Sección de Avisos

SECCIÓN DE AVISOS

"LIBRERÍA POLANCO S.A., EN LIQUIDACIÓN"

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 28 DE FEBRERO DE 2015

ACTIVO

Circulante: 0 Total Circulante: 0 Fijo: 0 Total Fijo: 0 Diferido: 0 Total Diferido: 0 Total del Activo: 0

PASIVO Y CAPITAL CONTABLE

Pasivo: 0 Total del pasivo: 0 Capital contable: 0 Total del Capital Contable: 0 Total Pasivo y Capital Contable: 0

Esta publicación se realiza en observancia al proceso de liquidación de la sociedad para los efectos legales del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

México, Distrito Federal, a 28 de febrero de 2015

Liquidadora

(Firma)

Sra. María Luisa Rubio Poo

HORMEL ALIMENTOS, S.A. DE C.V., S.A. DE C.V. AVISO DE DISOLUCIÓN ANTICIPADA

Por Resolución adoptada por la Totalidad de los Accionistas de HORMEL ALIMENTOS, S.A. DE C.V., en fecha 1 de febrero de 2015, se acordó la disolución anticipada de la sociedad. La Disolución Anticipada se sometió en los siguientes términos generales: a).- HORMEL ALIMENTOS, S.A. DE C.V. se disuelve según lo dispuesto por el artículo 229, Fracción III, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, b).- La disolución se efectuará teniendo como base los balances de la sociedad al 31 de diciembre de 2014, c).- La disolución surtirá efectos entre la sociedad y terceros en términos de ley después de la fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, d).- De conformidad con el artículo 232 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los créditos a cargo de la sociedad se darán por vencidos anticipadamente y serán pagados en las oficinas de HORMEL ALIMENTOS, S.A. DE C.V., ubicadas en Calzada San Bartolo Naucalpan N° 360, Col. Argentina Poniente, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11230, México, Distrito Federal, en días y horas hábiles y a petición de los acreedores, e).- Quedan nombrados como LIQUIDADORES de la sociedad, los señores PORFIRIO BALMORI LUGO y LUIS ALEJANDRO NIETO MARTINEZ, quien tendrá los poderes y facultades señaladas en el artículo 242 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, f).- Todos los nombramientos y poderes que en la sociedad hubieren con anterioridad a la fecha, quedarán automáticamente revocados,

g).- Para constancia y para los efectos de la publicación correspondiente, se transcriben en documento anexo, el balance de HORMEL ALIMENTOS, S.A. DE C.V., al 31 de diciembre de 2014, todo lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.

HORMEL ALIMENTOS, S.A. DE C.V.

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 (cantidades en miles de pesos)

A C T I V O P A S I V O

DISPONIBLE CORTO PLAZO

Efectivo e inversiones 21,153 Proveedores y otras cuentas por pagar 4,474

LARGO PLAZO

CIRCULANTE Impuesto sobre la renta Diferido 155 Partes relacionadas 13,211 TOTAL PASIVO 4,629 Impuestos por recuperar 3,442

16,653 CAPITAL CONTABLE

Inventarios 19,038 Capital social 4,342 Pagos anticipados 11 Utilidades acumuladas 39,379 TOTAL CIRCULANTE 142,074 Reserva legal 8505

TOTAL CAPITAL CONTABLE 52,226

SUMA EL ACTIVO 56,855 SUMA PASIVO Y CAPITAL 56,855

México, Distrito Federal, a 1 de febrero 2015.

(Firma) ___________________________________________________________

LIC. SYD OLIVER RODRIGUEZ CALVILLO. DELEGADO ESPECIAL.

PREVISION GAYOSSO, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

En Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Previsión Gayosso, S.A. de C.V. (la Sociedad) celebrada el 26 de marzo de 2015 los accionistas de la Sociedad, acordaron fusionarse con la empresa denominada Jardines del Tiempo, S.A. de C.V. subsistiendo ésta última como sociedad fusionante y extinguiéndose Previsión Gayosso, S.A. de C.V. como sociedad fusionada de conformidad con los siguientes:

ACUERDOS

PRIMERO.- Se aprueban los Estados Financieros internos y el Balance General de la Sociedad con números al 31 de diciembre del 2014 con base en los cuales se efectuara la fusión de la Sociedad con la empresa denominada Jardines del Tiempo, S.A. de C.V. como entidad fusionante y desaparezca la Sociedad como entidad fusionada. Una copia de dichos Estados Financieros internos y el Balance General, se agrega al expediente de esta acta para todos los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO.- Se aprueba y ratifica el convenio de fusión celebrado entre Previsión Gayosso, S.A. de C.V. como entidad fusionada y Jardines del Tiempo, S.A. de C.V. como sociedad fusionante, anexándose un ejemplar debidamente firmado al expediente de ésta acta, transcribiéndose a continuación sus términos y condiciones:

CONVENIO DE FUSION (EN LO SUCESIVO IDENTIFICADO COMO EL "CONVENIO"), QUE CELEBRAN JARDINES DEL TIEMPO, S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR EL LIC. FRANCISCO EMILIO MORENO BAZÁN EN ADELANTE IDENTIFICADA COMO LA "FUSIONANTE" Y LAS EMPRESAS DENOMINADAS PREVISION GAYOSSO, S.A. DE C.V., CORPORACION ADMINISTRATIVA DE LA LAGUNA, S.A. DE C.V. Y SERVICIOS INTEGRALES DE ADMINISTRACIÓN Y MERCADOTECNIA, S.A. DE C.V. REPRESENTADAS TODAS POR SUS APODERADOS LEGALES DON SANTIAGO CASTILLO OLEA Y LIC. FRANCISCO EMILIO MORENO BAZÁN EN ADELANTE IDENTIFICADAS TODAS EN CONJUNTO COMO LAS "FUSIONADAS" DE ACUERDO CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- A esta fecha la Fusionante es propietaria de la mayoría de las acciones representativas del capital social de las Fusionadas, motivo por el cual son sus subsidiarias.

SEGUNDO.- Con la finalidad de eficientar la utilización de recursos humanos, económicos y operativos se ha discutido ampliamente entre las partes las ventajas que representa para el grupo de compañías integrar en una misma entidad a las Fusionadas, subsistiendo únicamente la Fusionante.

DECLARACIONES

  1. Declara la Fusionante, a través de su representante legal, que:

    1. Es una sociedad anónima de capital variable debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas.

    2. Su representante legal cuenta con las facultades suficientes para acudir en su nombre y representación a la celebración y ejecución del presente Convenio y que dichas facultades a la fecha no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna.

    3. Dentro de sus estatutos sociales está contemplada la posibilidad de celebrar el tipo de operación que se consigna en este Convenio por lo que el mismo, no viola ninguna de sus disposiciones estatutarias pero en todo caso su contenido deberá ser aprobado y ratificado por su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas.

    4. A la fecha su capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado y que ésta distribuido como aparece en el cuadro que marcado como Anexo a) se adjunta a este Convenio y se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales a que haya lugar.

    5. La Fusionante no ha incurrido en deuda alguna, ni tiene acreedor alguno.

  2. Declaran las Fusionadas, a través de sus apoderados legales, que:

    1. Son sociedades anónimas de capital variable de nacionalidad Mexicana, debidamente constituidas y válidamente existentes bajo las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

    2. Sus representantes legales cuentan con las facultades suficientes para acudir en su nombre y representación a la celebración y ejecución del presente Convenio y que dichas facultades a la fecha no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna.

    3. Dentro de sus estatutos sociales está contemplada la posibilidad de celebrar el tipo de operación que se consigna en este Convenio por lo que el mismo, no viola ninguna de sus disposiciones estatutarias pero en todo caso su contenido deberá ser aprobado y ratificado por cada una de sus Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas.

    4. A la fecha su capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado y que ésta distribuido como aparece en los cuadros que marcados como Anexos b), c) y d) se adjuntan a este Convenio y se tienen aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar.

    5. Las Fusionadas no han incurrido en deuda alguna, ni tienen acreedor alguno.

  3. Declaran las partes, a través de sus correspondientes apoderados legales, que:

    Se reconocen la personalidad con que se ostentan, así como reconocen la fuerza y validez de las estipulaciones, declaraciones y definiciones contenidas en este Convenio.

    CLAUSULAS

    PRIMERA. La Fusionante y las Fusionadas convienen expresamente en fusionarse conforme a los términos y condiciones que se estipulan en las siguientes cláusulas, subsistiendo Jardines del Tiempo, S.A. de C.V. como sociedad fusionante y desapareciendo Previsión Gayosso, S.A. de C.V., Corporación Administrativa de la Laguna, S.A. de C.V. y Servicios Integrales de Administración y Mercadotecnia, S.A. de C.V. como sociedades fusionadas.

    SEGUNDA. La Fusionante y las Fusionadas, convienen en que la fusión se lleve a cabo con base en las cifras que aparecen en los Estados Financieros y Balances Generales internos de cada una de ellas con números al 31 de diciembre del 2014, respectivamente y que deberán ser aprobados por sus correspondientes Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas.

    TERCERA. En virtud de lo estipulado en las cláusulas precedentes, al consumarse la fusión, la Fusionante se convertirá en propietaria, a título universal, de todo el patrimonio de las Fusionadas, asumiendo la Fusionante en consecuencia, todos los derechos y obligaciones de

    cada una de las Fusionadas, así como sus activos y pasivos, sin reserva ni limitación alguna. Como resultado de lo anterior la Fusionante, se subrogará en todos los derechos, obligaciones, acciones y garantías en favor o a cargo de las Fusionadas y adquiridos por virtud de convenios, licencias, permisos, concesiones y, en general, cualesquiera actos y operaciones realizadas por cada una de las Fusionadas con todo cuanto de hecho y por derecho les corresponda o les hubiera correspondido.

    CUARTA. En virtud de lo estipulado anteriormente la Fusionante, según aplique, emitirá en favor de los actuales accionistas de las Fusionadas que sean distintos a...

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