Sección de Avisos

486 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Febrero de 2017

SECCIÓN DE AVISOS

GRUPO STRUCTURA, S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 10 DE FEBRERO DE 2017

TOTAL

ACTIVO 0.00 TOTAL ACTIVO

PASIVO

TOTAL DEL PASIVO 0.00 CAPITAL

TOTAL DEL CAPITAL

CONTABLE

0.00

TOTAL DEL PASIVO Y CAPITAL 0.00

La presente publicación del Balance Final de Liquidación se efectúa en términos de lo señalado por el artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Ciudad de México a 10 de febrero de 2017 Liquidador

C.P. Hugo Enrique Sanchez Segura

(Firma)

[Ver imagen en pdf Adjunto]

E D I C T O S

"INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR ISTITUCIONAL Y RESPETO A LA AUTONOMIA"

TSlCDMX JUZGADO 54 CIVIL SECRETARIA "B" EXPEDIENTE 662/2015

En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por GARZA HERNANDEZ CARLOS en contra de REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, LA C. JUEZ DICTO EL SIGUIENTE AUTO QUE A LA LETRA DICE:

México, Distrito Federal a veintiuno de agosto de dos mil quince.

Agréguese a los autos del expediente 662/2015 el escrito de cuenta, se tiene al promovente haciendo las manifestaciones y precisiones, respecto de la prevención ordenada en proveído de fecha doce de agosto del año en curso, por 10 que se acuerda su escrito inicial en los siguientes términos: se tiene por presentado a CARLOS GARZA HERNÁNDEZ por su propio derecho, demandando en la VÍA ORDINARIA CIVIL (INMATRICULACIÓN JUDICIAL) del C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL las prestaciones que reclaman, la que con fundamento en los artículos 255, 256 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se admite en la vía y forma propuesta la demanda, y con las copias fotostáticas simples exhibidas debidamente selladas, foliadas, cotejadas y rubricadas córrase traslado y emplácese a juicio al demandado para que dentro del término de QUINCE DÍAS produzca su contestación, con el apercibimiento que de no hacerlo así, se le tendrá por fictamente confeso de los hechos de la demanda, debiendo señalar domicilio en esta Ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibidos que no hacerlo así, las subsecuentes inclusive las de carácter personal les surtirán por boletín judicial; en consecuencia, con fundamento en la fracción II del artículo 122 del Código invocado, notifíquese a las personas que puedan considerarse perjudicadas la admisión de la demanda del presente juicio por medio de edictos que se publicará por una sola ocasión en el, Diario Oficial de la Federación, en el Boletín Judicial, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, Sección Boletín Registral y en el periódico El Universal; asimismo, se ordena al promovente fije un anuncio de proporciones visibles en la parte externa del inmueble materia del...

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