Acuerdo por el que se suprimen diversos Sistemas de Datos Personales en el Órgano Político Administrativo en Iztapalapa

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN IZTAPALAPA

ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIMEN DIVERSOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES EN EL ÓRGÁNO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN IZTAPALAPA

Lic. Clara Marina Brugada Molina, Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, con fundamento en los artículos segundo párrafo, 122, apartado C, Base Tercera, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción III, 10 fracción IX, 11 párrafo Décimo Primero, 37, 38 y 39 fracción XLVI y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120, 121,122 quinto párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6º y 7º fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; numerales 1, 3, 6 y 8, 9 de los Lineamientos para la Protección de los Datos Personales (Acuerdo 547/SO/14-10/2009); así como el Acuerdo 0469-SO-02-05-2012 emitido por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que el artículo párrafo segundo de nuestra Constitución Federal, precisa que para el ejercicio del derecho de acceso a la información, el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán, entre otros, por los siguientes principios y bases: a)La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes, y b)Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales.

Que la Delegación Iztapalapa es un Órgano Político2013Administrativo de la Administración Pública Desconcentrada del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Reglamento.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde determinar al titular del ente público, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de su competencia, y que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley antes mencionada, se establece que la...

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