Sección VI

SÁBADO 18 DE OCTUBRE
DE 2014
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXX
28
SECCIÓN VI
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Sábado 18 de octubre de 2014. Número 28. Sección VI
ACUERDO
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría
General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
DIGELAG ACU 060/2014
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS
Y ACUERDOS GUBERNAMENTALES
ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO,
MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA LOS CENTROS DE
ATENCIÓN INFANTIL EN EL ESTADO DE JALISCO.
GUADALAJARA, JALISCO, A 07 DE OCTUBRE DE 2014
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco,
en el ejercicio de la facultad que me coneren los artículos 36, 46, 50 fracciones VIII, XXII y XXVI de la
Constitución Política del Estado de Jalisco; 1°, 2°, 3°, 4° fracción VIII, 5°, 7°, 8º, 11 fracciones III y XII, 12
fracción I y IV, 13 fracción IV, 16 y 44 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; 1°, 2°, 11, 17, 18, 26, 35,
bien expedir el Reglamento de Funcionamiento Interno del Organismo Público Descentralizado Instituto
de la Infraestructura Física Educativa del Estado de Jalisco, en base a la siguiente:
CONSIDERANDOS:
I. Que el artículo 36 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, establece que el ejercicio del
Poder Ejecutivo es depositado en un ciudadano a quien se le denomina Gobernador del Estado.
II. Que el artículo 50 fracciones VIII y XX de la Constitución Política del Estado de Jalisco, faculta
al Titular del Poder Ejecutivo a expedir los reglamentos que resulten necesarios, a n de proveer
en la esfera administrativa, la exacta observancia de las leyes y para el buen despacho de
la administración pública así mismo que le corresponde a éste expedir acuerdos de carácter
administrativo para la ecaz prestación de los servicios públicos.
III. Que el artículo 4 fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco,
establece como atribución especíca del Titular del Poder Ejecutivo, expedir los reglamentos
internos y demás disposiciones que regulen la organización y funcionamiento de las dependencias
y entidades.
IV. Que mediante Decreto número 24828 se expidió la Ley que Regula los Centros de Atención
Infantil en el estado de Jalisco que tiene por objeto regular la prestación de servicios de los
Centros de Atención Infantil en el Estado.
V. Que es intención y propósito fundamental del Ejecutivo a mi cargo, dar cumplimiento al
compromiso de responder a las necesidades de modernización institucional y de normatividad
jurídico-administrativa, procurando adecuarla a las necesidades y exigencias sociales, a efecto
de hacerla más ágil y eciente, buscando perfeccionar el ejercicio de las autoridades, así como
la protección de los derechos e intereses de la ciudadanía.

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