Acuerdo por el que se crea el Sistema de Datos Personales del Programa de Desarrollo Social, 'Apoyo Económico a Personas con Discapacidad' a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Miguel Hidalgo, para el Ejercicio Fiscal 2013

Unidad Administrativa: Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Miguel Hidalgo.

Cargo Responsable: Director General de Desarrollo Social de la Delegación Miguel Hidalgo.

Unidad Administrativa ante la cual se Presentarán Solicitudes para Ejercer Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición de Datos Personales, así como la Revocación del Consentimiento:

a) Unidad Administrativa: Oficina de Información Pública de la Delegación Miguel Hidalgo.

b) Domicilio Oficial: Parque Lira, Número 94, Colonia Observatorio, Código Postal 11860, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal, México.

c) Dirección de Correo Electrónico: oip@miguelhidalgo.gob.mx

Nivel de Seguridad:

Alto.

Tiempo de Conservación de Datos:

Tiempo de conservación en medio automatizado: 1-5 años. Tiempo de conservación en el archivo de trámite: 1-5 años. Tiempo de conservación en el archivo de concentración: 1-5 años.

Contempla la Transferencia de la Información Contenida en el Sistema al Archivo Histórico: Sí.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; y

SEGUNDO.- El presente sistema entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, a doce de febrero de dos mil trece (Firma)

Lic. Víctor Hugo Romo Guerra

Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL, "APOYO ECONÓMICO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD"A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013.

Lic. Víctor Hugo Romo Guerra, Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos fracción II, 16 y 122, Base Tercera, Fracción II y Último Párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 87 Tercer Párrafo, 104, 105, 117 fracciones I y II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 Tercer Párrafo, 3 fracción III, 7, 10 fracción XI, 36, 37, 38 y 39 fracción LIV, y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 1, 120, 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 6, 7 fracciones I, II Y III y 21 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde determinar al titular del ente público, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de competencia;

II. Que de conformidad con el...

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