Acuerdo Síntesis del Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'lomas de San Germán', Localizado al Sur de La Ciudad de Colima, Col

Fecha de disposición19 Abril 2003
Fecha de publicación19 Abril 2003
SecciónSección General
Número de Gaceta18

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOACUERDO SÍNTESIS DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LOMAS DE SAN GERMÁN", LOCALIZADO AL SUR DE LA CIUDAD DE COLIMA, COL.

FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.131/03, de fecha 13 de marzo del año en curso, y recibido en la Dirección Geenral de Gobierno el 24 el presente, el Secretario de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la versión abreviada del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN", localizado al sur de la ciudad de Colima, Col.

SEGUNDO.-

Que el H.Cabildo Constitucional de Colima, Col., en Sesión Extraordinaria celebrada el día 28 de enero de 2003, aprobó el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN", según consta en la copia certificada el 25 de marzo de 2003, por el C. Rubén Darío Vergara Santana, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de dicho municipio, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Arq. Jorge Piza Espinoza, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN", según consta en el oficio que se menciona en el Considerando primero del presente Acuerdo.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", la versión abreviada del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN", ubicado al sur de la ciudad de Colima, Col.

En tal virtud, he tenido a bien expedier el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la versión abreviada del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN", localizado al sur de la ciudad de Colima, Col., mismo que fue aprobado en Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el día 28 de enero de 2003.

T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno a los 25 días del mes de marzo de dos mil tres.

Atentamente. "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN". EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. FERNANDO MORENO PEÑA. Rúbrica. EL DIRECTOR GENERAL DE GOBIERNO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO, LIC. JOSÉ GILBERTO GARCÍA NAVA. Rúbrica. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ARQ. JORGE PIZA ESPÌ NOSA. Rúbrica.

MARCO LEGALJurídico El fundamento jurídico del Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento "Condominio Lomas de San German", parte de los preceptos establecidos en el párrafo tercero del articulo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que se dictarán "Las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras publicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;...conforme lo señalan la Ley General de Asentamientos Humanos y la Ley de...

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