Sección XXXI

MARTES 16 DE DICIEMBRE
DE 2014
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXXI
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SECCIÓN
XXXI
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Ley de Ingresos 2015. Poncitlán. Número 3. Sección XXXI
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría
General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a
los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto
DECRETO
NÚMERO 25227/LX/14. EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueba decreto que contiene la ley de ingresos del municipio de
Poncitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2015, para quedar como sigue:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PONCITLÁN, JALISCO,
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015.
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPÍTULO ÚNICO
De la percepción de los ingresos y definiciones
Artículo 1. Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2015, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos,
contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes
y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que
en esta Ley se establecen.
Los ingresos estimados de este Municipio para el ejercicio fiscal 2015 ascienden a la cantidad de
$115,000,000.00 (Ciento Quince millones de pesos 00/100 M.N.).
Esta Ley se integra en las clasificaciones siguientes:
IMPUESTOS $4,900,000
Impuestos sobre los lngresos $74,000
Impuesto sobre Espectáculos Públicos $74,000
Impuestos sobre el Patrimonio $4,826,000
Impuesto Predial $3,500,000
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales $1,050,000
Impuesto sobre Negocios Jurídicos $100,000
Otros Impuestos
Impuestos Extraordinarios
Accesorios de los Impuestos $176,000
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
De las Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas

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