ANEXOS DE EJECUCI�N QUE SUSCRIBEN, POR UNA PARTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT; EL H. AYUNTAMIENTO DE ROSAMORADA Y POR OTRA PARTE EL GRUPO SOCIAL; QUE TIENEN POR OBJETO PRECISAR LAS BASES Y OBLIGACIONES PARA LA REALIZACI�N DE PROYECTOS PRODUCTIVOS BAJO LA MODALIDAD DE FONDO DE COFINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA OPCIONES PRODUCTIVAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007.

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ANEXO DE EJECUCIÓN No. NAY/OP/FC/17/07

ANEXO DE EJECUCIÓN QUE SUSCRIBEN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A

TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL POR CONDUCTO DEL

ENCARGADO DE DESPACHO DE LA DELEGACION FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT,

EL C. JOSE LUIS TORRES BARRON; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA

SEDESOL”; EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT REPRESENTADO POR LOS C.C. C.P.

GERARDO GANGOITI RUIZ, SECRETARIO DE FINANZAS; LIC. PABLO MONTOYA DE LA

ROSA, SECRETARIO DE PLANEACION Y COORDINADOR GENERAL DEL COPLADENAY;

C.P. LAURA ALEJANDRA MONROY BERECOCHEA, SECRETARIA DE LA CONTRALORIA

GENERAL, EL H. AYUNTAMIENTO DE ROSAMORADA, NAYARIT, REPRESENTADO POR

LOS C.C. TEODULO SILLAS FLORES, PRESIDENTE MUNICIPAL; ROBERTO CHANES

PAREDES, SECRETARIO; Y PABLO CERVANTES MÁRQUEZ, SÍNDICO DEL MISMO, EN

ADELANTE “EL AYUNTAMIENTO”; Y POR OTRA PARTE EL GRUPO SOCIAL A TRAVES DE

SU REPRESENTANTE SOCIAL EL C. JUAN CERVANTES PARDO, EN ADELANTE “EL

GRUPO”, QUE TIENE POR OBJETO PRECISAR LAS BASES Y OBLIGACIONES PARA LA

REALIZACIÓN DEL PROYECTO PRODUCTIVO DENOMINADO “CRIA DE BOVINOS EN LA

LOCALIDAD DE PERICOS” BAJO LA MODALIDAD DE FONDO DE COFINANCIAMIENTO DEL

PROGRAMA OPCIONES PRODUCTIVAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, AL TENOR DE

LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales y colectivos para garantizar el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social, promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución, fortalecer el desarrollo regional equilibrado y garantizar las formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de Desarrollo

Social.

Así mismo establece que se fomentarán las actividades productivas para promover la generación de empleos e ingreso de las personas, grupos y organizaciones productivas, así como la organización de personas, familias y grupos sociales, destinando recursos públicos para promover proyectos productivos; identificar oportunidades de inversión y brindar capacitación, asistencia técnica y asesoría para la organización.

Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, dentro de los programas de subsidios del Ramo

Administrativo 20 "Desarrollo Social" está el Programa Opciones Productivas, cuyas Reglas de

Operación fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Febrero del 2007, en las que se establece como objetivo general, contribuir al desarrollo de las personas en condiciones de pobreza y del territorio de las microrregiones, a partir de apoyar la identificación de modelos productivos viables y sustentables, la formación de capacidades humanas, técnicas y empresariales, de capital social y la identificación, elaboración, evaluación, gestión, Cofinanciamiento y financiamiento de proyectos productivos estratégicos, que contribuyan a generar empleo e ingreso y a mejorar el nivel de vida de las personas.

Asimismo, dentro de las modalidades del Programa se encuentra la de Fondo de

Cofinanciamiento que proporciona apoyos recuperables para proyectos productivos de personas, unidades

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Sábado 26 de Enero de 2008 Periódico Oficial 3 familiares, y organizaciones de productoras y productores en condiciones de pobreza que se desarrollen preferentemente en las microrregiones. de Validación, en términos de lo estipulado en el numeral 5.2.1.2.1, de las Reglas de Operación del

Programa Opciones Productivas, aprobó y dictaminó favorable en el seno del Comité Técnico de

Validación, la ejecución del proyecto productivo conforme a la sesión realizada el día 24 del mes de julio del 2007, conforme a la minuta que se anexa al cuerpo del presente instrumento.

DECLARACIONES

DECLARA “LA SEDESOL” a) Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo b) Que de acuerdo con el articulo 32 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; en particular, la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda. c) Que su representante cuenta con las facultades para la suscripción del presente instrumento, en términos de lo establecido en los artículos 36, fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la

Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio del

Jefe de la Unidad de Coordinación de Delegaciones. d) Que ha recibido de ““EL AYUNTAMIENTO”, a través del Presidente Municipal la documentación que ampara la solicitud de apoyo, dando cumplimiento a los requisitos que establece para tales efectos el numeral 3.3.1.1 de las Reglas de Operación vigentes del programa

Opciones Productivas. e) Que su Registro Federal de Contribuyentes es SDS060209P13. f) Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en Avenida Rey

Nayar Número 43 Colonia Burócratas Federal, Código Postal 63156, Tepic, Nayarit. g) Que el proyecto productivo fue validado técnica y jurídicamente y en visita de campo por “LA

SEDESOL” y dictaminado viable por el Comité de Validación, en la sesión llevada a cabo el día 24 del mes de julio del 2007, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.

DECLARA “EL GOBIERNO DEL ESTADO” a) Que las Secretarías de Finanzas, Planeación y Contraloría General, son Dependencias de la

Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado por el artículo y 31 fracciones II, III y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. b) Que los titulares de las Secretarías que se mencionan en el párrafo anterior, están facultados para suscribir el presente Convenio, conforme a lo establecido por los artículos 18, 26, 30 fracción

X, 33, 34 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

COPIA DE INTERNET c) Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el de Palacio de Gobierno ubicado en Avenida México entre las calles Javier Mina y Mariano Abasolo Zona Centro, Código

Postal 63000 de la Ciudad de Tepic, Nayarit.

DECLARA ““EL AYUNTAMIENTO” a) Que el Municipio de Rosamorada, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit. b) Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Rosamorada; el Síndico y el

Secretario, están facultados para la celebración del presente anexo de ejecución, con fundamento en los artículos 64 fracción VI y IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit. c) Que señala como domicilio para todos los efectos de éste instrumento el de la Presidencia

Municipal de Rosamorada, Nayarit.

DECLARA “EL GRUPO SOCIAL” a) Que es un grupo social productivo en torno a su proyecto productivo denominado “CRIA DE

BOVINOS EN LA LOCALIDAD DE PERICOS”. b) Que mediante acta de asamblea social de fecha de Rosamorada en el estado de Nayarit, se nombró al C

Juan Cervantes Pardo, como representante social, misma acta que se agrega en copia como ANEXO UNO, al cuerpo del presente instrumento. c) Que conoce las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas, las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos federales y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Nación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. d) Que “EL GRUPO SOCIAL” cuenta con fuentes complementarias para el financiamiento del proyecto apoyado por el Programa Opciones Productivas 2007. e) Que en caso de haber recibido apoyo del Programa en años anteriores, en cualquiera de sus modalidades, están en situación regular demostrable respecto a sus recuperaciones. f) Que en ningún caso ha recibido recursos de otros programas federales para el financiamiento de los mismos conceptos para los que recibe del Programa Opciones Productivas 2007. g) Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en calle

Independencia No. 38 en la localidad de Pericos.

CLAUSULAS

PRIMERA.- Para la realización de las acciones objeto del presente anexo de ejecución se prevé una inversión total de $ 80,000.00 (Ochenta mil pesos 00/100 M.N.), cantidad que se desglosa de la siguiente manera:

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Sábado 26 de Enero de 2008 Periódico Oficial 5 complementaria o crédito. Dicha aportación estará sujeta a la disponibilidad financiera del

Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007 y a las autorizaciones jurídicas y administrativas correspondientes.

Los recursos financieros que se compromete a aportar “LA SEDESOL” por el monto a que se refiere el punto anterior se podrán destinar a infraestructura productiva, activos fijos, capital de trabajo o inversión diferida y serán ejercidos y comprobados por “EL AYUNTAMIENTO”, a través de “EL GRUPO SOCIAL”.

SEGUNDA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” aportará la cantidad de $ 8,002.00 (Ocho mil, dos pesos 00/100 M.N.), de sus recursos presupuestarios, mismos que se destinarán para la ejecución del proyecto “CRIA DE BOVINOS EN LA LOCALIDAD DE PERICOS” en la modalidad de Fondo de Cofinanciamiento.

Los recursos que aporte “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para la ejecución del objeto de este

Convenio y de las Acciones que se deriven de el, estarán sujetos a la suficiencia y disponibilidad presupuestal correspondiente, y a la obtención de las autorizaciones que al efecto...

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