Proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 9º. de la Ley General de Cambio Climático., de 13 de Diciembre de 2013

Iniciativas

De la Sen. Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la que contiene proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 9º. de la Ley General de Cambio Climático.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA.

Ver Sinopsis Español:

Propone atribuirle a los municipios la atribución de atender la problemática regional compartida con uno o más municipios.

Sen. Silvia Guadalupe
Garza Galván

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 9º. DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO, AL TENOR DE LO SIGUIENTE:

SILVIA GUADALUPE GARZA GALVÁN,Senadora integrante del Grupo Parlamentario delPartido Acción Nacional de la LXII Legislatura; con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 71 fracción II y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 8° numeral 1, fracción l, 164, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta Cámara, la siguienteINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 9º. DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO, AL TENOR DE LO SIGUIENTE:

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Senado de la República, ha sido una pieza fundamental en la creación y promulgación de la Ley General de Cambio Climático, una Ley nueva, novedosa y con ambiciosos alcances que si bien es cierto, hoy por hoy son incumplibles, debemos comenzar a trabajar para hacerlos valer o para mejorarlos y adecuarlos a la realidad en México y el mundo.

En México existen 2,440 municipios1y 16 Delegaciones Políticas en el Distrito Federa, sin embargo, la distribución de estos es diversa y pareciera que no obedece a ninguna particularidad general,v. gr.tenemos al Estado de Baja California con 5 Municipios y en contraste el Estado de Oaxaca con 570.Atendiendo a estas cuestiones numéricas, resulta impensable la formulación, conducción y evaluación de más de 2,000 políticas municipales en materia de cambio climática, sumado a las responsabilidades que la legislación mexicana ya tiene para ellos.

Ante esta situación, una medida que facilitaría la implementación de la Ley General de Cambio Climático a nivel municipal, es que estos estén en la posibilidad explicita de formular sus políticas en la materia que se trata,mediante programas de coordinación con uno o más municipios que compartan características y problemas dentro de una misma zona.

Ahora bien, esta zona concurrente, es lo que comúnmente se denomina como región:la porción de territorio determinada por caracteres étnicos o circunstancias especiales de clima, producción, topografía, administración, gobierno o cada una de las grandes divisiones territoriales de una nación, definida por características geográficas e histórico-sociales, y que puede dividirse a su vez en provincias o departamentos2.

México, al estar conformado por un vasto territorio, se presta para dividirlo en múltiples regiones según las características físicas del lugar o por las condiciones sociales y económicas de los asentamientos humanos presentes.

Primero, tenemos la división de las regiones naturales, las cuales atienden a las condiciones del clima, la flora, la fauna, la orografía y la hidrología...

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