAJOS DE LA DISTRITACIÓN ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA 2013-2014.

PERÍODO INTERPROCESO 2012-2014

ACUERDO NÚMERO 25 TERCERA MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

11/MARZO/2014

ACUERDO RELATIVO A LA TERCERA MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES CONCERNIENTES A LOS TRABAJOS DE LA DISTRITACIÓN ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA 2013-2014.

A N T E C E D E N T E S:

I.

Con fecha 17 de enero del año en curso, este Consejo General aprobó el acuerdo número 15 del período interproceso, a través del cual se emitió el Cronograma de Actividades relativas a los trabajos de Distritación Electoral del Estado de Colima 2013-2014.

II.

Posteriormente, mediante acuerdo número 20, de fecha 18 de febrero del presente año, este órgano electoral, determinó modificar el cronograma de actividades antes citado, en el que se incorporó lo referente a la presentación y aprobación de los puntos 4 y 5 de la metodología a los partidos políticos, respectivamente.

III.

Finalmente, el día 04 de marzo de 2014, este órgano superior de dirección determinó otorgar un plazo de tres días, contados a partir de la fecha en cita, al Comité Técnico de Especialistas para que realizaran las adecuaciones consideradas como procedentes al sistema informático de apoyo a la Distritación Electoral del Estado de Colima 2013-2014, por razón de las observaciones hechas al mismo, por lo que se tuvo que modificar nuevamente el cronograma de actividades para incorporar el referido plazo; acto que se hizo mediante acuerdo número 22.

En virtud de los antecedentes expuestos, se formulan las siguientes C O N S I D E R A C I O N E S:

  1. -

    De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 86 Bis, base III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en relación con el numeral 97 del Código Electoral del Estado, el Instituto Electoral del Estado es un organismo público de carácter permanente, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios; autoridad en la materia electoral, profesional en su desempeño, autónomo e independiente en sus decisiones y funcionamiento.

    Asimismo, es el organismo público encargado primordialmente de la función estatal de organizar las elecciones locales, en los períodos que para la renovación del Titular del Poder Ejecutivo, de los miembros del Poder Legislativo e integrantes de los 10 ayuntamientos de la entidad, establece la propia Constitución Estatal; así como de encargarse de su desarrollo, vigilancia y calificación en su caso.

    Además, el Instituto Electoral del Estado agrupa para su desempeño, en forma integral y directa, las demás actividades que determine la ley, encontrándose entre ellas las relativas a la geografía electoral, así como las derivadas de las propias disposiciones emitidas tanto en el ámbito electoral, como inclusive en materia de participación ciudadana.

  2. -

    Que para el desempeño de sus actividades, de acuerdo con el artículo 101 del...

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