Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de Desarrollo Turístico, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Turismo, a la que en adelante se le denominara “La Sectur”, Representada en este acto por su titular, la Mtra. Claudia Ruiz Massieu Salinas, con la intervención del Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, C.P. Carlos Manuel Joaquín González y del Director General de Desarrollo Regional y Fomento, Lic. Juan de la Luz Enríquez Kanfachi; por la otra parte el Estado Libre y Soberano de México, al que en lo sucesivo se le denominara “La Entidad Federativa”, representado en este acto por el DR. Eruviel Ávila Villegas, en su carácter de Gobernador Constitucional, asistido por el Secretario General de Gobierno M. en C. Efrén Tiburcio Rojas Dávila, el Secretario del Agua y Obra Pública, Ing. Manuel Ortíz García, el Secretario de la Contraloría, L.C.P. y A.P. Alejandro German Hinojosa y el Secretario de Turismo, M. en D.F. ...

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 11328280E
Director: Lic. Roberto González Cantellano
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCVII
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 300
SUMARIO:
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN
SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO, QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL,
POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA
QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR",
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA.
MTRA. CLAUDIA RUIZ MASSIEU SALINAS, CON LA
INTERVENCIÓN DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y
Toluca de Lerdo, Méx., jueves 10 de abril de 2014
No. 67
DESARROLLO TURÍSTICO, C.P. CARLOS MANUEL JOAQUÍN
GONZÁLEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO
REGIONAL Y FOMENTO TURÍSTICO, LIC. JUAN DE LA LUZ
ENRÍQUEZ KANFACHI; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE
LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA",
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DR. ERUVIEL ÁVILA
VILLEGAS, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL
DE GOBIERNO, M. EN C. EFRÉN TIBURCIO ROJAS DÁVILA, EL
SECRETARIO DE FINANZAS, M.
EN
D. ERASTO MARTÍNEZ
ROJAS, EL SECRETARIO DEL AGUA Y OBRA PÚBLICA, ING.
MANUEL ORTÍZ GARCÍA, EL SECRETARIO DE LA
CONTRALORÍA, L. C. P. Y A. P. ALEJANDRO GERMÁN HINOJOSA
VELASCO Y DE LA SECRETARIA
DE
TURISMO, M. EN D. F.
ROSALINDA ELIZABETH BENÍTEZ GONZÁLEZ.
"20I 4. Año de los Tratados de Teoloyucan"
SECCION QUINTA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO,
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA
QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA MTRA.
CLAUDIA RUIZ MASSIEU SALINAS, CON LA INTERVENCIÓN DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO
TURÍSTICO, C.P. CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO REGIONAL Y
FOMENTO TURÍSTICO. LIC. JUAN DE LA LUZ ENRÍQUEZ KANFACHI; Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO
EN ESTE ACTO POR EL DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS. EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL.
ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, M. EN C. EFRÉN TIBURCIO ROJAS DÁVILA, EL SECRETARIO
DE FINANZAS, M. EN D. ERASTO MARTÍNEZ ROJAS, EL SECRETARIO DEL AGUA Y OBRA PÚBLICA, ING. MANUEL ORTÍZ
GARCÍA, EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA, L. C. P. Y A. P. ALEJANDRO GERMÁN HINOJOSA VELASCO Y DE LA
SECRETARIA DE TURISMO, M. EN D. F. ROSALINDA ELIZABETH BENÍTEZ GONZÁLEZ; CONFORME A LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.
De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las
dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente;
determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades
federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.
2.
En términos del artículo 75 de la LFPRH dichos subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad,
transparencia. publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos. identificar con precisión la
población objetivo; procurar que el mecanismo de distribución, operación y administración otorgue acceso equitativo a todos
los grupos sociales y géneros: garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo, así como
evitar una administración costosa y excesiva; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación;
prever la temporalidad en su otorgamiento. y reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
3.
(RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios.
Página 2
/ O de abril de 2014
s.
se co siderarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno; no obstante lo cual, deberán
reinte rar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del
ejerci io fiscal do que se trate, no se hayan devengado.
4.
En el resupuesto de EcjieSOS de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
3 de iciembre de 2013, dentro de las asignaciones aprobadas para el Ramo 21 Turismo, contempló los recursos para el
Progr ma para el Desarrollo Regional Turístico Sustentable, el cual forma parte de los 'Programas sujetos a Reglas de
Oper ción" determinados er el Presupuesto.
5.
Que la Meta Nacional IV "México Próspero" en el apartado denominado "Sector turístico" del Plan Nacional de Desarrollo
2013-2018, establece que es necesario considerar estrategias que sirvan para mejorar el valor agregado de la oferta turística
de nuestro país.
6
Que en congrue ocia con dicha Meta, el Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 establece en su "Objetivo 2. Fortalecer las
ventajas competitivas de la oferta turística.", que se hace necesario promover un turismo sustentable y de calidad que ofrezca
productos y servicios innovadores, con mayor valor agregado y con una adecuada articulación de la cadena de valor.
Para tal efecto. determina como "Estrategia 2.2 Impulsar la innovación. diversificación y consolidación de la oferta turística por
región y destino
-
.
Con fecha 24 de diciembre de 2013 se llevó a cabo la publicación de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo
Regional Turístico Sustentadle (PRODERETUS) para el ejercicio fiscal 2014, en los que se establecen los objetivos generales
y específicos de dicho programa, los cuales son los siguientes:
Objetivo General:
Contribuir a fortalecer las ventajas competitivas de la oferta turística nacional, a través de proyectos que apoyen el desarrollo
y aprovechamiento de las vocaciones turísticas de las Entidades Federativas.
Objetivos Específicos:
a)
Modernizar la infraestructura y el equipamiento de localidades turísticas del país, para la atención de las
necesidades del sector turístico, consolidando con ello las condiciones de los servicios para uso y disfrute
de los turistas.
L) Contribuir en el cuidado y preservación del patrimonio cultural, histórico y natural de los sitios turísticos del
país, mediante la rehabilitación y el equipamiento turístico, para su correcto use y aprovechamiento come
producto turístico.
c) Fomentar la innovación de productos turísticos, para el desarrollo de una oferta turística complementaria y
diversificada. que permita contar con nuevas alternativas y motivadores de viaje.
8.
Por otra parte, las Reglas de Operación referidas en el numeral anterior, establecen que los proyectos que serán apoyados
por medio del PRODERETUS deben atender las siguientes vertientes:
a)
Ihfraestructura y servicios.
h) Equipamiento turístico.
c)
Creación de sitios de interés turístico.
d)
Creación de rutas, circuitos o corredores turísticos.
e)
Asistencia técnica y servicios relacionados a los proyectos.
9.
Con fecha 21 de febrero de 2014, fueron seleccionados por el Comité Dictaminador del PRODERETUS. un total de 17
proyectos, respecto de los cuales se otorgarán recursos por concepto de subsidios a favor de "LA ENTIDAD FEDERATIVA".
para el desarrollo de los proyectos que se detallan en el Programa de Trabajo que se presenta como Anexo 1.
10. El 5 de junio de 2013 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación. el Decreto por el que se reforman los párrafos
primero y último del articulo 25, así como el párrafo primero y tercero del apartado A del artículo 26 de la Constitución Política
de 4s Estados Unidos Mexicanos. Dicha reforma incide en el objetivo del presente Convenio, es decir la optimización de la
ministracion del subsidio para el desarrollo y ejecución de los proyectos turísticos. Asimismo, este instrumento constituye una
lierrámienta para el impulso de la competitividad y productividad; factores fundamentales e indispensables para el crecimiento
ecorkmico, la inversión y generación de empleo en el sector turístico.
DECLARACIONES
De LA SECTUR":
i.1
Qi
Cc
e
es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este
nvenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 1, 2, fracción I, 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración
blica Federal; 4 y 5 de la Ley General de Turismo.
i.2
Q e en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística
nacional: promover la infraestructura y equipamiento que contribuyan al fomento y desarrollo de la actividad turística, así
como coordinar las acciones que lleven a cabo el Ejecutivo Federal, los Estados. Municipios y el Distrito Federal, en su

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